Los derechos de mujeres y niñas refugiadas, solicitantes de asilo y apátridas deben protegerse, en el Día Internacional de la Mujer y cualquier día del año

8 de marzo de 2025

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Comunicado de la Plataforma de Expertos Independientes sobre los Derechos de los Refugiados, de la cual forma parte la Relatoría sobre Movilidad Humana de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Ginebra, 7 de marzo de 2025—En este Día Internacional de la Mujer, la Plataforma de Expertos Independientes sobre los Derechos de los Refugiados (PIERR), un grupo de personas expertas en derechos humanos de la ONU y de organismos regionales, recuerda a los Estados la necesidad de garantizar los derechos de mujeres y niñas refugiadas, así como los desafíos pendientes en ese sentido.

Al conmemorar el Día Internacional de la Mujer, reflexionamos sobre la situación de los derechos humanos de los más de 60 millones de mujeres y niñas que han huido o están huyendo de la violencia y la persecución, así como sobre la necesidad de garantizar que se respeten y protejan los derechos de todas las mujeres y niñas de acuerdo con el derecho internacional, en todo momento y específicamente en todas las etapas de los desplazamientos forzados.

Las situaciones de conflicto y persecución y los riesgos específicos de ser sometidas a violencia y otras violaciones de los derechos humanos que deben afrontar mujeres y niñas pueden generar desplazamientos forzados. Garantizar el acceso al territorio, a sistemas de ingreso que garanticen la protección necesaria y a procesos de asilo de buena calidad que tengan en cuenta las necesidades específicas de mujeres y niñas, en toda su diversidad, son esenciales para garantizar un acceso eficaz a la protección que otorga el estatus de persona refugiada, entre otras personas a quienes huyen de la persecución por razones de género.

Los contextos de conflicto y persecución que llevan a las personas refugiadas a abandonar sus hogares también amplifican el riesgo de violencia contra mujeres y niñas durante la huida. Esos riesgos son significativos. Muchas mujeres y niñas se ven expuestas a una precariedad que incrementa la probabilidad de que sufran violencia de género, trata de personas y otras violaciones de los derechos humanos.

Casi una de cada tres mujeres padece violencia de género en algún momento de su vida y una de cada cuatro mujeres que han mantenido una relación habrán sufrido antes de cumplir 20 años abusos físicos, sexuales o psicológicos a manos de una pareja. Investigaciones realizadas por el Banco Mundial han concluido que los desplazamientos pueden incrementar hasta en un 20 por ciento el riesgo de padecer violencia a manos de la pareja. Muchas mujeres y niñas deben afrontar tipos múltiples e interseccionales de discriminación durante los desplazamientos forzados. Eso incluye a mujeres y niñas con discapacidades, mujeres y niñas con identidades de género diversas, mujeres y niñas trans y mujeres y niñas indígenas o pertenecientes a otras minorías.

Es importante señalar que, en 2025, el Día Internacional de la Mujer coincide con el 30.° aniversario de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (también denominada Beijing+30). Adoptada por las Naciones Unidas en 1995, en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, la Declaración de Beijing resume 12 ámbitos de preocupación asociados con los derechos de las mujeres y con la igualdad de género que requieren medidas urgentes, incluida la violencia de género. Treinta años después, la Declaración sigue siendo una referencia clave para evaluar el estado de los derechos de las mujeres en todo el mundo, además de funcionar como un plan de acción progresivo para el empoderamiento de mujeres y niñas. Debemos garantizar que los desafíos específicos que afrontan mujeres y niñas sometidas a desplazamientos forzados se sigan teniendo plenamente en cuenta en la implementación de la Declaración.

Este Día Internacional de la Mujer coincide también con la adopción reciente (en febrero de 2025) por parte de la Unión Africana de una nueva Convención para Erradicar la Violencia contra Mujeres y Niñas, con disposiciones específicas sobre las obligaciones de los Estados de abordar los factores múltiples e interrelacionados que exacerban la violencia contra mujeres y niñas. Eso incluye brindar protección especial a mujeres y niñas apátridas, internamente desplazadas, solicitantes de asilo y refugiadas.

La PIERR anima a los Estados a asegurarse de contar con sistemas que permitan identificar y proteger las necesidades y los derechos singulares de mujeres y niñas y a redoblar sus esfuerzos por empoderar a las mujeres y niñas sometidas a desplazamientos forzados para que estas puedan aprovechar sus oportunidades de participar de maneras significativas en foros clave para la toma de decisiones.

En este Día Internacional de la Mujer, debemos reconocer que queda mucho trabajo por delante para hacer realidad la visión en la que se basó la Declaración de Beijing. Dadas las nuevas crisis que están surgiendo en todo el mundo y la resistencia que enfrenta continuamente la igualdad de género, y dados los avances que se han registrado en favor de mujeres y niñas desde la adopción de la Declaración de Beijing, quienes integramos la PIERR renovamos nuestro compromiso de trabajar con entusiasmo con las personas refugiadas, solicitantes de asilo y apátridas y con los gobiernos, las ONG y quienes lideran las comunidades para proteger y respetar los derechos de mujeres y niñas refugiadas y solicitantes de asilo.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal y no representan a sus países de origen o residencia.

Sobre la PIERR: La PIERR está compuesta actualmente por los mandatos de los Relatores Especiales de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos de los migrantes y sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños; el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria; el Comité contra la Tortura de la ONU; la Relatoría Especial sobre refugiados, solicitantes de asilo, desplazados internos y migrantes en África de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos; y la Relatoría sobre Movilidad Humana de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Siobhán Mullally, presidenta de la PIERR y Relatora Especial de la ONU sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños; Gehad Madi, Relator Especial de la ONU sobre los derechos humanos de los migrantes; Matthew Gillett (Presidente-Relator) y Priya Gopalan (Vicepresidenta de Seguimiento), del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU; Jorge Contesse, miembro del Comité contra la Tortura; Selma Sassi-Safer, comisionada y Relatora Especial sobre refugiados, solicitantes de asilo, desplazados internos y migrantes en África de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos; y Andrea Pochak, comisionada y Relatora de Movilidad Humana de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

La PIERR cuenta con el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) y de la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR).

Para más información sobre la PIERR, consulte el sitio web https://www.pierr.org/es.

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