Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público. Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas. Principio # 10.
CIDH - Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión
PRINCIPIO 9 DE LA DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS SOBRE LIBERTAD DE EXPRESIÓN (Asesinatos, secuestros, intimidaciones, amenazas a comunicadores sociales y destrucción material de los medios de comunicación)
166. El 15 de junio de 2004, Phil Britton camarógrafo de Trinidad y Tobago Televisión (TTT) habría sido agredido por un acusado de traficar drogas. Además de los golpes recibidos también fue dañado el equipo de trabajo del comunicador. Aparentemente, Britton pidió el auxilio de las autoridades que se encontraban cerca del recinto judicial pero nadie le habría auxiliado[1].
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