PROPUESTAS DE VENEZUELA AL PROYECTO
DE CARTA DEMOCRATICA INTERAMERICANA
El Gobierno de Venezuela, a través del Ministerio de Relaciones
Exteriores, ha creado una Mesa de Diálogo con el propósito de auscultar la opinión de
los más diversos sectores de la Sociedad Venezolana sobre la Carta Democrática
Interamericana. Este documento refleja por tanto la voluntad colectiva de un pueblo
el venezolano - que hoy es protagonista y testigo de un inédito proceso revolucionario de
naturaleza pacífica, que se desarrolla en el ámbito democrático, e inspira en los
principios más avanzados y progresistas del mundo, consagrados en su nueva Constitución.
Venezuela quiere dar sus aportes en los temas específicos que se
mencionan a continuación:
- LA DEMOCRACIA EN EL HEMISFERIO
- DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS
- DEMOCRACIA Y PARTICIPACION
- DEMOCRACIA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
- DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS DE LA MUJER
- DEMOCRACIA Y LUCHA CONTRA LA POBREZA
- CLAUSULA DEMOCRATICA
- CARTA DEMOCRATICA: ¿RESOLUCION O PROTOCOLO MODIFICATORIO?
- OTRAS MODIFICACIONES O ADICIONES
I. LA DEMOCRACIA EN EL HEMISFERIO
La mejor definición sobre la democracia fue formulada por el grande
hombre de América, El Libertador Simón Bolívar, en el Discurso de Angostura, 1819,
cuando dijo: "El sistema de gobierno más perfecto , es aquel que produce mayor
suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad
política".
La democracia, como afirmaba Winston Churchill, no es un sistema de
gobierno perfecto, pero si es el que más se acerca a la perfección. La democracia
sin duda alguna - es un sistema que hace posible la búsqueda permanente de su
perfeccionamiento dentro de la dinámica social, capaz de lograr respuestas y aplicar
soluciones creativas a las necesidades fundamentales de los pueblos.
La democracia como valor compartido y como proyecto societario, se ha
instalado con renovada fuerza en el hemisferio.
Durante la Guerra Fría, la vigencia o ausencia del régimen
democrático, no pocas veces estuvo subordinada a los intereses de la política de
seguridad de las grandes potencias.
Eran tiempos durante los cuales algunos gobernantes apelaban al
expediente de la soberanía, cuando se les acusaba de no ser democráticos y de vulnerar
los derechos humanos. En esa atmósfera de confrontación bipolar, no exenta de
reduccionismos políticos, era difícil defender el ideario democrático, pues la forma de
gobierno era considerada un asunto interno de cada país. Ahora, por el contrario, la
defensa de la democracia y el combate contra sus adversarios, son objetivos del Sistema
Interamericano.
Desde 1948 - año fundacional de la OEA- es largo el trazo de la
historia donde la gobernabilidad ha sido puesta a prueba: autoritarismos indeseables y
democracias redentoras; libertades amputadas y conquistas libertarias. Vivimos momentos
para la reflexión, para examinar logros y carencias.
Durante la década de los 80, dictaduras militares y regímenes
autoritarios fueron sustituidos en América Latina, uno tras otro, por combativos
movimientos políticos y sociales, que lograron conquistar sistemas pluralistas que
otorgan especial importancia al respeto de las libertades fundamentales y a los derechos
humanos. La democracia se instaló, con fuerza esperanzadora, en casi todos los confines
del hemisferio. La Democracia como proyecto político puede, sin embargo, colapsar.
En el actual período de la historia hemisférica, el triunfo de la
democracia no está definitivamente asegurado. El fracaso de los modelos económicos, la
corrupción, el partidismo exagerado, el descontento popular frente a las terribles
desigualdades e injusticias, la exclusión social y la ausencia de participación
política ciudadana, pueden perturbar la estabilidad de nuestros gobiernos. Interesantes
experimentos políticos democráticos que han surgido del voto pueden perder su
legitimidad, a causa del fracaso económico-político y la degradación ética.
Las elecciones otorgaban a ciertos gobiernos fachadas democráticas,
pero no pocas veces, su principal propósito consistía en legitimar los intereses de
elite políticas y económicas. Elecciones sí. Alternabilidad sí. Pluralismo sí. Pero
ello no es suficiente. La democracia debe ir más allá del acto comicial y crear
mecanismos para que la participación de todos los actores sociales y políticos sin
exclusión alguna- sea una realidad cotidiana. Igualmente, la democracia debe tener un
profundo contenido social.
El avance de la democracia en las Américas ha sido indetenible y
creciente en las últimas dos décadas.
Oprobiosas dictaduras militares y odiosos autoritarismos han sido
sustituidos por gobiernos elegidos por el pueblo en el Continente.
Tiempo estelar el que vivimos. Un florecimiento democrático observamos
en un mundo que, con el fin de la Guerra Fría, ha abierto espléndidas posibilidades para
avanzar en la conquista de nuevos y más amplios espacios para la libertad y la dignidad
humana. Pero, también, tiempos dramáticos cuando observamos el advenimiento de nuevos
conflictos de índole política, étnica, territorial, cultural, religiosa, que socavan
las bases de la paz y la convivencia internacional. También tiempos calamitosos ya que la
pobreza es un flagelo que afecta a millones de seres humanos.
La democracia, como ideario, ha fraguado los mejores destinos e
inspirado las luchas de pueblos que buscan la paz, la igualdad y la libertad. La
democracia como utopía ha iluminado esperanzas redentoras. La lucha por defenderla y
perfeccionarla; la voluntad por ejercerla plenamente, es un fascinante reto para quienes
se proponen convertirla en realidad.
Venezuela disfruta hoy un sistema democrático, no sólo porque así lo
pauta el texto constitucional que rige, sino, sobre todo, porque quienes ejercen el poder
hacen del ideario democrático una práctica, una manera de entender y cultivar la
convivencia humana.
Encarar la deuda social, combatir la pobreza, conservar el patrimonio
natural y cultural, constituyen desafíos irrenunciables para los gobiernos democráticos
en el hemisferio. Este es el compromiso del gobierno de Venezuela. El Presidente Hugo
Chávez, lidera un esperanzador proceso revolucionario, que es democrático por su
naturaleza libertaria; pacífico por los medios que utiliza y popular por el aliento
justiciero que lo inspira.
La democracia que impera en Venezuela, ha costado muchos sufrimientos y
sacrificios. La Constitución Bolivariana, fruto de un debate amplio y participativo,
aprobada en Referéndum, consagra los principios más avanzados y humanistas que reconoce
la legislación contemporánea.
En Venezuela se vive hoy un verdadero proceso democrático. Proceso que
es, en esencia, antiautoritario. Un buen paradigma de antiautoritarismo es el propio
Presidente Hugo Chávez. No ha habido en la historia reciente del país -desde el período
gubernamental de Isaías Medina Angarita (1941-1945)- un gobierno más democrático como
el que hoy existe en la Nación venezolana.
Según el Proyecto de Carta Democrática en su Artículo 3°, que se
discute actualmente en la OEA, son elementos esenciales de la democracia:
- La celebración de elecciones libres y justas
- El acceso al poder por medios constitucionales
- El régimen plural de partidos y organizaciones políticas
- El respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales
Estos elementos están plenamente vigentes en Venezuela. Se respeta en
forma absoluta, y como nunca, las libertades fundamentales. La oposición política tiene
la posibilidad de expresarse -sin limitación alguna- por todos los medios de
comunicación social.
El gobierno permite que el sentir popular se exprese libremente. No son
pocas las frustraciones que ha padecido el pueblo venezolano en las últimas décadas. Se
procede frente a la protesta de manera dialogante y -debe subrayarse- en forma
antiautoritaria. El gobierno tiene como norma permanente, solucionar los conflictos
sociales por métodos pacíficos.
Han pasado dos años de gobierno y no hay presos políticos. Ningún
periódico ha sido clausurado. Los opositores políticos ejercen la crítica sin
limitaciones. El Presidente Hugo Chávez y el Gobierno mantienen, como es absoluta y
transparentemente visible, el mayor respeto a la libertad de expresión, a la crítica, a
los derechos de los opositores políticos.
- DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS.
Los principios y valores fundamentales de la democracia, deben ser
examinados a la luz de las nuevas realidades de nuestro tiempo: la guerra fría ha
desaparecido; anacrónicos totalitarismos están en el basurero de la historia; oprobiosas
dictaduras en plan de retirada. Vivimos - por fortuna- un renacimiento y expansión de las
libertades democráticas. El respeto a los derechos humanos, ha sido consagrado en la
legislación hemisférica. El Sistema Interamericano que se ocupa de la materia, es
aceptado como necesario por todos los gobiernos que lo conforman. Estos son los rasgos de
la nueva era.
Aunque los avances democráticos son incontestables, no son pocas las
agresiones que aún se cometen en la realidad contra los sectores populares y grupos más
vulnerables de la sociedad, lo cual demuestra que los derechos humanos pueden ser
conculcados, aún cuando los gobernantes hayan sido electos mediante el sufragio.
Democracia y Derechos Humanos son dos componentes que se refuerzan y
condicionan mutuamente. La plena observancia de estos derechos constituye el mayor
desafío que encara un gobierno democrático.
Las libertades fundamentales, como la libertad de expresión y su
ejercicio, son una categoría de esos derechos. Otra, es la protección que merece el
ciudadano contra cualquier tipo de atropellos: no se puede arrestar a persona alguna de
forma arbitraria, o someterla a torturas y maltratos que socaven su dignidad. Un tercer
tipo de derechos los más importantes en la región y no pocas veces conculcados- se
refiere a la satisfacción de las necesidades vitales que garantizan a todos los grupos
sociales un nivel de vida justo y digno.
La garantía universal e indivisible de los derechos humanos, entre los
que sobresalen, el derecho a la vida y a la justicia social, son propósitos
irrenunciables y componentes intrínsecos de un estado de derecho consustanciado con las
aspiraciones de los pueblos del Continente.
Venezuela, aspira masificar la aplicación de los derechos humanos,
para que todos los ciudadanos, sin distingo de posición social, étnica, nacionalidad o
credo, puedan sentirse protegidos y seguros de que su dignidad será respetada. Por eso su
gobierno tiene la inquebrantable determinación de garantizar que cualquier violación de
esos derechos será investigada, sus autores sancionados, y sus víctimas tendrán una
reparación justa y necesaria.
La Constitución Bolivariana ha incorporado los nuevos conceptos que
han surgido en los últimos años en el derecho internacional, para ponerse a tono con las
necesidades de justicia social y exigencias de los Tratados y Convenciones
internacionales, ratificados por Venezuela. Estos han sido consagrados en la Carta Magna
con jerarquía constitucional. Son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y
demás órganos del poder público.
Aunque el tema Derechos Humanos es el más importante de los que hoy se
discuten en el ámbito hemisférico, aún no se ha logrado sensibilizar a todos los
actuales gobernantes.
Los derechos humanos y su práctica constituyen la base de todo
sistema político que promueve la concordia, el pluralismo, la justicia y la tolerancia.
Son el bálsamo regenerador del tejido de los Estados, de las sociedades y de sus
respectivos órdenes jurídicos y políticos.
No son pocos los obstáculos que acechan la consolidación de una cultura
de la paz y, por lo tanto, de una cultura de los derechos humanos, que no es
otra sino la cultura democrática en cuyo marco se validan y florecen estos derechos.
Paralelamente al fortalecimiento de las experiencias democráticas, a la búsqueda afanosa
de libertad y al renacimiento de una conciencia moral y global sobre la dignidad de la
persona humana, la organización pública de este tiempo -interna e internacional-
todavía arrastra severas falencias que inciden de manera negativa en las seguridades que
se demandan para el ejercicio efectivo de tales derechos.
Sin derechos humanos no se puede hablar de libertad. Sin derechos
humanos no se puede hablar de democracia. Sin derechos humanos la democracia
pierde sentido como forma de vida y como expresión más acabada de la ética social. Sin derechos
humanos se incrementan los espacios para el disentimiento destructivo, para el
desasosiego de las conciencias. Afirma el Papa Juan Pablo II: "Todo lo que protege
los derechos humanos, todo lo que fomente la dignidad a través del desarrollo integral,
conviene a la paz".
El acervo que nos legó la Declaración Universal de los Derechos
Humanos de 1948, su reafirmación prescriptiva con los Pactos Internacionales de 1966; la
ratificación en Viena del carácter universal e interdependiente de todos los derechos
reconocidos; la Carta de la OEA; y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto
de San José), en 1969, nos dan la medida exacta del orden humano, perfectible y adecuado
a las exigencias del porvenir. Pero si se aspira a que los derechos humanos sean algo más
que un conjunto de nobles prerrogativas, muchas veces sin sustento en la realidad, ellos
no pueden divorciarse de la práctica democrática. Y eso obliga, sin atenuantes, a todos
los integrantes de la sociedad interamericana.
Por eso la Carta Democrática debe constituirse en un documento
fundamental, que sirva de pivote para vigorizar los derechos humanos y relanzar la
democracia en el hemisferio.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos, aprobada por la
Conferencia Interamericana sobre Derechos Humanos, reunida en San José de Costa Rica en
el año 1969, contempla el deber para los Estados Partes de adoptar las normativas
constitucionales y legislativas para hacer efectivos tales derechos.
La anterior Constitución venezolana del año 1961 consagraba las
garantías fundamentales de la persona, pero éstas se presentaban como una enumeración
programática y no se fijaba de manera precisa y tajante la responsabilidad de quienes en
ejercicio de funciones públicas las violentaran, irrespetaran o inobservaran. La
responsabilidad del Estado, no se contemplaba en ese texto.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por el
contrario, aprobada por el pueblo mediante referendum constituyente el 15 de
diciembre de 1999 y proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente el 20 del mismo mes
y año, establece en su Artículo 2° la preeminencia de los derechos humanos.
Sobre esa preeminencia construye toda la normativa constitucional. En seguida, el
Artículo 3° que dice textualmente:
"El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el
desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la
voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción
de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los
principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La
educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines."
El artículo 6° del texto constitucional, declara que el gobierno
será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo,
responsable, pluralista y de mandatos revocables, incluido el del propio Presidente de la
República.
La Constitución vigente en Venezuela, consagra las máximas garantías
a la persona sin discriminación alguna. Establece de manera precisa que toda persona
tiene derecho, en los términos establecidos por los Tratados, Pactos y Convenciones sobre
derechos humanos ratificados por la República, a dirigir peticiones o quejas ante los
órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a
sus derechos humanos. Le da rango constitucional a esos instrumentos jurídicos que
prevalecen en el derecho interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y
ejercicio pleno más favorables a las establecidas en la Constitución y leyes de la
República. También son de obligatoria aplicación inmediata por los tribunales y demás
órganos del poder público.
El texto constitucional establece la responsabilidad del Estado, por
violaciones de los derechos humanos, la obligación de sancionar los delitos contra esos
derechos cometidos por funcionarios públicos, sin que sirvan de excusa órdenes
superiores. También consagra la imprescriptibilidad de los delitos contra esos derechos.
Establece el principio de la plenitud hermética de los derechos humanos y sus garantías.
La enunciación de éstos, contenidos en la Constitución y los Acuerdos Internacionales,
no debe entenderse como la negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no
figuren expresamente en ellos.
Venezuela, asume la democracia como su sistema político, y los
derechos humanos constituyen de una manera amplia, clara y terminante, la esencia de su
sistema democrático.
La propuesta de un párrafo preambular y de artículos más
desarrollados en la Carta Democrática sobre los Derechos Humanos que formula Venezuela se
fundamenta en que, la promoción y defensa de estos derechos constituyen objetivos
políticos supremos a los cuales debe dársele la más alta prioridad.
En ese sentido, se propone agregar a la Carta Democrática en la parte Preambular
un párrafo que diría así:
"Reafirmando que la promoción y protección de los derechos
humanos es condición fundamental para la existencia de una sociedad democrática".
Y en el Capítulo "Democracia y Derechos Humanos" se propone:
Artículo 7 (nueva redacción)
La democracia como sistema político representativo y participativo es
condición insustituible para el goce pleno y efectivo, por parte de las personas y las
sociedades, de los derechos humanos, la justicia social y las libertades esenciales para
el desarrollo de la personalidad y el progreso de los pueblos.
Artículo 8 (adiciones)
El ejercicio de la democracia debe asegurar plenamente a
todas las personas, el disfrute y ejercicio de sus libertades fundamentales y
derechos humanos, consagrados en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del
Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el Protocolo de San Salvador
sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los demás documentos interamericanos
en materia de Derechos Humanos.
Artículo 9 (nueva redacción)
Todo hombre o mujer tiene derecho a dirigir peticiones o quejas e
interponer denuncias ante el Sistema Interamericano de Promoción y Protección de los
Derechos Humanos, conforme a los procedimientos establecidos en el mismo, con el objeto de
obtener amparo a sus derechos fundamentales universalmente aceptados y calificados como
derechos humanos.
III. DEMOCRACIA Y PARTICIPACION
Dos importantes instituciones realizaron estudios, en el mes de mayo de
2000, sobre la democracia y la política en América Latina.
El Instituto Internacional de Estudios Estratégicos de Londres, en su
informe señala: "Con notables excepciones, la democracia en la mayor parte de los
países de América Latina no ha respondido. Por el contrario, se ha visto asociada con la
corrupción, la delincuencia y la violencia".
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a su vez, en su Informe
de Progreso Económico y Social analiza la apatía de los ciudadanos con respecto a la
política. Ciertos expertos como ODonnel expresan que América Latina se encamina
hacia una suerte de democracia delegativa, en la cual los ciudadanos eligen a los
dirigentes pero renuncian a controlarlos políticamente. Ellos no se sienten expresados ni
representados de verdad- por sus líderes.
El mismo informe señala, que en América Latina hay un apoyo general
al concepto de democracia, pero que un respaldo marcadamente menor se da a la democracia
en la forma como ella se practica en la realidad.
Uno de los problemas más importantes que destaca el informe del BID,
es el reducido nivel de incorporación política de los ciudadanos en muchos países del
continente. Por eso considera imperativo que las reformas en la Región deben concentrar
su atención en la participación política.
La democracia encara serias amenazas que, como lo afirma la
declaración de Québec, aprobada por los Jefes de Estado del hemisferio, asumen
variadas formas.
Para que sea cierta, la democracia tiene que basarse en la
representación, la participación y el protagonismo de todos los sectores, y no sólo en
reducidas elites que concentran -no pocas veces en forma tan grosera como perversa- el
poder político y económico.
La Carta Magna de Venezuela consolida y fortalece la vigencia de los
partidos, pero da también mucha importancia a los mecanismos de participación de los
ciudadanos, cuya fuente de legitimidad es la soberanía popular. Se consolidan las
estructuras de intermediación pero sin confiscar la titularidad de la soberanía.
La Democracia Participativa como ha explicado el gobierno
de Venezuela no es un concepto opuesto al de Democracia Representativa, ni
una alternativa a la misma. Es importante tener esto presente a la luz del enfrentamiento
durante la Guerra Fría ya superada- entre los conceptos de democracia
representativa y democracia popular. Por el contrario, la democracia
participativa presupone y coexiste con la democracia representativa, ya que democracia
representativa no es otra cosa que el ejercicio del poder por el pueblo a través de
representantes libremente elegidos. La democrática escogencia de esos representantes es
una forma esencial de participación.
Los procesos de participación también fortalecen la protección de
los derechos humanos, ya que ellos constituyen la mejor garantía para que los intereses y
aspiraciones genuinas del pueblo puedan expresarse plenamente.
La participación refuerza, por tanto, la lucha por los derechos
humanos y su vigencia, dando a la democracia su verdadero sentido.
No basta que la democracia sea representativa; que en ella se
consagre la libre escogencia de sus representantes por parte del electorado. La democracia
tiene necesariamente que ser participativa, en el sentido de que los ciudadanos
deben, en la práctica, tener injerencia en las decisiones a través de organizaciones
civiles conectadas con el Municipio, hasta votar en referenda, y otras formas de consulta
que pauten las constituciones de los Estados. También deben disfrutar beneficios sociales
como servicios públicos, oportunidades de trabajo, régimen de seguridad social, acceso a
los bienes primarios y a todos los niveles de la educación y capacitación, mediante la
participación distributiva.
El carácter participativo da contenidos de igualdad y justicia
social a la democracia. Así se justifica de verdad, verdad - que sea el sistema
escogido por la OEA; ya que es compatible con la dignidad y respeto hacia y por la persona
tanto en su individualidad como en su ser colectivo.
Representatividad y Participatividad son inherentes a la
democracia, y los Derechos Humanos constituyen su propia esencia.
Para que exista democracia no basta que quienes ejercen el poder sean
elegidos libremente. Un sistema de gobierno donde los gobernantes no respondan ante sus
electores, no puede denominarse democrático.
La necesidad de incluir el concepto de Democracia Participativa
en la Carta Democrática, que actualmente se considera en el marco de la OEA, debería
estar fuera de discusión. Está implícito en un mandato ineludible de la Asamblea
General de esta organización, contenido en la Resolución AG/RES. 1684 (1999), adoptada
en el XXIX Periodo de Sesiones, celebrado en Guatemala.
El concepto de Democracia Participativa ha quedado ya consagrado
en resoluciones y acuerdos fundamentales adoptados por muchos países del hemisferio. En
la X Reunión Ministerial del Grupo de Rio-Unión Europea, celebrada en Santiago de Chile,
en marzo de 2001, los 17 países que integran ese foro reafirmaron "el compromiso
de sus gobiernos con la democracia representativa y participativa, el pluralismo político
y la plena participación de la sociedad civil".
En el mismo sentido se había pronunciado la VI Cumbre Iberoamericana
de Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada los días 10 y 11 de noviembre de 1996, en las
ciudades de Santiago y Viña del Mar, Chile, cuando aludió a la "Gobernabilidad
para una Democracia Eficiente y Participativa".
En las "Jornadas de Análisis y Reflexión sobre la Democracia
Participativa", organizadas por la OEA, a proposición de Venezuela, el actual
Secretario General de la Organización, Doctor César Gaviria, pronunció, el 10 de abril
de 2000, un estupendo discurso en el acto inaugural. Allí dijo:
"La clave de la legitimidad es la participación. Por eso es
necesario velar porque se abran siempre nuevos espacios a la participación ciudadana para
que las decisiones sean percibidas como fuentes de un compromiso justo en el cual todos
tengan igual oportunidad de intervenir y de ser considerados. Ya no se habla de la
democracia a secas, sino de la democracia participativa o de una democracia de
participación popular. No es éste un problema semántico, ni una redundancia, ni unas
palabras de moda. Estamos frente a una nueva concepción de la democracia. Así como
Montesquieu fue revolucionario para su época, los inspiradores de la democracia
participativa han desafiado las instituciones tradicionales, no para destruirlas, sino
para tomarlas como pilares de un nuevo orden político, más legítimo, más respetuoso de
la autonomía, de los derechos y de la libertad de cada persona, menos desigual y más
justo, abierto a la convivencia pacífica de todos los grupos que conforman una
comunidad".
Con base en lo expuesto se colige fácilmente que la Democracia
Participativa no es un concepto defendido y promovido exclusivamente por Venezuela. O
por Colombia. O por Guyana, cuyo Representante Permanente, Embajador Odeen Ishmael,
pronunció en la OEA, el pasado 19 de junio de 2001, un doctrinario discurso en el cual
expresó: "Si bien la democracia representativa por medio de elecciones libres e
imparciales es loable, dicha democracia no debe permanecer estática. Recuerden, este es
un concepto que ya existía cuando se adoptó la Carta de la OEA. Es fundamental que
avance para que sea más completa, no sólo representativa sino también consultiva y
participativa. Con la democracia participativa, desarrollamos el potencial de la gente a
nivel de las bases. Esto es una democracia que garantiza, además de derechos civiles y
políticos, derechos sociales y culturales".
Abraham Lincoln, ese gran Presidente de los Estados Unidos, con
profundo sentido filosófico sentenciaba, que la democracia "es el gobierno del
pueblo, por el pueblo y para el pueblo".
En honor a la verdad puede afirmarse que la Democracia Participativa
constituye un patrimonio común, una nueva y renovadora visión sobre la democracia que
posee carta de ciudadanía en la comunidad hemisférica.
A la luz del análisis precedente Venezuela propone un nuevo artículo
sobre "DEMOCRACIA REPRESENTATIVA Y PARTICIPATIVA", que rezaría:
"La Democracia Representativa se refuerza y profundiza cuando
la participación de los ciudadanos se expresa de manera permanente y cotidiana. La
Democracia Participativa, por tanto, constituye un componente indisoluble de la vida
democrática y contribuye al enriquecimiento de la Democracia Representativa".
- DEMOCRACIA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Los Estados del hemisferio tienen la responsabilidad de proteger y
preservar los espacios ecológicos donde cohabitan sus ciudadanos. La toma de conciencia
plena de la relación armónica que debe existir entre seres humanos y naturaleza, genera
una concepción democrática basada en principios éticos trascendentales. La democracia
se vigoriza como sistema, cuando instituye estructuras institucionales que aseguran la
defensa de los derechos ambientales de los pueblos. Velar por la protección del medio
ambiente y de los recursos básicos: aire, agua y tierra, es obligación ineludible del
Estado Democrático. A través de él, son más factibles, la solidaridad y la
cooperación para enfrentar los desafíos adversos de la naturaleza.
Los cambios climáticos causados por la intervención irracional del
hombre en la naturaleza, han producido irreparables tragedias humanas, terribles desastres
naturales, así como devastadores efectos sobre el ecosistema. Los gobiernos democráticos
están en la obligación de atender en forma solidaria los problemas causados por las
contingencias naturales.
Con base en estas ideas se sugiere insertar en la Carta Democrática
Interamericana, lo que sigue:
PARTE PREAMBULAR ( nuevo)
Reconociendo que no bastan los esfuerzos para promover la democracia y
la estabilidad política del hemisferio, si no se cuenta con un entorno ecológico sano
que permita el desarrollo integral del ser humano.
ARTICULO NUEVO ( Se sugiere ubicarlo antes del Art. 7, Cap. II)
El ejercicio de la democracia se logra en la medida en que exista una
coherente articulación entre derechos ambientales, paz y desarrollo. Los países del
hemisferio, por lo tanto, están obligados a adoptar e impulsar políticas y estrategias
que conlleven a un desarrollo sustentable que salvaguarden el medio ambiente.
V. DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS DE LA MUJER
La democracia requiere el reconocimiento de la unidad en la diversidad.
La diversidad de sujetos sociales que forman parte del pueblo: hombres y mujeres; niños,
niñas y adolescentes - adultos y adultas mayores; hombres y mujeres en condiciones de
discapacidad- afrodescendientes; etnias indígenas. La Constitución venezolana reconoce
esta diversidad cultural, étnica, religiosa y lingüística desde su Preámbulo y
desarrolla todo un articulado al respecto.
En Venezuela se ha comenzado por democratizar el lenguaje, en lo que se
refiere a la visión de género. La Constitución Bolivariana se ha elaborado utilizando
un lenguaje igualitario en el que se equipare el valor de la mujer al del hombre. Se le
concede al género femenino iguales atributos a los que se le venían dando al masculino.
La Constitución garantiza la igualdad de derechos y deberes en el seno de la
familia, valorizando la maternidad y paternidad responsables.
Uno de los elementos que hacen de la democracia un sistema político,
económico y social viable, es la creación de mecanismos conducentes a la igualdad de
oportunidades. Ello pasa por desarrollar políticas para la democratización del capital
y, por ende, para lograr una distribución del ingreso cada vez más equitativa.
En virtud de lo expuesto, Venezuela propone la inclusión del siguiente
artículo:
ARTICULO NUEVO
"La Democracia interamericana estará sustentada en el derecho
humano a la igualdad, por ello deberá garantizar el acceso a condiciones de equidad entre
hombres y mujeres, generando en cada país las condiciones materiales y simbólicas para
una auténtica ciudadanía de todas y todos.
Se garantizará un ejercicio equitativo del poder que promueva la
creación de un nuevo orden en el cual mujeres y hombres disfruten de iguales derechos y
oportunidades".
VI. DEMOCRACIA Y LUCHA CONTRA LA POBREZA
La democracia tiene necesariamente que cumplir una función social
basada en la justicia distributiva.
Si los derechos humanos son la esencia misma de la democracia,
flagelos como el hambre, la indigencia, la marginalidad, el desempleo, entre otros, son la
negación del sistema democrático. La suma de tales calamidades sociales dan como
resultado la pobreza, que en el mundo actual llega a niveles extremos al punto de
que hoy se distingue la simple pobreza de la pobreza extrema. Es alarmante
la estadística de seres humanos que mueren de hambre, sin contar a los que padecen de
desnutrición.
El derecho elemental de la Mujer y del Hombre es el derecho a comer, y
más que comer, a alimentarse. Allí está la base del derecho a la vida. La democracia
tiene la obligación moral e impostergable de lograr que ninguna persona muera de hambre.
Debe hacer posible que todo individuo tenga una ocupación remunerada, que le permita
cubrir sus necesidades primarias de alimentación y vivienda para sí y su familia.
La pobreza no es casual. Así se denominó una Encíclica Papal
de hace ya unos cuantos años. Y no es casual, porque es producto de las desigualdades e
injusticias sociales, no solamente a niveles nacionales sino internacionales. La verdad es
que se ha acentuado la brecha diferencial entre países pobres y ricos con el pesado fardo
de la deuda externa: nuevo nombre de la injusticia. Una de las formas más
perversas de negar los derechos humanos. Una manera de ejercer dominio sobre las
naciones que por cumplir con el pago de esa deuda - sin duda un castigo- no pueden aplicar
soluciones contra la pobreza. A eso se llama eufemísticamente el costo social de la
deuda externa.
No existe una situación que conspire más contra la democracia que las
grandes diferencias sociales. La pobreza, la exclusión, el racismo, las injusticias
sociales y económicas, son verdaderos enemigos de la democracia. Para contar con una
democracia estable es necesario alcanzar un desarrollo económico y social equitativo,
elevar, incluso como desafío ético, el nivel de vida de las grandes mayorías y reducir
las injusticias. El hambre, la imposibilidad de acceder a la educación, a la salud, a un
techo propio, el desempleo, la marginación de las mayorías del proceso de toma de
decisiones son, entre otras, lacerantes situaciones que niegan en la realidad la
democracia.
Se puede afirmar categóricamente que democracia sin justicia social no es democracia.
La pobreza constituye una amenaza real que pone en peligro el sistema
democrático interamericano. Las marcadas desigualdades sociales vulneran los derechos
fundamentales de amplios grupos humanos que la padecen; estimulan la violencia y
desestabilizan el orden público. La pobreza impide que muchos niños vayan a la escuela;
es la responsable de que muchos jóvenes deserten de los institutos de enseñanza media y
de que muchos grupos humanos se vean empujados hacia el mundo tenebroso de la
delincuencia. El desempleo y el hambre son fuente de vicios, de dramáticos desajustes
sociales. En ese ámbito, la persona se envilece, pierde autoestima, desprecia los valores
éticos por considerarlos inservibles para solucionar sus necesidades; cultiva en
definitiva un resentimiento social, que socava las bases del sistema democrático , ya que
éste no le aporta soluciones a sus necesidades.
La corporación privada Latinobarómetro, que desde 1995 efectúa
sondeos de opinión en 17 países de la Región, realizó recientemente una investigación
cuyos resultados son preocupantes*:
"El apoyo a la democracia en América Latina registra una caída
sin precedentes, asociada en gran parte al impacto de la crisis económica internacional.
El sondeo revela que al apoyo de los latinoamericanos a la democracia
cayó doce puntos, de 60% en 2000 a 48% en 2001, mientras que su satisfacción bajó de
37% a 25%".
Marta Lagos, directora de Latinobarómetro, explica que la gente juzga
a la democracia de acuerdo con el desempeño económico de los países y que mientras la
crisis internacional desestabilice las economías locales, el sistema democrático va a "seguir
siendo inestable".
Ante la pobreza: ¿dónde quedan los derechos humanos?; ¿cómo queda
el sistema democrático?
Cuando observamos los elevados niveles de pobreza que exhiben muchos
países, no puede sino reconocerse en forma sincera, que la democracia tiene -en muchos
casos- muy poco contenido de justicia, lo cual la relativiza y en muchos sentidos la
anula.
Democracia y justicia social deben ir paralelas.
Si los hermosos principios que sustentan la democracia se hacen
inaplicables, la democracia sin duda alguna - podría sucumbir. De allí el deber
insoslayable y la necesidad urgente de combatir con efectividad la pobreza, que tienen los
gobiernos y los organismos internacionales del continente.
Los países desarrollados están éticamente más obligados a cultivar
la solidaridad universal condonando, al menos, buena parte de la deuda externa y
contribuyendo a la reconstrucción de la economía mundial sobre bases de justicia social
internacional.
Pobreza y democracia son antípodas.
Con relación al tema de la pobreza Venezuela propone:
ARTICULO NUEVO
"La pobreza continúa siendo el más grande desafío que enfrentan
las Naciones de las Américas, ya que afecta la estabilidad democrática, retrasa el
progreso social y económico y erosiona la esperanza en el porvenir, especialmente entre
la gente joven.
Los gobiernos democráticos y los organismos del Sistema Interamericano
están política y éticamente comprometidos a dar contribuciones decisivas para
combatirla. En ese sentido, deben fomentar urgentes, audaces y prioritarias políticas
sociales, so riesgo de que el propio sistema democrático colapse en algunos
países".
- CLAUSULA DEMOCRATICA
La Carta Democrática Interamericana será el documento más
importante aprobado por los países del hemisferio, desde el momento en que entró en
vigencia la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que data de 1948.
Será un documento-doctrina sobre la democracia, que contribuirá a su defensa y
fortalecimiento. Con su puesta en vigencia, se marcará un hito fundamental en el largo y
contradictorio proceso, que ha hecho posible que la democracia sea hoy, el sistema de
gobierno que asumen los 34 países agrupados en la OEA.
Venezuela, considera que la Carta Democrática Interamericana es una
perentoria necesidad en las actuales circunstancias históricas. Se demuestra día tras
día fehacientemente, que la democracia es la forma de gobierno más ajustado a las
tradiciones libertarias y justicieras. Pero la posibilidad de que surjan nuevas dictaduras
o regímenes autoritarios hoy en retirada- no debería ser, en modo alguno,
desestimada.
La experiencia histórica del continente demuestra que, aún cuando
algunos países tenían democracias de larga data, y eran considerados como paradigmas de
gobiernos democráticos, en su suelo se aposentaron criminales dictaduras y autoritarismos
que azotaron el paisaje democrático, instaurando formas de gobierno incompatibles con la
libertad y la dignidad humana.
Aunque existe un amplio consenso hemisférico con
respecto a las bondades de la democracia, no se descarta que en la Región surjan
nuevamente regímenes que anulen, en la práctica, los nobles principios en los cuales se
fundamenta. Y que, incluso, -como ha ocurrido- gobiernos de origen democrático, surgidos
del voto, desanden el sendero democrático y se coloquen al margen de éste.
Por eso los Representantes Permanentes ante la OEA discuten en estos
momentos una cláusula democrática, que el gobierno de Venezuela respalda, que
está orientada a reforzar y fortalecer las instituciones democráticas, la cultura
democrática y, sobre todo, a lograr que la democracia sea una realidad y no un mero
enunciado de principios muy encomiables ciertamente - pero abstractos para la
mayoría de los ciudadanos.
Las experiencias autoritarias y dictatoriales han sido objeto de un
amplio cuestionamiento continental y la sola posibilidad de que éstas se posesionen
nuevamente en espacios políticos del hemisférico, concita justificadas aprehensiones. La
cultura democrática es duro reconocerlo- no se ha instalado en forma plena y
definitiva en nuestras sociedades, razón por la cual hay que activar todos los mecanismos
que sean necesarios para defenderla y promoverla. Reminiscencias del autoritarismo
de raíz colonial están aún presentes en la sociología de algunos pueblos. De
allí que el mandato de Québec, aprobado por los Jefes de Estado de las Américas, en el
sentido de contar con una Carta Democrática, debe ser aplaudido.
El gobierno de Venezuela fomenta la cultura democrática de manera
amplia y diversa. En Venezuela se vive hoy un verdadero proceso democrático. Proceso que
es, en esencia, antiautoritario. Que otorga al pueblo, en todos sus componentes, el
protagonismo que había estado reservado para los reducidos grupos políticos y
económicos, que han dilapidado, con voracidad, el patrimonio de todos los venezolanos. El
gobierno da un énfasis especial a las políticas sociales destinadas a superar la pobreza
que afecta a la mayoría de la población.
Venezuela considera que la Carta Democrática Interamericana debe
entrar en vigencia lo más pronto posible. Considera, así mismo, que el instrumento en
referencia debe ser compatible con la Carta de la OEA, desarrollando y perfeccionando, a
la luz de las nuevas realidades del continente, la Resolución 1080 y el Protocolo de
Washington. Se trata, ciertamente, de considerar situaciones en las cuales se pueden
producir alteraciones y rupturas sustantivas del sistema democrático, que no son
necesariamente los clásicos Golpes de Estado.
La experiencia reciente demuestra que cuando la comunidad hemisférica
actúa con determinación, la democracia puede ser protegida cuando está en peligro, o
restaurada cuando se ha producido su quebrantamiento.
Venezuela ha suscrito y respalda las cláusulas democráticas
que ya existen en la comunidad de Las Américas: en la Comunidad Andina de Naciones, en el
Grupo de Río, en el MERCOSUR, donde busca su membresía. Venezuela quiere contribuir, por
lo tanto, a que la Cláusula Democrática que se incluirá en la Carta Democrática, sea
lo suficientemente clara y categórica, para que sirva de mecanismo disuasivo frente a
quienes abrigan tentaciones autoritarias, así como para activar mecanismos de exclusión
contra quienes desconozcan, vulneren o quebranten la democracia en alguno de los países
que integran las naciones del hemisferio.
Si la Cláusula Democrática es clara y transparente contará
con el respaldo unánime de todos los países. Venezuela se suma al consenso. Lo que si
debe evitarse es que las ambigüedades terminológicas, sirvan de caldo de cultivo para
que germinen, en el futuro, interpretaciones caprichosas de los artículos que puedan ser
aprobados.
Con el objeto de contribuir a que la Cláusula Democrática contemple
las nuevas situaciones antidemocráticas ocurridas y otras que puedan presentarse en el
futuro, Venezuela hace la siguiente proposición:
Artículo 12 (nuevo)
"Un miembro de la Organización cuyo gobierno democráticamente
constituido sea derrocado por la fuerza podrá ser suspendido del ejercicio del derecho de
participación en la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la
Organización, de las Conferencias especializadas, así como de las comisiones, grupos de
trabajo, y demás cuerpos que se hayan creado.
Se entenderá que se ha producido una situación equivalente al
derrocamiento por la fuerza de un gobierno democráticamente constituido, cuando ocurra
una alteración o ruptura constitucional que elimine, disuelva, modifique o sustituya,
cualquiera de los Poderes debidamente constituidos del Estado, a través de procedimientos
de hecho contrarios a la Constitución Nacional del Estado Miembro".
- CARTA DEMOCRATICA: ¿RESOLUCION O PROTOCOLO MODIFICATORIO?.
El gobierno de Venezuela quiere dejar sentada su posición con respecto
a la naturaleza jurídica de la Carta Democrática Interamericana. ¿Será una Resolución
o Protocolo Modificatorio a la Carta de la OEA?. El nuevo artículo 12, propuesto por
Venezuela, por su precisión y rigor, podría contribuir al consenso.
Este artículo podría constituir una interpretación consensual del
artículo 9 de la Carta de la OEA. En ese sentido, no sería necesario recurrir a un Protocolo
Modificatorio de este instrumento, ahorrando los largos períodos de tiempo que se
requerirían para modificar un Tratado, como es el caso de la Carta de la OEA.
Si lo que se quiere es un instrumento que tenga efecto vinculante e
inmediato - como aspiran todos los gobiernos de las Américas - la vía expedita para
hacerlo es mediante una interpretación extensiva del artículo 9 y otros relacionados con
la Carta de la OEA, plasmada en una Resolución de la Asamblea General aprobada por
consenso.
Una Resolución de la Asamblea General no puede modificar la Carta de
la OEA y en caso de contradicción entre ambos instrumentos, se tendría que aplicar la
Carta de la OEA.
La interpretación de la Carta de la OEA corresponde a los estados
miembros. Una interpretación por consenso tiene carácter vinculante.
IX. OTRAS MODIFICACIONES O ADICIONES
En la parte preambular:
TENIENDO EN CUENTA que las cláusulas democráticas existentes en los
mecanismos regionales y subregionales expresan los mismos objetivos de defensa y
fortalecimiento de la democracia que la cláusula democrática adoptada por los Jefes
de Estado y de Gobierno en Québec;
Párrafos Resolutivos
Artículo 1
Los pueblos de las Américas tienen derecho a la democracia y a su
progresivo perfeccionamiento.
Artículo 2
La democracia representativa y participativa es el sistema
político de los Estados de la Organización de los Estados Americanos, en el que se
sustentan sus regímenes constitucionales y el estado de derecho.
Artículo 3
Son elementos esenciales de la democracia representativa la
celebración de elecciones libres y justas como expresión de la soberanía popular, el
acceso al poder por medios constitucionales, el régimen plural de partidos y
organizaciones políticas y el respeto a los derechos humanos y las libertades
fundamentales, incluida la libertad de prensa y otros medios de comunicación social.
Artículo 5
La solidaridad y el fortalecimiento de la cooperación interamericana
para el desarrollo integral, y especialmente la lucha contra la pobreza, especialmente
la pobreza crítica son partes fundamentales de la promoción y consolidación de la
democracia representativa y constituyen una responsabilidad común y compartida de los
Estados Americanos.
Artículo 11
Cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que pudieran
afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo
ejercicio del poder, el Secretario General podrá, con el consentimiento previo del
gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un
análisis de la situación. El Secretario General elevará un informe al Consejo
Permanente, y este realizará una apreciación colectiva de la situación y, en caso
necesario, podrá adoptar decisiones preventivas dirigidas a la preservación de la
institucionalidad democrática y su fortalecimiento.
Artículo 13
En caso de que se produzcan hechos que ocasiones una interrupción
abrupta o irregular del proceso político institucional democrático o del legítimo
ejercicio del poder de un gobierno democráticamente electo en cualquiera de los
Estados Miembros de la Organización, el Estado afectado, un Estado Miembro o el
Secretario General solicitaran la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para
realizar una apreciación colectiva de la situación. El Consejo Permanente convocará,
según la situación, una Reunión de Consulta Ministros de Relaciones Exteriores o
un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General en un plazo de diez días,
para adoptar las decisiones que estime apropiadas, conforme a la Carta de la
Organización, al derecho internacional y las disposiciones de la presente Carta
Democrática.
Artículo 14
Cuando la Reunión de Consulta de los Ministros de Relaciones
Exteriores o un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General determine
que se ha producido una ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado
Miembro, conforme a la Carta de la OEA, lo harán por el voto afirmativo de las dos
terceras partes de los Estados Miembros. Esta determinación conlleva la suspensión de
dicho Estado en el ejercicio de su derecho de participación en la OEA. [Esta situación
conlleva la suspensión de la participación del proceso del Cumbres de las Américas.] La
suspensión entrará en vigor de inmediato. El Estado Miembro que hubiere sido objeto de
suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones con la
Organización, en particular sus obligaciones en materia de derechos humanos.
Artículo 16
Cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá proponer a la
Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores o a la Asamblea
General el levantamiento de la suspensión. Esta decisión se adoptará por el voto de los
dos tercios de los Estados Miembros de acuerdo con la Carta de la OEA.
Venezuela hará, en el curso del debate que se aproxima, nuevos aportes
en la medida en que se considera la Carta Democrática Interamericana, artículo por
artículo.
DECLARACIÓN DEL SEÑOR MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
LUIS ALFONSO DAVILA, ANTE LA XXXI ASAMBLEA GENERAL
DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS
SAN JOSE DE COSTA RICA, 3 AL 5 DE JUNIO DEL 2001
Señor Presidente
Señor Secretario General
Estimados Cancilleres
Puesto que guarda expresa relación con el contenido de la materia en
consideración, permítaseme tomar unos minutos de su amable atención.
El Representante Permanente de Venezuela ante la OEA, Embajador Jorge
Valero, quien además de diplomático es historiador, realizó una interesante pesquisa en
las Actas donde se registran los momentos fundacionales de nuestra organización
hemisférica. Allí encontró importantísimos datos sobre el origen de la definición "Democracia
Representativa", que aparece en la carta de la OEA.
Eran tiempos de la Novena Conferencia Interamericana realizada en
Bogotá, entre el 30 de marzo y el 02 de mayo de 1948.
La Guerra Fría determinaba, entonces, la confrontación
política. Combatir el Comunismo era la preocupación principal que embargaba a los
gobernantes del hemisferio, en los años subsiguientes a la Segunda Guerra Mundial. Contra
el Comunismo se oponían ideologías nutridas de liberalismo político. Y contra
las "democracias populares", que eran el modelo autoritario soviético,
se enfrentaba el concepto "democracias representativas".
En los trascendentales debates que se realizaron, se pasó revista a
los principios que debía contener la Carta de la OEA. Los diplomáticos de aquel momento,
procedieron a definir los atributos y características que le darían perfil a la
democracia continental. Es cuando el representante de Cuba, Ernesto Dihlgo, propone que a
la palabra democracia se le adicione el calificativo de representativa.
Propuesta que es acogida por los miembros de la Sub Comisión que estudiaba la materia.
Pero hay un asunto de la mayor importancia, que queda asentado en el
Acta de la reunión:
"La Sub Comisión acordó que esta ultima palabra sería
suprimida, si posteriormente las delegaciones se ponían de acuerdo sobre una definición
adecuada de democracia"
Señor Presidente
En nombre de la democracia representativa se han cometido no
pocos crímenes en el pasado. Tiempos aciagos cuando en la OEA se aposentaban sanguinarias
dictaduras militares. Las circunstancias gracias a Dios han cambiado. Los
gobiernos democráticos reinan en el hemisferio. La Guerra Fría ha desaparecido.
Por eso la OEA vive hoy un nuevo tiempo histórico. La democracia representativa
como hemos reseñado quedó consagrada en la Carta original de la OEA. Pese
a las reformas que este instrumento ha sufrido, a lo largo de los años, esta definición
se mantiene inalterable.
Señor Presidente
Desde 1948, hemos tenido en el hemisferio contrastantes formas de
gobierno: democracias esperanzadoras y autoritarismos opresores; gobernantes sabios y
tolerantes y dictadores corruptos y criminales.
La democracia representativa contiene hoy, en las definiciones
que de ella se hacen, en nuestra doctrina hemisférica, irrenunciables principios y
valores sin cuya observancia la democracia seria una ficción: voto popular,
alternabilidad, autonomía de los poderes públicos, pluralismo político y cultural,
respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales.
A los venezolanos, nos ha costado mucho sufrimiento y sacrificio
alcanzar la democracia. Por esa razón la democracia es la utopía posible que ilumina
nuestras esperanzas de redención social.
La lucha por defenderla y perfeccionarla, por hacerla realidad, es un
propósito irrenunciable del gobierno que preside Hugo Chávez Frías. De allí nuestra
insistencia en que la democracia tenga un carácter participativo. Democracia sin
participación es una quimera.
La democracia ideal es, según el académico Ronald Pennok, de la
Universidad de Princenton:
"Gobierno por el pueblo, donde la libertad, igualdad y
fraternidad se hayan aseguradas hasta su mas alto grado"
La búsqueda de esos objetivos inspiran nuestras luchas, alimenta
nuestros sueños. Nuestra constitución reza en su Artículo 6:
"El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las
entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo,
electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos
revocables".
Consideramos a la democracia participativa como uno de los
componentes esenciales de la doctrina democrática hemisférica.
Democracia sin participación del pueblo en todas sus expresiones no es
democracia. La democracia, para que sea cierta, debe tener también un profundo contenido
social. Democracia sin justicia es una mascarada. Fascinante el reto de impregnar con
participación la democracia.
Señor Presidente
Queremos ser claros y categóricos para evitar confusiones: no
contraponemos la democracia participativa a la democracia representativa. La
primera no es una alternativa a la segunda. Este es un falso dilema ya que ambas se
complementan. Representación y participación son componentes indisolubles de la
democracia. La democracia representativa es el ejercicio del poder por parte del pueblo, a
través de representantes libremente elegidos. La libre escogencia de éstos es una forma
esencial de participación. Pero no es suficiente.
Venezuela se plantea hoy ampliar las libertades democráticas,
ensanchar las fronteras de la libertad. Las transformaciones democráticas y pacificas que
han tenido lugar en los últimos años en mi país, son un ejemplo real del ejercicio
democrático. De participación popular. El Proceso Constituyente que hemos tenido en mi
país, ha sido una expresión suprema de la democracia participativa.
Además, en 21 constituciones del hemisferio se consagra el principio
de participación de los ciudadanos en forma expresa. La entrada estelar de la democracia
participativa en el constitucionalismo hemisférico, se debe a la nueva Constitución
de Colombia, antecedente en este tema de la Constitución Bolivariana de Venezuela.
Señor Presidente
La democracia es perfectible. Luchemos por su renovación. Con el fin
de la Guerra Fría se ha oxigenado el ambiente democrático. La democracia puede
ampliar sus posibilidades en forma inédita.
De allí que hemos planteado con especial determinación
la necesidad de que se incluya la democracia participativa en la Carta Democrática
Interamericana.
Para que exista democracia no basta con que los gobiernos hayan sido
elegidos mediante comicios libres, ya que un gobierno donde los gobernantes no responden
ante sus electores, no puede denominarse democrático. No han sido pocos los ejemplos de
regímenes que, aun cuando han nacido de elecciones, sus gobernantes marginan y oprimen a
su población, y los recursos del poder son monopolizados por unos pocos. Tampoco puede
haber democracia sin respeto absoluto a los derechos humanos.
No puede considerarse una verdadera democracia representativa a
un régimen que se limite únicamente a seguir el procedimiento de la votación, pero que
en el ínterin de todo el período constitucional escamotée la participación de las
comunidades en la gestión pública y desconozca los derechos sociales y de los sectores
más necesitados.
La democracia que no cumpla con el principio de la participación y que
no satisfaga las demandas sociales de la población esta condenada, tarde o temprano, a
entrar en una crisis de legitimidad irresoluble, que podría retroceder el reloj de la
historia hacia regímenes de facto o, lo que es igualmente lamentable, estaría condenada
a desacreditar el propio concepto de democracia representativa.
Aunque en los últimos años se han logrado en las Américas avances
indudables en el orden de lo político y social, el examen global que puede hacerse del
curso de la historia reciente, demuestra, empero, que las democracias representativas
han dejado en América Latina y el Caribe un saldo social muy calamitoso. Por eso, una
inmensa mayoría de la población se interroga, con sobrada razón, en torno al verdadero
sentido de la democracia.
No solo es necesario promover el crecimiento económico, sino, además,
crear las condiciones para que los frutos de éste, pueden diseminarse entre toda la
población, con apego a los principios de equidad y justicia social.
Señor Presidente,
Promover la democracia participativa es un imperativo de nuestro
tiempo. La democracia participativa complementa, refuerza y amplia la democracia
representativa, con base en el pluralismo político, el ejercicio de la soberanía
ejercida por el pueblo, el carácter alternativo, el régimen plural de partidos y
organizaciones políticas; el respeto a los derechos humanos y libertades
fundamentales.
Señor Presidente,
Permítanos reiterar que en la X Reunión Ministerial del Grupo de Río
Unión Europea, realizada en Santiago de Chile, a propuesta de Venezuela, los 19
países que integran el referido grupo acordaron, a través de sus Ministros de Relaciones
Exteriores, promover la democracia representativa y participativa, el
pluralismo político y la plena participación de la sociedad civil.
En el marco de la XXXIX Asamblea General de la OEA, el 8 de junio de
1999, realizada en Guatemala, los cancilleres resolvieron, también a propuesta de
Venezuela, fortalecer los mecanismos democráticos de la región, analizar y reflexionar
en profundidad sobre la democracia participativa. Para ello tomaron en
consideración el compromiso de Santiago y la declaración de Nassau, donde se establece
que la extrema pobreza y las desigualdades económicas y sociales son enemigos de
la consolidación de la democracia.
Esperamos que esta decisión de la OEA se cumpla totalmente. En ese
sentido, será planteado por nuestro Representante Permanente en Washington.
Señor Presidente
Hemos llegado a un amplio consenso de preparar la Carta Democrática
Interamericana. Un debate constructivo sobre el perfeccionamiento y protección de la
democracia en el hemisferio está planteado. Nuestras observaciones críticas siempre han
estado guiadas por un espíritu edificante, salvaguardando nuestro entrañable compromiso
con la democracia. Al igual que otros países, consideramos que es necesaria una amplia
consulta con la sociedad civil, con los expertos y sectores especializados. Nuestros
sistemas constitucionales, la propia Carta Constitutiva de la OEA, los protocolos y otros
instrumentos interamericanos, deben servir de marco para la aprobación de la Carta
Democrática. Venezuela invita a todos los sectores, sin exclusión a dar su contribución
para que se solidifique la voluntad unitaria del Continente. El acuerdo al que hemos
llegado permitirá que se presenten y se estudien con toda la libertad observaciones y
aportes, pues se trata de elaborar un documento de trascendental importancia.
Por tanto, señor Presidente y fundamentados en las razones y
consideraciones expuestas, reitero la solicitud de mi Delegación para que sea incorporado
el concepto de democracia participativa como parte integrante de la definición que
conllevará la Carta Democrática Interamericana que, después de las consultas ya
referidas, consideramos para su aprobación en la Asamblea Extraordinaria de la OEA. Ello,
no obstante las propuestas y observaciones que haremos para buscar el perfeccionamiento de
dicho instrumento, fundamental, para la defensa de la democracia hemisférica. Al formular
este planteamiento de la democracia participativa queremos ser cónsonos con los
valores superiores contenidos en la Carta Constitutiva de la OEA.
Permítame, entonces, señor Presidente hacer una entrega de esta
Declaración como constancia de la posición de mi país, agradeciendo que sea debidamente
incorporada a las actas de esta magna asamblea.
Muchas Gracias.
INTERVENCIÓN DEL EMBAJADOR JORGE VALERO
REPRESENTANTE PERMANENTE DE VENEZUELA
ANTE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
Washington, 21 de Mayo de 2001
Señor Presidente,
Permítasenos proclamar la dignidad de este debate. Celebrar que hoy
realizamos uno de los más relevantes que se hayan producido en la OEA, incluso, desde sus
tiempos fundacionales. Demos gracias al Gobierno y a la Delegación del Perú, y de manera
particular al Embajador Manuel Rodríguez Cuadros, por haber contribuido a promover esta
demostración de madurez democrática. Reconozcamos también, el aporte que han brindado
países como, Costa Rica anfitrión de la próxima Asamblea General
Argentina, Estados Unidos y Canadá, al copatrocinar el proyecto de Carta que
consideramos. Felicitemos, igualmente, al Gobierno de México y a su Representante,
Embajador Miguel Ruíz-Cabañas, y al Canciller del Uruguay Didier Opertti Badan, por
presentar textos alternos y/o reflexiones para el debate.
Señor Presidente,
A nuestro oídos suena agradable el nombre propuesto por el
Representante de Panamá, Embajador Juan Manuel Castulovich, quien propone llamar al
significativo instrumento que consideramos; "Carta Democrática de Las Américas",
aunque no haríamos ningún reparo si el consenso condujera a denominarlo Carta
Democrática Interamericana.
Sólo el título de este importante documento destaca la
trascendental naturaleza de su contenido.
Nuestra Delegación. La que en este recinto representamos en nombre del
pueblo y Gobierno de Venezuela, que preside Hugo Chávez Frías, se suma complacida al
fascinante ejercicio de reflexión creadora que compromete, cuyas resonancias
estamos seguros- marcarán un hito en la historia de la Región.
Tiempo estelar el que vivimos. Un florecimiento democrático observamos
en un mundo que, con el fin de la Guerra Fría, ha abiertos espléndidas posibilidades
para avanzar en la conquistas de nuevos y más amplios espacios para la libertad y la
dignidad humanas. Pero, también, tiempos dramáticos cuando observamos el advenimiento de
nuevos conflictos de índole política, étnica, cultural y religiosa, que socavan las
bases de la paz y la convivencia internacional. Tiempos desafortunados, donde la pobreza
sigue siendo una lacerante circunstancia que afecta a millones de seres humanos.
El tema central de este debate es la palabra Democracia.
Nos estamos ocupando, precisamente, de evaluar cómo funciona en
las Américas, poniendo en alto relieve sus incuestionables logros y, también, las
inocultables falencias de la realidad donde ella discurre.
Por allí deberíamos empezar.
Busquemos todos, al unísono, formas innovadoras para que la realidad
se aproxime al ideario democrático, cuyos principios fundamentales están contenidos en
la Carta de la OEA: Desde la primera, aprobada en mayo de 1948, la Democracia ha
tenido en el hemisferio un apellido: Representativa.
Cuando se revisan las Actas que reflejan el debate que realizaran
aquellos diplomáticos precursores, se constata que entonces se produjo un consenso,
que fue explícitamente definido como provisional, sobre el concepto Democracia
Representativa.
La Novena Conferencia Internacional realizada en Bogotá, en cuyo marco
se aprueba la Carta de la OEA, se celebra entre el 30 de marzo y el 2 de mayo de
1948. Más de un mes de fecundos debates precedieron la aprobación de ese
instrumento-doctrina de las Américas.
El Representante de Panamá, Ricardo J. Alfaro, pronunció en la
sesión del jueves 22 de abril de 1948, que se celebró en el Salón Central del Capitolio
Nacional, entre las 15: 20 y 19:00 horas, una frase impactante: " La República de
Panamá, -dijo- cuyo pueblo es inquebrantablemente democrático, cree que la democracia
debe ser defendida sin salir de la democracia"
.
Interesante resulta leer las Actas de esas reuniones, que precedieron
la aprobación de la Carta de la OEA. Ellas retratan el ambiente político-ideológico
predominante en los comienzos de la Guerra Fría.
Los diplomáticos de aquellos tiempos procedieron a definir los
atributos y características de la democracia. Es cuando el representante de Cuba, Ernesto
Dihigo, propone que a la palabra democracia se le adicione la palabra "representativa".
Propuesta que es acogida por los miembros de la Subcomisión. Pero hay un asunto que no
puede pasar desapercibido y así queda registrado en el Acta:
"La Subcomisión acordó que esta última palabra sería
suprimida, sí posteriormente las delegaciones se ponían de acuerdo sobre una definición
adecuada de la democracia".
Combatir el comunismo era la preocupación principal que
embargaba a los gobernantes del hemisferio, en los años subsiguientes a la II Guerra
Mundial. Las actas que analizamos muestran con inocultable claridad, el ambiente
político-ideológico predominante. La Guerra Fría galbanizaba la confrontación
política.
En la Comisión de Iniciativa de la Novena Conferencia
Internacional, se declara que: "
el comunismo internacional
es un
instrumento de agresión al servicio de propósitos imperialistas y constituye una amenaza
para sus instituciones libres, democráticas y republicanas, para su propia independencia
y soberanía".
Contra el comunismo los gobernantes del hemisferio oponen ideologías
nutridas del liberalismo político. Contra las "democracias populares", que el
leninismo llama dictaduras del proletariado, oponen la "democracia
representativa".
De resultas, la democracia considerada como representativa
quedó consagrada en la Carta original de la OEA, aprobada en mayo de 1948. El artículo
5, en su inciso D reza: "La solidaridad de los Estados Americanos y los altos
fines que con ellos se persiguen, requieren la organización política de los mismos sobre
la base del ejercicio efectivo de la democracia representativa".
En las diferentes reformas que ha sufrido la Carta, en el Protocolo de
Buenos Aires, en 1967; en el Protocolo de Cartagena de Indias, de 1985; en el Protocolo de
Washington, en 1992 y en el Protocolo de Managua, en 1993, la definición democracia
representativa se mantiene inalterada.
Sus principios y valores fundamentales, que acogemos todos los
gobiernos de los Estados representados en esta sala, deberían ser examinados a la luz de
las nuevas realidades de nuestro tiempo: la guerra fría ha desaparecido; la democracia,
como sistema de gobierno, se expande en todos los continentes; anacrónicos totalitarismos
están en el basurero de la historia; oprobiosas dictaduras en plan de retirada;
renacimiento y expansión de las libertades democráticas; vigencia de los derechos
humanos. Estos son los signos de la nueva era.
Señor Presidente,
A los venezolanos nos ha costado muchos sufrimientos y sacrificios
alcanzar la democracia. Nuestra Constitución, fruto de un debate democrático y
participativo, aprobada en Referéndum, consagra todos los principios democráticos más
avanzados y humanistas que conoce la civilización de nuestro tiempo.
La democracia, como ideario, ha fraguado los mejores destinos e
inspirado las luchas de pueblos que buscan la paz, la justicia, la igualdad y la libertad
e nuestro continente. La democracia como utopía ha iluminado esperanzas redentoras. La
lucha por defenderla y perfeccionarla; la voluntad por ejercerla plenamente, es un
fascinante reto para quienes nos proponemos convertirla en realidad. Gran desafío que
convoca la imaginación creadora. Y es que, en palabras de Blake (Segundo Libro
Profético): "La imaginación es la propia existencia humana".
Desde 1948, es largo el trazo de la historia donde la gobernabilidad ha
sido puesta a prueba: autoritarismos indeseables y democracias esperanzadoras; libertades
amputadas y conquistas libertarias. Vivimos momentos para la reflexión, para examinar
logros y carencias.
La democracia en nuestro hemisferio encara serias amenazas que, como lo
afirma la Declaración de Quebec, "asumen variadas formas". Para que sea cierta
la democracia tiene que basarse en la representación, la participación y el protagonismo
de todos los sectores, y no sólo de reducidas élites que concentran no pocas
veces en forma grosera y perversa el poder político y económico.
Nuestra Constitución, la bolivariana, establece que con el fin supremo
de refundar la República, Venezuela se propone "
establecer una sociedad
democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de
justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la
independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la
convivencia y el imperio de la ley
".
La democracia directa está consagrada en el Artículo Quinto (5) de
nuestra Constitución. Allí se expresa que la soberanía reside intransferiblemente en el
pueblo quien la ejerce directamente en la forma prevista en el texto constitucional e
indirectamente mediante el sufragio por los órganos que ejercen el Poder Público.
El Artículo Sesenta y Dos (62) garantiza la participación del pueblo
en la formación, ejecución y control de la gestión pública, como medio necesario para
lograr su protagonismo, tanto individual como colectivo.
El Constituyente quiso concretar la forma como el pueblo ejerce la
soberanía, en lo político, para elegir los cargos públicos: el referéndo, la consulta
popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas constitucional y
constituyente-, el cabildo abierto, la asamblea de ciudadanos. Y en lo social y económico
se mencionan: las instancias de atención ciudadana,la autogestión, la cogestión, la
empresa comunitaria y otras formas asociativas.
En lo que se refiere a la democracia local se destaca la participación
de las comunidades, asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamenrtales, en la
formulación de propuestas de inversión ante las autoridades estadales o municipales.
Otras formas de participación pautadas son la iniciativa ciudadana
para la enmienda 341 Constitucional; la iniciativa ciudadana para la reforma
constitucional 342 constitucional; y la iniciativa ciudadana para convocar a una Asamblea
Nacional Constituyente 348 constitucional.
Nuestra Carta Magna consolida y fortalece la vigencia de los partidos,
pero da primacía a los mecanismos de participación de los ciudadanos cuya fuente de
legitimidad es la soberanía popular. Se consolidan las estructuras de intermediación
pero sin confiscar la titularidad de la soberanía.
Venezuela, por lo tanto, plantea la necesidad de incluir el concepto de
Democracia Participativa en la Carta Democrática. Este es, además, un mandato ineludible
de la Asamblea General de la OEA, contenido en la Resolución AG/RES. 1684 (1999),
adoptada en el XXIX Período de Sesiones, celebrado en Guatemala.
Señor Presidente
En la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno, el Presidente de la
República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, hizo observaciones muy puntuales al
lenguaje utilizado en la parte relativa a la democracia, ya que no se incluyó en la
Declaración de Quebec el concepto de democracia participativa. Conviene, ante
todo, recordar, que este concepto fue formulado por Venezuela en la Asamblea General de la
OEA realizada en Guatemala en 1999.
En primer lugar, no se trata de un concepto opuesto al de democracia
representativa, ni una alternativa a la misma. Es importante tener esto presente a la
luz del enfrentamiento durante la Guerra Fría ya comentada- entre los conceptos de
democracia representativa y "democracia popular". Por el contrario, la
democracia participativa presupone y coexiste con la democracia representativa, ya que
democracia representativa no es otra cosa que el ejercicio del poder por el pueblo a
través de representantes libremente elegidos. La libre escogencia de esos representantes
es una forma esencial de participación.
Para que exista democracia no basta que quienes ejercen el poder sean
elegidos libremente. Un sistema de gobierno donde los gobernantes no respondan ante
quienes los eligieron, no puede denominarse democracia.
No son pocos los ejemplos de regímenes que, aun cuando han nacido de
elecciones, sus gobernantes marginan y oprimen a su población, y los recursos del poder
son monopolizados por élites. No puede haber democracia sin respeto a los derechos
humanos. El hecho de haber sido electas no confiere a las autoridades el derecho de
ejercer el poder sin límites.
Señor Presidente.
Si queremos garantizar la efectividad de la Carta Democrática debemos
asegurarnos que de ella, desde el punto de vista jurídico, esté en armonía con los
Tratados vigentes y especialmente con la Carta de la OEA, ya que un Tratado no
podría ser modificado por una Resolución o Declaración. Tal vez, a este
fin, sea recomendable realizar un estudio por los órganos técnico-jurídicos de la
Organización.
El Artículo Nueve (9) de la Carta de la OEA se refiere al derrocamiento
por la fuerza de un gobierno democráticamente constituido. En el proyecto de Carta
Democrática se incorporan aspectos de la Resolución 1080 y del Protocolo de Washington.
Debe utilizarse en dicho proyecto, por lo tanto, una terminología similar a la Carta de
la OEA, para no correr el riesgo de contravenir disposiciones contenidas en ella.
Debe quedar claro que la facultad de suspensión sólo podrá ser
ejercida cuando hayan sido infructuosas las gestiones diplomáticas que emprenda la
Organización.
También observamos que si bien se prevé la exclusión de un Estado
que se haya apartado de la vida democrática, no se contempla, en cambio, su
incorporación una vez que hayan cesado las causas que hubieren determinado la
suspensión. Por eso es conveniente la disposición contenida en el proyecto de Carta
Democrática, presentado por México, en el cual se establece que para levantar la
suspensión se requeriría el voto afirmativo de la mayoría simple de los Estados
Miembros.
Señor Presidente,
Queremos hacer notar que la frase "cualquiera alteración
inconstitucional", que aparece consignada en la Declaración de Quebec, y que se
repite en el proyecto de Carta Democrática, difiere de la terminología utilizada, tanto
en el Protocolo de Washington, como en la Resolución 1080.
Debe evitarse el uso de conceptos ambiguos o vagos en la Carta
Democrática, que den pie, en el futuro, a confusiones o discusiones innecesarias que
puedan paralizar la acción de la OEA.
El Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela, por ejemplo, consideró
que el proceso constituyente originario es supraconstitucional y fundamentó la
legitimidad democrática, precisamente partiendo de la soberanía popular. Por lo demás:
¿ podría la OEA convertirse en interprete o juez de las Constituciones de los países
miembros ?.
Señor Presidente,
La Carta Democrática debe constituir un paso trascendental en el
desarrollo de la OEA y bien merece que le asignemos la importancia que merece. Con fundada
razón el Excelentísimo Canciller de Uruguay, doctor Opertti Badan en sus comentarios
preliminares sobre el tema que discutimos expresa: "
cabría plantearse la
pregunta de si no hay una cierta precipitación y si una elaboración de esta importancia
no merecería un examen más detenido y la intervención de los cuerpos técnicos del
sistema, vale decir, Comité Jurídico Interamericano y Sub secretaría de Asuntos
Jurídicos de la Secretaría General de la OEA".
Por otra parte, el mandato de la Cumbre contenido en la Declaración de
Quebec instruye a los Ministros de Relaciones Exteriores para que preparen la Carta
Democrática Interamericana en el marco de la próxima Asamblea General. Preparar no
significa necesariamente dar la aprobación final a ese instrumento en esa misma Asamblea.
El mandato se debe cumplir, dando los pasos adecuados para que se garanticen los altos
fines que se persiguen, realizando un profundo y amplio proceso de consultas a nivel
hemisférico.
En ese orden de ideas nos permitimos proponer que la Asamblea General
de San José convoque un Periodo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General
ojalá pudiera celebrarse en el Perú, para reconocer la estupenda iniciativa del
Gobierno de ese país hermano- con el único propósito de aprobar la Carta Democrática.
Esa convocatoria debería hacerse en un breve plazo que, bajo ninguna circunstancia,
excediese de seis (6) meses, ya que todos estamos conscientes de la necesidad de
aprobarla.
Nuestra Delegación ha preparado un Proyecto de Resolución en
ese sentido, pero antes de presentarlo quisiéramos tener la oportunidad de consultarlo
con las demás Delegaciones.
Señor Presidente,
Cuando se discuta el proyecto de Carta Democrática, artículo por
artículo, nuestra Delegación hará los aportes puntuales que considere necesario.INERVENCION
DEL REPRESENTANTE PERMANENTE DE VENEZUELA ANTE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS
EMBAJADOR JORGE VALERO
Washington, 29 de mayo de 2001.
En nuestra intervención del 25 de mayo de 2001 expresamos la duda
de Venezuela sobre el concepto "cualquier alteración inconstitucional" que
aparece en la Declaración de Quebec. Hemos señalado en varias oportunidades que la
exclusión de un Estado miembro del Sistema Interamericano, sólo procede cuando se cumple
lo pautado expresamente en al artículo 9 de la Carta de la OEA. Cualquier otro criterio
para excluir un miembro iría más allá de la Carta y requeriría, por lo tanto, de su
modificación. Y esta sólo sería posible siguiendo las pautas que la propia Carta
establece para su enmienda.
Consideramos que el concepto "cualquier alteración
inconstitucional" es ambigua y requiere de su esclarecimiento. ¿Qué se quiere decir
con "cualquier alteración inconstitucional? La única interpretación posible que
podría hacerse es que se trate de un golpe de Estado; del "derrocamiento por la
fuerza" de un gobierno democráticamente constituido (artículo 9 Carta de la OEA). Y
esto ocurre, ciertamente como bien lo aclara la Resolución 1080- "cuando se
produzcan hechos que ocasiones una interrupción abrupta o irregular del proceso político
institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder de un gobierno
democráticamente electo". ¿Quién determina cuando se produce "cualquier
alteración inconstitucional" en un país"?.
Todos los países miembros de la OEA tienen órganos jurídicos que se
encargan de velar por la observancia de la Constitución. Sólo a ellos les corresponde
determinar cuando se han producido actos o hechos que colidan con aquella. En un país se
pueden producir "alteraciones inconstitucionales" sin que necesariamente se haya
producido un golpe de Estado, o una "interrupción abrupta o irregular del proceso
político institucional democrático" (Res. 1080). No es descartable, incluso, que el
gobierno de un país; o que cualquiera de los órganos del poder público, dicten leyes o
realicen actos que estén o puedan estar en contradicción con la Constitución
respectiva. Esto es, que las propias autoridades abusando de su poder cometan o realicen
"alteraciones inconstitucionales".
La historia política de nuestro hemisferio ha estado plagada de abusos
de poder, de indeseables autoritarismos, de gobiernos que violan sus propias
constituciones. No es el caso de Venezuela, donde existe un gobierno que actúa en apego
estricto a las normas constitucionales vigentes, ceñido al imperio de la ley, y respeta
la plena vigencia de los derechos humanos y libertades democráticas. Por eso la
constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece controles al poder
público. Da a los ciudadanos el derecho e, incluso, establece la obligación de recurrir
a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, cuando se han producido
"alteraciones inconstitucionales."
Señor Presidente:
La propuesta de Cláusula Democrática presentada por Ecuador y Costa
Rica (aceptada por México) es una buena base para el consenso. Precisa que la exclusión
de un gobierno de un Estado miembro del Sistema Interamericano, procede cuando se actúa
de "acuerdo con la Carta de la Organización y el derecho internacional." La
propuesta en referencia precisa los alcances y aclara lo que se quiere decir con el
concepto "cualquier alteración inconstitucional". En ese sentido, la
Delegación de Venezuela está dispuesta a sumarse al consenso.