Guatemala: CIDH urge al Estado respetar el resultado de las Elecciones Generales

31 de agosto de 2023

Enlaces útiles

Datos de Contacto

Oficina de Prensa de la CIDH

cidh-prensa@oas.org

Lista de distribución

Suscríbase a nuestra lista de distribución de correos para recibir comunicaciones de la CIDH

Washington D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) rechaza la suspensión de la personería jurídica del partido Movimiento Semilla e insta al Estado a respetar el resultado de las elecciones generales como la más alta expresión de la soberanía popular, con estricto apego a la democracia representativa y a los derechos humanos.

El 28 de agosto, el pleno del Tribunal Supremo Electoral (TSE) oficializó los resultados de la segunda vuelta de las elecciones en Guatemala, siendo electos para presidente y vicepresidenta los integrantes del binomio presidencial del Movimiento Semilla, Bernardo Arévalo y Karin Herrera.

Sin embargo, el Registro de Ciudadanos del TSE comunicó, ese mismo 28 de agosto, la suspensión provisional de la inscripción como persona jurídica de dicho partido. Ello, alegando el cumplimiento de la orden emitida por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal el 12 de julio pasado, en el marco de una investigación penal a cargo de la Fiscalía Especial contra la Corrupción (FECI) del Ministerio Público (MP). El 30 de agosto, la Junta Directiva del Congreso de la República comunicó la disolución del bloque legislativo del partido y declaró a sus legisladores como independientes.

La CIDH nota con preocupación que la decisión de suspender el registro del Movimiento Semilla contravendría un amparo provisional dictado por la Corte de Constitucionalidad (CC), y tendría por finalidad impedir la toma de posesión de los integrantes del partido electos para la Presidencia y Vicepresidencia de la República, y otros cargos públicos. Asimismo, habría sido ordenada sin cumplir con las causales y el proceso establecido en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, lo que podría restringir arbitrariamente la libertad de asociación y los derechos políticos.

Estos hechos se inscriben en el contexto de incesantes acciones e injerencias indebidas en el proceso electoral, mediante la instrumentalización del derecho y la falta de independencia del MP. Entre otras acciones recientes, el 23 de agosto, la CIDH recibió información sobre el inicio de diligencias de antejuicio por parte del MP en contra de las personas magistradas del TSE, Irma Elizabeth Palencia, Mynor Custodio Franco y del magistrado suplente Álvaro Ricardo Cordón, con motivo de su labor jurisdiccional y por presuntamente emitir resoluciones violatorias a la Constitución.

El Estado de Guatemala comunicó a la CIDH que la suspensión provisional de la personería jurídica del partido Movimiento Semilla constituye una medida precautoria dictada en un proceso judicial en apego al artículo 82 de la Ley contra la Delincuencia Organizada; y que dicho partido puede hacer uso de los recursos legales correspondientes. Además indicó que en ningún momento se está faltando a la voluntad de la población expresada en la oficialización de los resultados de la segunda vuelta emitidos por el Tribunal Supremo Electoral. 

De conformidad con las obligaciones que emanan del artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la propia Carta Democrática Interamericana, el Estado de Guatemala debe respetar el resultado de las elecciones celebradas de manera libre y justa, las cuales constituyen la máxima expresión de la voluntad soberana , y uno de los fundamentos principales de la democracia representativa.

La Comisión toma nota del reconocimiento de los resultados y la disposición expresada por el Presidente de la República para iniciar una transición “ordenada, transparente y eficiente” con las autoridades electas y bajo el acompañamiento de la Organización de los Estados Americanos (OEA). En este sentido, insta al Estado a cesar las acciones que erosionan la credibilidad de las elecciones y a tomar medidas concretas que reflejen efectivamente el mensaje expresado por el Ejecutivo.

La Comisión reitera la obligación del Estado de adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad personal y proteger los derechos a la vida e integridad personal del presidente y vicepresidenta electos, en cumplimiento de las medidas cautelares otorgadas el 24 de agosto.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 207/23

9:03 PM