- Español
Comunicado de Prensa
[enlaces U aquí]
Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C.-
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reitera su preocupación
ante la persistente violencia intracarcelaria, y exhorta nuevamente al Estado a
adoptar medidas inmediatas y efectivas para garantizar los derechos a la vida e
integridad personal de las personas privadas de libertad, además de investigar
los hechos de violencia, identificar y sancionar a los responsables, y prevenir
su repetición.
Durante el 2025, hasta el 9 de noviembre, la CIDH registró al menos 72 personas
detenidas fallecidas a causa de la violencia intracarcelaria, que se suman a las
591 muertes indicadas en el
comunicado de prensa del 14 de enero de 2025. Ello, de acuerdo con los
cálculos de la CIDH, habría resultado en un total de al menos 663 personas
privadas de libertad fallecidas en hechos violentos desde 2020. Dichos
acontecimientos se enmarcan en el contexto de la crisis penitenciaria que
enfrenta Ecuador desde hace décadas, tal como fue identificado por la Comisión
Interamericana en su
informe temático.
Los hechos más recientes tuvieron lugar en el Centro de Privación de Libertad
No. 1 de Machala en la provincia de El Oro. Según el Servicio Nacional de
Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes
Infractores, el pasado 9 de noviembre, durante un motín, 31 personas
encarceladas perdieron la vida, de las cuales
cuatro fueron
halladas a la madrugada y
27 por la tarde.
Anteriormente, el 23 de
septiembre de 2025, la CIDH condenó la muerte de 14 personas, entre ellas un
guardia penitenciario, en el mismo centro.
Frente a esta situación, el Estado informó que ha iniciado investigaciones, así
como la implementación de una nueva Política Pública 2025-2029 para fortalecer
el sistema penitenciario. Esta abarca mejoras en infraestructura, controles
reforzados, ampliación del personal de seguridad y redistribución de población,
incluyendo el traslado de personas privadas de libertad catalogadas de alto
riesgo a fin de prevenir nuevos amotinamientos, minimizar riesgos y proteger la
integridad tanto de la población penitenciaria como del personal.
En esta línea, la CIDH dio seguimiento al traslado de cientos de personas
detenidas consideradas las “más peligrosas” al nuevo centro de máxima seguridad
“Cárcel del Encuentro”, en la provincia de Santa Elena, iniciado el 10 de
noviembre. Entre ellas, el expresidente Jorge Glas, cuyas imágenes del traslado
fueron difundidas por el
Poder Ejecutivo
acompañadas de un mensaje estigmatizante.
Preocupa que, según datos disponibles, estos traslados habrían sido precipitados
puesto que aún no se habría finalizado la construcción del referido centro. No
obstante, el Estado indicó a esta Comisión que el espacio cuenta con la
habilitación y servicios básicos. Además, las personas allí detenidas se
enfrentarían a aislamiento, y la seguridad interna se encontraría a cargo de
personal militar o policial. Asimismo, nota que la construcción de esta nueva
prisión, en territorios indígenas, fue
rechazada debido al impacto socioambiental y la falta de consulta previa.
La CIDH ha
señalado que los principales factores que derivan en violencia
intracarcelaria se vinculan con la falta de control de los sitios de detención
por el Estado; la existencia de sistemas de autogobierno, con lo cual el control
interno es ejercido por las personas detenidas que integran grupos del crimen
organizado; el insuficiente número de agentes de seguridad; y, la corrupción de
funcionarios que permitirían el ingreso de elementos prohibidos a las prisiones.
En este escenario, se presentan conflictos entre bandas criminales por el
control de los espacios de detención, motivados principalmente por ganancias
económicas que pudieran obtener mediante negocios ilícitos. Al respecto, la
Comisión también advierte que estos hechos violentos se enmarcan en un contexto
de violencia e inseguridad ciudadana por causa del accionar del crimen
organizado que amenaza la seguridad ciudadana, como fue señalado en su
informe anual 2024.
Con base en lo anterior, la CIDH recuerda que, de acuerdo con sus
Principios y Buenas Prácticas de la Protección de los Derechos de las Personas
Privadas de Libertad en las Américas, los Estados tienen la obligación
ineludible de adoptar medidas concretas para garantizar la vida e integridad
personal de las personas bajo su custodia.
En consecuencia, Ecuador debe implementar acciones efectivas y urgentes para
prevenir y controlar los posibles brotes de violencia en las prisiones, así como
prevenir el accionar de organizaciones delictivas al interior, imponer controles
efectivos para impedir la entrada de objetos ilícitos, prevenir amotinamientos,
restablecer las condiciones de seguridad, e incrementar el personal de
seguridad. Igualmente, debe investigar de oficio, de forma seria, pronta e
imparcial y con debida diligencia los hechos de violencia e, identificar y
sancionar a los responsables.
Por último, la CIDH reitera que seguirá monitoreando la situación de las
personas detenidas en el país, así como su disposición para brindar apoyo a
Ecuador en sus esfuerzos para superar la grave crisis penitenciaria e
implementar las recomendaciones formuladas en su último
informe temático.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 242/25
2:11 PM