CIDH otorga medidas cautelares a Víctor Boitano Coleman en Nicaragua

5 de diciembre de 2024

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Washington, D.C- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 4 de diciembre de 2024 la Resolución 93/2024, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de Víctor Boitano Coleman, tras considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable en Nicaragua.

La parte solicitante indicó que el beneficiario, ex militar del Ejercito Nacional de Nicaragua, se encuentra con paradero desconocido a partir de su detención el 23 de abril de 2024. Se alegó que fue arrestado de manera violenta en su vivienda por parte de agentes vestidos de civil armados y policías, sin orden judicial. Las autoridades estatales no habrían brindado información oficial sobre su paradero ni sobre su estado de salud actual. Por su parte, el Estado no proporcionó información a la CIDH.

Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho, la CIDH consideró que el beneficiario se encuentra en una situación de riesgo. Por consiguiente, en los términos del Artículo 25 del Reglamento, se solicita al Estado de Nicaragua que:

a) adopte las medidas necesarias para determinar la situación y paradero del beneficiario, con el fin de proteger sus derechos a la vida e integridad personal;

b) informe si el beneficiario se encuentra bajo custodia del Estado, las circunstancias y condiciones de su detención. En particular, informar sobre el lugar de su detención, permitiendo el acceso a sus representantes legales y familiares, así como las atenciones en salud que resulten necesarias, y asegurar que sean presentados ante autoridades judiciales para la revisión y monitoreo de su eventual detención; y

c) informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente resolución y así evitar su repetición.

El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 307/24

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