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Comunicado de Prensa
Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, DC—La CIDH llama a los Estados de la región a garantizar que los centros de cuidado de personas mayores sean debidamente regulados y supervisados para erradicar y prevenir actos de violencia. Las personas mayores tienen el derecho de recibir cuidados sin discriminación y con autonomía, independencia y seguridad.
Durante el 2025, información pública disponible da cuenta de graves situaciones de violencia e inseguridad que afectan la vida e integridad de personas mayores que residen en centros de cuidados. Para la CIDH es alarmante que más de diez personas mayores hayan fallecido a causa de incendios ocurridos en lugares de cuidado en diferentes países de la región.
Asimismo, las afectaciones a la integridad reportadas en varios casos incluyen malos tratos físicos, verbales y psicológicos por parte del personal que presta cuidados en estas residencias; mal suministro de medicamentos a las personas residentes; y condiciones de insalubridad y falta de insumos de limpieza. También se registraron limitaciones arbitrarias al derecho a vivir una vida independiente a través de restricciones de movilidad y acceso a zonas al aire libre.
De conformidad con la información analizada, la CIDH observa que, luego de la fiscalización de los Estados, algunos centros de cuidados fueron clausurados, sus licencias revocadas y las personas residentes reubicadas en otras instituciones. Se reporta también el inicio de acciones penales en contra de personas vinculadas a los actos de violencia en la administración o provisión de cuidados.
La Comisión alienta las medidas adoptadas por los Estados para la supervisión y fiscalización a la vez que llama a que refuercen estas labores en los lugares de cuidados de las personas mayores, que investiguen las afectaciones a la vida, seguridad e integridad que ocurren en estos lugares, disponiendo canales accesibles para la presentación de denuncias de ser el caso.
La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores dispone que los Estados parte deben establecer un marco regulatorio adecuado para el funcionamiento de los servicios de cuidado a largo plazo que permita evaluar y supervisar la situación de la persona mayor. En su informe sobre los derechos humanos de las personas mayores y sistemas nacionales de protección la CIDH reiteró la necesidad de que los Estados regulen y supervisen la operación de los centros de cuidados de modo constante, y erradiquen los patrones discriminatorios de institucionalización de personas mayores.
Recientemente, la Corte Interamericana reconoció el derecho autónomo al cuidado y que la garantía de este derecho obliga a los Estados a adoptar medidas para garantizar el acceso a servicios de cuidado de calidad y la permanencia en esos servicios sin discriminación cuando así lo requieran, así como para asegurar que las personas mayores puedan ejercer su autocuidado, respetando su autonomía y su derecho a vivir una vida libre de violencia.
Finalmente, la CIDH celebra que cada año más Estados ratifiquen la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, y hace un llamado a los Estados que todavía no lo hicieron, a plasmar su compromiso con la firma y ratificación de este instrumento. En la actualidad son parte de la Convención Argentina, Belice, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, México, Perú, San Cristóbal y Nieves, Surinam y Uruguay.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 170/25
12:30 PM