CIDH condena muertes violentas cometidas por agentes de seguridad en Brasil

8 de septiembre de 2025

Enlaces útiles

Datos de Contacto

Oficina de Prensa de la CIDH

cidh-prensa@oas.org

Lista de distribución

Suscríbase a nuestra lista de distribución de correos para recibir comunicaciones de la CIDH

Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por la violencia institucional en Brasil y por la tolerancia frente a la impunidad en los procedimientos de control. Insta al Estado a revisar sus políticas de seguridad ciudadana con un enfoque de derechos humanos.

Entre mayo y julio de 2025, se registraron en Brasil episodios de violencia letal cometidos por agentes estatales, que constituyen un patrón de uso excesivo de la fuerza. El 4 de julio, en São Paulo, Guilherme Dias Santos, joven afrodescendiente de 26 años, fue asesinado por un policía militar, hecho reconocido por el propio gobierno como especialmente grave. Días después, Igor Oliveira, de 24 años, fue ejecutado mientras se rendía, con las manos en alto, hecho documentado por cámaras corporales. El 13 de junio, Jeferson de Souza fue muerto por tres disparos pese a estar desarmado.

El 1 de mayo, en Río de Janeiro, Gabriel Vieira fue asesinado por disparos en la espalda. El 7 de junio, en la comunidad de Santo Amaro, Herus Guimarães Mendes murió durante una acción de la fuerza de élite policial en un festival comunitario, que dejó además cinco personas heridas. En Bahía, el 10 de mayo, el guía Victor Cerqueira falleció en una operación policial. En este estado, en 2025, también se registraron al menos 12 masacres con participación de fuerzas de seguridad.

Deficiencias legales e institucionales impiden contar con un sistema adecuado de control sobre el uso de la fuerza y obstaculizan la realización de investigaciones independientes. Las muertes causadas por agentes continúan siendo investigadas por las propias corporaciones policiales, comprometiendo la independencia y imparcialidad. En São Paulo, se ha reducido el número de procedimientos iniciados por la Corregiduría de la Policía Militar y se ha revisado la autonomía de órganos encargados de recibir y dar seguimiento a denuncias sobre actuación policial. Además, el uso de cámaras corporales sigue siendo limitado: en 2025, solo catorce estados federados y el Distrito Federal reportaron su implementación parcial.

La Comisión reconoce que el Estado ha adoptado medidas para mejorar el control de la letalidad policial, como la reglamentación del uso de la fuerza, la creación de comités de monitoreo, programas de capacitación y acciones de apoyo a las comunidades afectadas. También destaca la emisión de directrices sobre cámaras corporales; sin embargo, observa con preocupación la flexibilización que permite al agente policial encender y apagar el equipo. Asimismo, resalta iniciativas como el Plan Nacional de Derechos Humanos para profesionales de seguridad, el Plan Juventud Negra Viva, el Programa Nacional de Seguridad Pública con Ciudadanía (PRONASCI) y propuestas de protocolos. Registra además el avance de la Propuesta de Enmienda Constitucional, que busca fortalecer el Sistema Único de Seguridad Pública mediante una mayor participación de la sociedad civil y la creación de órganos autónomos para investigar responsabilidades.

La CIDH reitera la necesidad de un modelo de seguridad ciudadana orientado a la prevención de la violencia y el delito, que priorice la protección de los derechos humanos e incorpore perspectivas de género, étnico-racial e interseccional. Este modelo debe abordar las causas estructurales de la violencia mediante políticas que garanticen acceso sostenible a derechos económicos y sociales. En línea con el Informe Brasil 2021, el Estado debe reformar los protocolos policiales sobre uso de la fuerza conforme a criterios de legalidad, proporcionalidad y necesidad, privilegiando tácticas para reducir la letalidad. Asimismo, debe asegurar investigaciones independientes y efectivas dirigidas directamente por el Ministerio Público, y garantizar reparación integral a víctimas y familiares.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 181/25

7:55:20 PM