A-60: CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS
ADOPTADO EN: BELEM DO PARA, BRASIL
FECHA: 06/09/94
CONF/ASAM/REUNION: VIGESIMO CUARTO PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS
ENTRADA EN VIGOR: 03/28/96 DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO XX DE LA CONVENCION, AL TRIGESIMO DIA A PARTIR DE LA FECHA DEL DEPOSITO DEL SEGUNDO INSTRUMENTO DE RATIFICACION
DEPOSITARIO: SECRETARIA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS (INSTRUMENTO ORIGINAL Y RATIFICACIONES)
TEXTO:
REGISTRO ONU: / / No. Vol.
OBSERVACIONES:
INFORMACION GENERAL DEL TRATADO: A-60
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PAISES SIGNATARIOS FECHA REF RA/AC/AD REF DEPOSITO INST INFORMA REF
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Argentina ........... 06/10/94 10/31/95 02/28/96 RA / /
Bolivia ............. 09/14/94 09/19/96 05/05/99 RA / /
Brasil .............. 06/10/94 07/26/13 02/03/14 RA / /
Chile ............... 06/10/94 01/13/10 01/26/10 RA / /
Colombia ............ 08/05/94 04/01/05 04/12/05 RA / /
Costa Rica .......... 06/10/94 03/20/96 06/02/96 RA / /
Ecuador.............. 02/08/00 07/07/06 07/27/06 RA / /
Guatemala ........... 06/24/94 07/27/99 02/25/00 RA / / 1
Honduras ............ 06/10/94 04/28/05 07/11/05 RA / /
Mexico............... 05/04/01 02/28/02 04/09/02 RA / / R
Nicaragua ........... 06/10/94 / / / / / /
Panam� .............. 10/05/94 07/31/95 02/28/96 RA / /
Paraguay ............ 11/08/95 08/26/96 11/26/96 RA / /
Peru................. 01/08/01 02/08/02 02/13/02 RA / /
Uruguay ............. 06/30/94 02/06/96 04/02/96 RA / /
Venezuela ........... 06/10/94 07/06/98 01/19/99 RA / /
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REF = REFERENCIA INST = TIPO DE INSTRUMENTO
D = DECLARACION RA = RATIFICACION
R = RESERVA AC = ACEPTACION
INFORMA = INFORMACION REQUERIDA POR EL TRATADO AD = ADHESION
A-60: CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS
1. GUATEMALA.-
De conformidad con el art�culo XIX de la Convenci�n, la Rep�blica de
Guatemala, al ratificarla, formula reserva en cuanto a la aplicaci�n del
art�culo V de la misma, desde el momento que el art�culo 27 de su
Constituci�n Pol�tica establece que "por delitos pol�ticos no se
intentar� la extradici�n de guatemaltecos, quienes en ning�n caso ser�n
entregados a gobierno extranjero, salvo lo dispuesto en tratados y convenios
con respecto a delitos de lesa humanidad o contra el derecho
internacional", y que por el momento, no existe legislaci�n
guatemalteca interna que rija lo relativo a extradici�n.
Retiro de la reserva hecha al ratificar la Convenci�n relativa a la
aplicaci�n del articulo V (7 de septiembre de 2001).
- MEXICO.-
Reserva hecha al momento del deposito del instrumento de ratificaci�n (9
de abril de 2002)
"El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos al
ratificar la Convenci�n Interamericana sobre Desaparici�n Forzada de
Personas, adoptada en la Ciudad de Belem, Brasil el 9 de junio de 1994,
formula reserva expresa al Articulo IX, toda vez que la Constituci�n
Pol�tica reconoce el fuero de guerra, cuando el militar haya cometido
alg�n il�cito encontr�ndose en servicio. El fuero de guerra no
constituye jurisdicci�n especial en el sentido de la Convenci�n, toda
vez que conforme al articulo 14 de la Constituci�n mexicana nadie podr�
ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o
derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente
establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del
procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al
hecho".
Declaraci�n interpretativa hecha al momento del deposito del instrumento
de ratificaci�n (9 de abril de 2002)
"Con fundamento en el articulo 14 de la
Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos, el gobierno de
M�xico, al ratificar la Convenci�n Interamericana sobre Desaparici�n
Forzada de Personas, adoptada en la ciudad de Belem, Brasil, el 9 de junio
de 1994, se entender� que las disposiciones de dicha Convenci�n se
aplicaran a los hechos que constituyan desaparici�n forzada de personas,
se ordenen, ejecuten o cometan con posteridad a la entrada en vigor de la
presente Convenci�n"
El 11 de julio de 2014, la Secretar�a General
acus� recibo de la nota del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos
notificando al depositario el
retiro de la reserva al art�culo IX de la Convenci�n Interamericana
sobre Desaparici�n Forzada de Personas, suscrita en Bel�m do Par�, Brasil, el
9 de junio de 1994.
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