La censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley. Las restricciones en la circulación libre de ideas y opiniones, como así también la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión. Principio # 5
CIDH Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión
COMUNICADO DE PRENSA
Nº 186/08
RELATOR ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN ANUNCIA QUE NO SE POSTULARÁ A REELECCIÓN
Washington, D.C., 10 de marzo de 2008 - Estando próximo a concluir el periodo de su mandato de dos años, iniciado en abril de 2006, el Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, Ignacio J. Álvarez, hizo pública su decisión de no postularse a la reelección a dicho cargo.
El Relator Especial informó que dicha decisión ha sido comunicada a la CIDH, y que se encuentra motivada por razones profesionales, relacionadas con otras funciones que pasará a desempeñar. El Relator Especial reiteró a la CIDH su agradecimiento por la confianza que le ha conferido para tan altas y delicadas responsabilidades.
Para más información sobre la Relatoría: http://www.cidh.org/relatoria.
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