Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, DC - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el operativo policial que resultó en la muerte de al menos 28 personas en la Favela Jacarezinho, Río de Janeiro y expresa su extrema preocupación por la persistencia de la violencia institucional en Brasil. En este contexto, insta al Estado a investigar pronta y diligentemente los hechos, sancionar a los responsables y reparar a las víctimas y sus familiares.
La CIDH recibió información sobre un operativo policial contra el crimen organizado realizado por la Policía Civil provincial, el 6 de mayo, en la favela de Jacarezinho, en la ciudad de Río de Janeiro, en el que al menos 28 personas perdieron la vida, algunas con características que presuntamente podrían indicar ejecución extrajudicial. Según datos recibidos, durante el operativo las fuerzas de seguridad hicieron un uso excesivo de la fuerza contra residentes de la favela, sus moradas fueron invadidas sin orden judicial, en tanto que el comercio y el transporte fueron interrumpidos. Entre las personas fallecidas se incluye un policía. La Comisión resalta que, según fuente pública, esta sería la acción policial más letal de la historia de Río de Janeiro.
Asimismo, la Comisión resalta que el operativo se desarrolló en desconocimiento del fallo de la Supremo Tribunal Federal (STF), emanado de la decisión de la Acción de Incumplimiento del Precepto Fundamental (ADPF) No. 635, de 5 de junio de 2020, que ordena la no realización de operativos policiales en comunidades de Río de Janeiro durante la pandemia de la COVID-19. De acuerdo con dicho fallo del STF, el operativo sólo podría llevarse a cabo en casos absolutamente excepcionales y con notificación previa al Ministerio Público, que, según reporte de la propia policía, solo habría sido comunicado pasadas tres horas del inicio de la acción.
Respecto de la violencia policial, en el Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Brasil, la CIDH señaló que, respondiendo a un contexto de discriminación racial sistémica, las fuerzas de seguridad del Estado realizan operaciones enfocadas en comunidades expuestas a la vulnerabilidad socioeconómica y con una alta concentración de afrodescendientes sin observancia de los estándares internacionales de derechos humanos.
En este contexto, la Comisión recuerda al Estado su deber de reformar las fuerzas de seguridad pública a fin de asegurar que cumplan con los estándares internacionales sobre el uso de la fuerza basados en los principios de legalidad, proporcionalidad y absoluta necesidad. También reitera la urgencia de modificar la lógica de militarización de las instituciones policiales, cuya naturaleza es contraria a los estándares internacionales de derechos humanos; y reafirma que instituciones de ese tipo dejan de lado el enfoque de derechos humanos, elemento fundamental para atender los problemas relacionados con la seguridad ciudadana en los estados democráticos.
Finalmente, la Comisión Interamericana insta al Estado a iniciar de inmediato las investigaciones sobre estos delitos de manera pronta, imparcial e integral, de acuerdo con los estándares interamericanos, así como a reparar las víctimas de violaciones de derechos humanos y sus familiares.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 117/21