CIDH solicita medidas provisionales a favor de Lovely Lamour en Haití

2 de julio de 2024

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó el 1 de julio de 2024 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) medidas provisionales a favor de Lovely Lamour, quien se encuentra en una situación de extrema gravedad y urgencia de daños irreparables a sus derechos.

El 29 de agosto de 2023, la Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares a favor de Lovely Lamour, mediante Resolución 49/2023, tras identificar que se cumplían los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad. Pese a las reiteradas acciones para obtener información de parte del Estado de Haití, así como la convocatoria a una reunión de trabajo realizada el 28 de febrero de 2024 en el marco del 189º periodo de sesiones, la Comisión no ha recibido respuesta que indique la adopción de medidas idóneas y efectivas para mitigar el riesgo identificado. Tampoco, se tiene información sobre acciones de concertación o medidas para investigar los eventos de riesgo.

La Comisión entiende que la situación de Lovely Lamour ha empeorado significativamente, afectando su seguridad y sus condiciones de vida y salud. La propuesta beneficiaria se encuentra sin hogar, fuera de su residencia habitual, sin documento de identificación ni recursos económicos para acceder a tratamiento médico adecuado, y con una alimentación deficiente. Actualmente, estaría durmiendo en un depósito de mercancías. La información sugiere que ha sido objeto de amenazas por parte de familiares de la persona con la que tuvo un incidente en 2023, que conllevó a su detención ese año. Además, en el lugar donde duerme, ha estado expuesta a agresiones físicas tras negarse a mantener relaciones sexuales con algunos de los jóvenes que también se encuentran allí.

Lovely Lamour no recibió la atención médica ni psicológica necesaria durante su embarazo y después del parto, a pesar de requerirla. Según la información disponible, su salud física ha mostrado un serio deterioro. Lamour ha reportado experimentar afectaciones como dolores lumbares, y otras relacionadas con su salud reproductiva. Además, se ha mencionado que su salud mental se ha visto afectada y deteriorada desde la separación y posterior fallecimiento de su hijo, quien fue enterrado bajo la categoría de "indigente". La Comisión no dispone de información sobre las medidas de salud proporcionadas por el Estado, a pesar de las medidas cautelares vigentes.

La Comisión hace notar que la presente solicitud refleja una situación excepcional que se basa en el riesgo extremo, urgente e irreparable a los derechos de Lovely Lamour, y que debe ser valorada en el contexto que atraviesa el Estado de Haití que ha sido objeto de permanente análisis por parte de la Organización de Estados Americanos y de la Comisión, así de como otros órganos de derechos humanos.

Por lo anterior y conforme a lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Convención Americana y el artículo 27 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión solicitó a la Corte Interamericana que ordene al Estado:

  1. Implemente las medidas necesarias, con perspectiva de género, en favor de Lovely Lamour con el fin de garantizar su vida, integridad personal, y su salud, incluyendo su salud reproductiva;
  2. Adopte medidas de protección para garantizar su seguridad en el marco de las condiciones en las que actualmente se encuentra; y
  3. Informe sobre las medidas adoptadas con el fin de garantizar el respecto de su vida, integridad personal y salud.

Las medidas provisionales son emitidas por la Corte Interamericana en casos de extrema gravedad y urgencia para evitar daños irreparables a las personas. Las mismas tienen carácter obligatorio para los Estados por lo que las decisiones contenidas en las mismas exigen a los Estados adoptar acciones específicas para resguardar derechos y/o proteger la vida de personas que están en riesgo.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 155/24

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