Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de aprobar y publicar el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) sobre la Petición P-268-10, María del Carmen Senem de Buzzi de Argentina, a través de su Informe de Homologación No. 266/23.
El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por la detención arbitraria y forzada de la señora Senem de Buzzi en un recinto psiquiátrico, por la falta de cuidados mínimos y condiciones de internación dignas. Así como por la vulneración a las garantías y protección judicial, la injerencia arbitraria en su vida familiar y en su privacidad y la violación a su derecho a la igualdad y a la no discriminación.
Las partes firmaron un acuerdo de solución amistosa el 6 de junio de 2022. En dicho acuerdo, el Estado reconoció su responsabilidad internacional, por la violación de los derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos en los artículos 5 (integridad personal, 7 (libertado personal), 8 (garantías judiciales), 11 (protección de la honra y dignidad), 17 (protección a la familia), 24 (igualdad ante la ley) y 25 (protección judicial) en relación con el artículo 1.1. (obligación de garantizar) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) del mismo instrumento. Esto en perjuicio de la señora María del Carmen Senem de Buzzi y su familia.
El Estado se comprometió a implementar medidas de reparación consistentes en: 1) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad; 2) publicar el acuerdo en un diario de alcance nacional y en diversos sitios web del Estado nacional y provincial; 3) elaborar una cartilla y una página de concientización sobre salud mental; 4) presentar los Planes de Adecuación de los hospitales neuropsiquiátricos públicos de la Provincia de Buenos Aires y la adopción de las normas de habilitación y supervisión para el funcionamiento de los efectores de salud mental y consumos problemáticos en la provincia de Buenos Aires; 5) ofrecer capacitaciones y formación en salud mental y derechos humanos para el Poder Judicial; 6) promocionar la implementación en las provincias de la Ley Nacional de Salud Mental y, 7) otorgar una indemnización, costas y gastos.
La CIDH aprobó los términos del acuerdo suscrito, y valoró el cumplimiento total de las medidas relacionadas con el acto público de reconocimiento de responsabilidad; la elaboración de la cartilla y campaña de concientización; los planes de adecuación; así como inclusión de la temática de salud mental para el examen de ingreso a la carrera judicial. Finalmente, consideró como pendientes los demás compromisos incluidos en el acuerdo, por lo tanto, continuará con el seguimiento hasta verificar su total implementación.
La CIDH reconoce los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación del acuerdo para alcanzar una solución amistosa que resultó compatible con el objeto y fin de la Convención. Valora los esfuerzos realizados por el Estado para construir a una política pública de soluciones amistosas y resolución alternativa de conflictos al tiempo que, le invita a seguir utilizando dicho mecanismo para la resolución de asuntos en trámite ante el sistema de peticiones y casos individuales. Asimismo, reconoce la disposición de la parte peticionaria y valora sus esfuerzos para participar en la negociación e impulso de este acuerdo.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 304/23
9:35 AM