CIDH solicita a Corte IDH ampliar medidas provisionales a favor de personas privadas de libertad en Nicaragua

20 de febrero de 2025

Enlaces útiles

Datos de Contacto

Oficina de Prensa de la CIDH

cidh-prensa@oas.org

Lista de distribución

Suscríbase a nuestra lista de distribución de correos para recibir comunicaciones de la CIDH

Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó el 19 de febrero de 2025 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ampliar las medidas provisionales en el Asunto Juan Sebastián Chamorro y otras personas respecto de Nicaragua a favor de seis personas privadas de su libertad, quienes se encuentra en una situación de extrema gravedad y urgencia de daños irreparables a sus derechos.

La CIDH decidió solicitar la ampliación de las medidas provisionales de: Eddie Moisés González Valdivia; Steadman Fagot Muller; Eveling Carolina Matus Hernández; Lesbia del Socorro Gutiérrez Poveda; (5) Carmen María Sáenz Martínez; y Víctor Boitano Coleman. Todas las personas son beneficiarias de medidas cautelares. Respecto de Eddie Moisés, la Comisión identificó que sus condiciones de detención lo dejan en situación de extremo riesgo, y respecto de las otras personas, no se tiene información oficial de su paradero o de sus condiciones de detención y de salud tras su aprehensión o traslado a un centro penitenciario.

Pese a las reiteradas acciones de la Comisión para obtener información de parte del Estado de Nicaragua a lo largo de la vigencia de las medidas cautelares, no ha recibido respuesta que indique la adopción de medidas idóneas y efectivas para mitigar el riesgo. Tampoco se tiene información sobre acciones de concertación o medidas para investigar los eventos de riesgo.

Por lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Convención Americana y el artículo 27 del Reglamento de la Corte Interamericana, la que ordene al Estado:

  1. Adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para proteger la vida, integridad personal, salud, y libertad personal de (1) Eddie Moisés González Valdivia; (2) Steadman Fagot Muller; (3) Eveling Carolina Matus Hernández; (4) Lesbia del Socorro Gutiérrez Poveda; (5) Carmen María Sáenz Martínez; y (6) Víctor Boitano Coleman,
  2. Informar de manera formal el paradero o lugar de detención de Steadman Fagot Muller; Eveling Carolina Matus Hernández; Lesbia del Socorro Gutiérrez Poveda; Carmen María Sáenz Martínez; y Víctor Boitano Coleman,
  3. Proceder a la liberación inmediata de las personas identificadas privadas de su libertad en Nicaragua, a la luz de las serias e inhumanas condiciones de detención en las que se encuentran.

Las medidas provisionales son emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en casos de extrema gravedad y urgencia para evitar daños irreparables a las personas. Las mismas tienen carácter obligatorio para los Estados por lo que las decisiones contenidas en las mismas exigen a los Estados adoptar acciones específicas para resguardar derechos y/o proteger la vida de personas que están en riesgo.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 040/25

10:40 AM