Colombia: CIDH publica acuerdo de solución amistosa sobre el homicidio de Eleazar Vargas Ardila.

18 de diciembre de 2023

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210/23.

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de aprobar y publicar el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) del Caso 14.145 Eleazar Vargas Ardila y familiares de Colombia, a través de su Informe de Homologación No. 210/23.

El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por la falta de investigación y sanción de las personas responsables del homicidio de Eleazar Vargas Ardila perpetrado por grupos paramilitares el 26 de febrero de 1994, en el municipio de Gamarra, Departamento del César.

El 22 de julio de 2022, las partes suscribieron un Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) en el cual el Estado reconoció su responsabilidad internacional por omisión, por la violación de los derechos reconocidos en los artículos 8 (garantías judiciales) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación con el artículo 1.1, en perjuicio de los familiares de Eleazar Vargas Ardila por la falta de investigación de los hechos sucedidos, lo cual derivó en la ausencia de identificación, judicialización y sanción de los autores.

El Estado se comprometió a: 1) realizar un acto de reconocimiento de responsabilidad; 2) publicar el acuerdo de solución amistosa en la página web de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado; 3) otorgar auxilios educativos a los hijos de Eleazar Vargas Ardila; 4) otorgar una reparación pecuniaria mediante la aplicación de la Ley 288 de 1996; y 5) implementar medidas de rehabilitación en salud de una atención médica, psicológica y psicosocial a favor de los familiares de la víctima identificados como beneficiarios.

La CIDH valoró el cumplimiento total de la medida relacionada con el acto de reconocimiento de responsabilidad y consideró como pendientes los demás compromisos incluidos en el acuerdo, en virtud de la solicitud conjunta de las partes de avanzar con la homologación del acuerdo de manera anterior a su ejecución. Por lo tanto, continuará con el seguimiento hasta verificar su total implementación.

La CIDH reconoce los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación del acuerdo para alcanzar una solución amistosa, que resultó compatible con el objeto y fin de la Convención. Saluda los esfuerzos realizados por el Estado para construir a una política pública de soluciones amistosas y resolución alternativa de conflictos, al tiempo que le invita a seguir utilizando dicho mecanismo para la resolución de asuntos en trámite ante el sistema de peticiones y casos individuales. Asimismo, saluda a la parte peticionaria y valora sus esfuerzos para participar en la negociación e impulso de este acuerdo.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 297/23

8:00 PM