México: CIDH publica acuerdo de solución amistosa sobre la ejecución extrajudicial de Zenón Alberto Medina.

11 de diciembre de 2024

Enlaces útiles

162/24

Datos de Contacto

Oficina de Prensa de la CIDH

cidh-prensa@oas.org

Lista de distribución

Suscríbase a nuestra lista de distribución de correos para recibir comunicaciones de la CIDH

Washington, D.C.- La Comisión Interamericana (CIDH) comunica su decisión de aprobar y publicar el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) del Caso 14.073 Zenón Alberto Medina López y familiares de México, a través de su Informe de Homologación No. 162/24.

El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por la ejecución extrajudicial del señor Zenón Alberto Medina, a manos de agentes militares, así como la falta de administración de justicia en torno a su muerte, lo que generó perjuicios económicos y morales a sus familiares.

El 18 de julio de 2024, las partes firmaron un acuerdo de solución amistosa (ASA) en el cual el Estado reconoció su responsabilidad internacional por la violación de los artículos 4 (derecho a la vida), 5 (derecho a la integridad personal), 8 (garantías judiciales) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), los artículos 1.1 (obligación de respetar los derechos) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) del mismo instrumento.

Asimismo, el Estado se comprometió a implementar diversas medidas de reparación consistentes en: la realización de un acto de reconocimiento de responsabilidad, la publicación del Informe de Solución Amistosa a través del cual la CIDH aprobó el ASA, medidas en materia de salud, compensación económica por daño inmaterial y material, así como apoyos educativos para los familiares de la víctima, una medida de acceso a la justicia y garantías de no repetición.

Entre las acciones desplegadas por el Estado para dar cumplimiento a lo pactado, la Comisión verificó que ya otorgó la compensación a las personas beneficiarias del ASA, así como auxilios educativos, se designó un asesor jurídico victimal a los beneficiarios y les acercó una copia integra del expediente de investigación penal.

La CIDH aprobó los términos del acuerdo suscrito y valoró el cumplimiento total de las medidas relacionadas con la compensación económica y con el acceso a la justicia. Consideró el cumplimiento parcial sustancial de la medida relativa a los apoyos educativos y el cumplimiento parcial de las medidas en materia de salud. La CIDH decidió continuar con el seguimiento del ASA hasta verificar su total implementación.

La Comisión reconoce los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación del acuerdo para lograr una solución amistosa que resultó compatible con el objeto y fin de la CADH. Asimismo, saluda los esfuerzos del Estado para construir a una política pública de soluciones amistosas y resolución alternativa de conflictos, y valora los esfuerzos de la parte peticionaria para participar en la negociación e impulso de este acuerdo.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 314/24

12:24 PM