Comunicado de Prensa
Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó el 19 de febrero de 2025 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ampliar las medidas provisionales en el Asunto Juan Sebastián Chamorro y otras personas respecto de Nicaragua a favor de seis personas privadas de su libertad, quienes se encuentra en una situación de extrema gravedad y urgencia de daños irreparables a sus derechos.
La CIDH decidió solicitar la ampliación de las medidas provisionales de: Eddie Moisés González Valdivia; Steadman Fagot Muller; Eveling Carolina Matus Hernández; Lesbia del Socorro Gutiérrez Poveda; (5) Carmen María Sáenz Martínez; y Víctor Boitano Coleman. Todas las personas son beneficiarias de medidas cautelares. Respecto de Eddie Moisés, la Comisión identificó que sus condiciones de detención lo dejan en situación de extremo riesgo, y respecto de las otras personas, no se tiene información oficial de su paradero o de sus condiciones de detención y de salud tras su aprehensión o traslado a un centro penitenciario.
Pese a las reiteradas acciones de la Comisión para obtener información de parte del Estado de Nicaragua a lo largo de la vigencia de las medidas cautelares, no ha recibido respuesta que indique la adopción de medidas idóneas y efectivas para mitigar el riesgo. Tampoco se tiene información sobre acciones de concertación o medidas para investigar los eventos de riesgo.
Por lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Convención Americana y el artículo 27 del Reglamento de la Corte Interamericana, la que ordene al Estado:
Las medidas provisionales son emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en casos de extrema gravedad y urgencia para evitar daños irreparables a las personas. Las mismas tienen carácter obligatorio para los Estados por lo que las decisiones contenidas en las mismas exigen a los Estados adoptar acciones específicas para resguardar derechos y/o proteger la vida de personas que están en riesgo.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 040/25
10:40 AM