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El Registro Civil en Colombia tiene sus antecedentes  en la Cédula de Ciudadanía o Título del Elector como documento de  identificación del ciudadano colombiano de acuerdo con la Ley 7 "En la cual se dictan algunas disposiciones sobre  elecciones y cédula de ciudadanía", publicada el 8 de noviembre de 1934.
  En Colombia, el documento de identidad nació como  instrumento necesario para votar, y posteriormente como instrumento de  identidad. En tal sentido, y debido a la necesidad de contar con una  institución que realice actividades de control electoral se creó la Oficina  Nacional de Identificación Electoral como dependencia estatal adscrita al  Ministerio de Gobierno.
  En 1948 se creó la Organización Electoral,  Registraduría Nacional del Estado Civil con la finalidad de contar con una  institución de carácter autónoma a nivel nacional que realice no sólo la  organización de las elecciones; sino que además, realice labores de  identificación.
  A partir de 1987, la Registraduría  Nacional del Estado Civil asume gradualmente el Registro Civil teniendo  como responsabilidad, promover la prestación del servicio de registro civil,  teniendo como compromiso permanente adelantar programas encaminados a ampliar  su cobertura y a fortalecerlo (Decreto 3680 "Por el cual se reglamenta la Ley 1454, Ley  Orgánica de Ordenamiento Territorial", publicado el 4 de octubre de 2011).
La institución encargada del Registro Civil en Colombia es la Registraduría Nacional del Estado Civil.
La Registraduría Nacional del Estado Civil es la entidad encargada de garantizar la organización y transparencia del proceso electoral, la oportunidad y confiabilidad de los escrutinios y resultados electorales, contribuir al fortalecimiento de la democracia mediante su neutralidad y objetividad, promover la participación social en la cual se requiere la expresión de la voluntad popular mediante sistemas de tipo electoral en cualquiera de sus modalidades, así como promover y garantizar en cada evento legal en que deba registrarse la situación civil de las personas, que se registren tales eventos, se disponga de su información a quien deba legalmente solicitarla, se certifique mediante los instrumentos idóneos establecidos por las disposiciones legales y se garantice su confiabilidad y seguridad plenas.
Las funciones de la Registraduría Nacional del Estado Civil son las siguientes:
a) Proponer las iniciativas sobre proyectos de ley  y presentarlos a consideración del Consejo Nacional Electoral por conducto del  Registrador Nacional, así como los decretos y demás normas relacionadas con la  función de registro civil;
  b) Adoptar las políticas del registro civil en  Colombia y atender lo relacionado con la adopción, ejecución y control de los  planes y programas propios del registro civil con miras a garantizar su óptimo  funcionamiento;
  c) Garantizar en el país y el exterior, la  inscripción confiable y efectiva de los hechos, actos y providencias sujetos a  registro, proferir las autorizaciones a los entes o autoridades habilitadas  legalmente para que concurran en el cumplimiento de dicha función, y conocer  mediante los actos administrativos pertinentes de todo lo relativo a  cancelaciones, reconstrucciones, anulaciones, modelos de expedición y demás  actos jurídicos sobre el registro civil;
  d) Expedir las copias de registro civil de las  personas que sean solicitadas de conformidad con las leyes vigentes;
  e) Atender el manejo, clasificación, archivo y  recuperación de la información relacionada con el registro civil;
  f) Difundir las normas y procedimientos a seguir  dentro del proceso de registro civil y adelantar campañas y programas de  capacitación en la materia; 
  g) Coordinar y armonizar con los demás organismos  y entes del Estado las políticas, desarrollo y consulta en materia de registro  civil;
  h) Adelantar inspección y vigilancia de los  servicios de registro del estado civil de las personas;
  i) Realizar o promover estudios, investigaciones y  compilaciones en materia de registro del estado civil de las personas y  divulgar los resultados; 
  j) Proteger el ejercicio del derecho al sufragio y  otorgar plenas garantías a los ciudadanos, actuando con imparcialidad, de tal  manera que ningún partido o grupo político pueda derivar ventaja sobre los  demás;
  k) Dirigir y organizar el proceso electoral y  demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos  calendarios electorales;  
  l) Llevar el Censo Nacional Electoral; y
  m) Las demás que le asigne la Constitución  Política y las disposiciones legales vigentes. 
Para el cumplimiento de  sus funciones la Registraduría Nacional del Estado Civil ha implementado  una serie de estrategias y mecanismos destinados a la realización efectiva de  sus actividades, las cuales se han plasmado en el Plan Estratégico "La Democracia es nuestra Huella", 2012-2015.
  El Plan Estratégico: "La Democracia es nuestra Huella", 2012-2015 presenta las siguientes políticas estratégicas:
1. Política de Estilo de Dirección: Busca guiar y orientar la administración de la Registraduría Nacional del Estado Civil hacia la prestación del servicio con calidad, bajo los principios y valores éticos, efectividad en la gestión de los recursos públicos, la rendición de cuentas, definición de políticas estratégicas y operativas, coordinación y colaboración con los demás Entes Públicos y la satisfacción de las necesidades de la ciudadanía en general, en cumplimiento de la misión institucional, principios y fines consagrados en la Constitución Política y las disposiciones legales y vigentes (Plan Estratégico: "La Democracia es nuestra Huella", 2012-2015, pág. 3).
2. Política del Talento Humano: Reconoce que el talento humano es una fortaleza debido a su compromiso institucional y responsabilidad humana y social. Es por esto que la entidad se compromete a seleccionar y vincular a personas idóneas con el perfil de competencias establecidas en los manuales, administrar el talento humano a través de los principios y valores institucionales, fortalecer las competencias, habilidades, aptitudes e idoneidad de sus servidores públicos, mejorar el clima organizacional, entre otras (Plan Estratégico: "La Democracia es nuestra Huella", 2012-2015, págs. 4 y 5).
3. Política de Información y Comunicación Pública: Busca proporcionar información objetiva, relevante, verificable, pertinente y equitativa a los ciudadanos y grupos de interés; así como orientar que la información sea clara, completa, veraz, asertiva, imparcial, trasparente y oportuna (Plan Estratégico: "La Democracia es nuestra Huella", 2012-2015, pág. 5).
4. Política de Calidad: Busca satisfacer las necesidades de identificación y participación democrática de las personas a través de la prestación transparente, imparcial, oportuna y efectiva de los servicios, con personal competente, motivado y comprometido, con el uso de modernas tecnologías, mejorando continuamente los procesos y atendiendo las disposiciones legales y los requisitos de los usuarios (Plan Estratégico: "La Democracia es nuestra Huella", 2012-2015, pág. 6).
5. Política de Administración de Riesgos: Se constituye en parte esencial del direccionamiento estratégico y parte integral del sistema de control interno y de calidad. La aplicación de la Guía metodológica diseñada para identificar, analizar y valorar los riesgos permite una adecuada administración y manejo de los riesgos a través de la cultura de Autocontrol y Auto evaluación a la gestión de los procesos de la Entidad para la toma de decisiones (Plan Estratégico: "La Democracia es nuestra Huella", 2012-2015, pág. 6).