CIDH urge a Ecuador adoptar medidas efectivas contra la continua violencia intracarcelaria

26 de noviembre de 2025

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Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reitera su preocupación ante la persistente violencia intracarcelaria, y exhorta nuevamente al Estado a adoptar medidas inmediatas y efectivas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de las personas privadas de libertad, además de investigar los hechos de violencia, identificar y sancionar a los responsables, y prevenir su repetición.

Durante el 2025, hasta el 9 de noviembre, la CIDH registró al menos 72 personas detenidas fallecidas a causa de la violencia intracarcelaria, que se suman a las 591 muertes indicadas en el comunicado de prensa del 14 de enero de 2025. Ello, de acuerdo con los cálculos de la CIDH, habría resultado en un total de al menos 663 personas privadas de libertad fallecidas en hechos violentos desde 2020. Dichos acontecimientos se enmarcan en el contexto de la crisis penitenciaria que enfrenta Ecuador desde hace décadas, tal como fue identificado por la Comisión Interamericana en su informe temático.

Los hechos más recientes tuvieron lugar en el Centro de Privación de Libertad No. 1 de Machala en la provincia de El Oro. Según el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, el pasado 9 de noviembre, durante un motín, 31 personas encarceladas perdieron la vida, de las cuales cuatro fueron halladas a la madrugada y 27 por la tarde. Anteriormente, el 23 de septiembre de 2025, la CIDH condenó la muerte de 14 personas, entre ellas un guardia penitenciario, en el mismo centro.

Frente a esta situación, el Estado informó que ha iniciado investigaciones, así como la implementación de una nueva Política Pública 2025-2029 para fortalecer el sistema penitenciario. Esta abarca mejoras en infraestructura, controles reforzados, ampliación del personal de seguridad y redistribución de población, incluyendo el traslado de personas privadas de libertad catalogadas de alto riesgo a fin de prevenir nuevos amotinamientos, minimizar riesgos y proteger la integridad tanto de la población penitenciaria como del personal.

En esta línea, la CIDH dio seguimiento al traslado de cientos de personas detenidas consideradas las “más peligrosas” al nuevo centro de máxima seguridad “Cárcel del Encuentro”, en la provincia de Santa Elena, iniciado el 10 de noviembre. Entre ellas, el expresidente Jorge Glas, cuyas imágenes del traslado fueron difundidas por el Poder Ejecutivo acompañadas de un mensaje estigmatizante.

Preocupa que, según datos disponibles, estos traslados habrían sido precipitados puesto que aún no se habría finalizado la construcción del referido centro. No obstante, el Estado indicó a esta Comisión que el espacio cuenta con la habilitación y servicios básicos. Además, las personas allí detenidas se enfrentarían a aislamiento, y la seguridad interna se encontraría a cargo de personal militar o policial. Asimismo, nota que la construcción de esta nueva prisión, en territorios indígenas, fue rechazada debido al impacto socioambiental y la falta de consulta previa.

La CIDH ha señalado que los principales factores que derivan en violencia intracarcelaria se vinculan con la falta de control de los sitios de detención por el Estado; la existencia de sistemas de autogobierno, con lo cual el control interno es ejercido por las personas detenidas que integran grupos del crimen organizado; el insuficiente número de agentes de seguridad; y, la corrupción de funcionarios que permitirían el ingreso de elementos prohibidos a las prisiones.

En este escenario, se presentan conflictos entre bandas criminales por el control de los espacios de detención, motivados principalmente por ganancias económicas que pudieran obtener mediante negocios ilícitos. Al respecto, la Comisión también advierte que estos hechos violentos se enmarcan en un contexto de violencia e inseguridad ciudadana por causa del accionar del crimen organizado que amenaza la seguridad ciudadana, como fue señalado en su informe anual 2024.

Con base en lo anterior, la CIDH recuerda que, de acuerdo con sus Principios y Buenas Prácticas de la Protección de los Derechos de las Personas Privadas de Libertad en las Américas, los Estados tienen la obligación ineludible de adoptar medidas concretas para garantizar la vida e integridad personal de las personas bajo su custodia.

En consecuencia, Ecuador debe implementar acciones efectivas y urgentes para prevenir y controlar los posibles brotes de violencia en las prisiones, así como prevenir el accionar de organizaciones delictivas al interior, imponer controles efectivos para impedir la entrada de objetos ilícitos, prevenir amotinamientos, restablecer las condiciones de seguridad, e incrementar el personal de seguridad. Igualmente, debe investigar de oficio, de forma seria, pronta e imparcial y con debida diligencia los hechos de violencia e, identificar y sancionar a los responsables.

Por último, la CIDH reitera que seguirá monitoreando la situación de las personas detenidas en el país, así como su disposición para brindar apoyo a Ecuador en sus esfuerzos para superar la grave crisis penitenciaria e implementar las recomendaciones formuladas en su último informe temático.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 242/25

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