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Washington/Ginebra - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatora Especial de la ONU sobre los Derechos Humanos de los Desplazados Internos saludan la recomendación No. 39/2017, adoptada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), mediante la cual se reconoce que 2,038 personas originarias de los municipios de Choix y Sinaloa de Leyva, del estado de Sinaloa, se vieron forzadas a desplazarse a causa de la violencia y la falta de medidas de seguridad por parte de autoridades estatales y municipales. La CIDH y la Relatora Especial destacan que este es el primer pronunciamiento de una autoridad mexicana en el que se reconoce el derecho humano a no ser víctima de desplazamiento interno forzado en México como consecuencia de la violencia.
En la Recomendación No. 39/2017, la CNDH consideró procedente la reparación de las personas desplazadas internas mediante medidas de restitución tendientes a proteger los derechos a la propiedad de las personas desplazadas internas; medidas de rehabilitación, incluyendo el diseño e implementación de un programa de atención inmediata para las personas desplazadas internas; medidas de satisfacción, como la elaboración de un diagnóstico que permita conocer, como mínimo, el estado actual de inseguridad en los municipios de Choix y Sinaloa de Leyva y el diseño e implementación de un protocolo de seguridad que tenga como objetivo bajar los índices de violencia para que las personas desplazadas puedan regresar a sus hogares; y garantías de no repetición, mismas que incluyen un censo de personas que se han desplazado internamente, diagnóstico, protocolos de actuación para garantizar los derechos de las personas desplazadas internas, una iniciativa de ley para la prevención del desplazamiento interno en Sinaloa y un protocolo de investigación de los casos de desplazamiento forzado interno de personas, mediante el cual se investiguen los hechos y delitos relacionados con el desplazamiento. Adicionalmente, la CNDH consideró que la problemática del desplazamiento interno a causa de violencia puede estar presente en otras entidades federativas, por lo que envió copia de la recomendación a la Conferencia Nacional de Gobernadores, a efectos de que se analice esta situación y puedan tener herramientas que les permitan identificar situaciones de desplazamiento forzado interno en sus respectivas entidades federativas.
La CIDH y la Relatora Especial de la ONU sobre los Derechos Humanos de los Desplazados Internos también reconocen la importancia del trabajo que la CNDH ha venido realizando durante los últimos años para abordar la situación de las personas desplazadas internas en México, en particular, a través de acciones tales como el Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno (2016); la elaboración y publicación del Protocolo para la Atención y Protección de las Víctimas de Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en México (2017); la realización del Foro Internacional sobre Desplazamiento Forzado Interno; y la publicación de la Declaración de México sobre Desplazamiento Forzado Interno, éstas últimas de agosto de 2017.
La CIDH y la Relatora Especial de la ONU sobre los Derechos Humanos de los Desplazados Internos observan que entre los principales hallazgos del Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno de la CNDH se encuentran el reconocimiento de la gravedad del problema del desplazamiento interno forzado en México por diversas causas, como lo son violencia y violaciones a derechos humanos (a menudo afectando a grupos específicos como periodistas o defensores de derechos humanos), desastres naturales y proyectos de desarrollo. Según la CNDH, esta situación ha sido invisibilizada debido a la falta del reconocimiento del fenómeno por parte de las autoridades mexicanas y la ausencia de cifras oficiales. En este sentido, el Informe de la CNDH retoma las recomendaciones hechas por la CIDH en sus informes Derechos humanos de los migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en México e Informe sobre Situación de los Derechos Humanos en México de 2015, haciendo énfasis en la necesidad de elaborar un diagnóstico nacional sobre desplazamiento forzado interno en México y adoptar una política nacional para abordar este fenómeno conforme a los estándares interamericanos e internacionales en la materia.
“Esta Recomendación de la CNDH reconoce por primera vez la problemática del desplazamiento forzado interno por causas de violencia ocasionada por el crimen organizado y permite que 2,038 personas sean reconocidas como víctimas y puedan obtener una reparación integral. Este avance en materia de desplazamiento interno por parte de la CNDH constituye un llamado a las autoridades estatales y federales para reconocer la problemática del desplazamiento interno y para tomar medidas concretas dirigidas a prevenir otras situaciones de este tipo y es un paso adelante para que las autoridades responsables garanticen que las personas desplazadas internas sean reconocidas como víctimas y por ende protegidas, tengan acceso a asistencia humanitaria, soluciones duraderas y reparación integral” dijo el Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, Relator sobre los Derechos de los Migrantes y las Personas Desplazadas Internas de la CIDH.
“El trabajo de la CNDH, y esta recomendación en particular, son un claro ejemplo del rol fundamental que las instituciones nacionales de derechos humanos pueden jugar como promotores efectivos de los derechos de los desplazados internos, en particular en cuanto a la visibilidad del fenómeno; acciones de incidencia; capacitación de funcionarios y otros en los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos; y monitoreo de los derechos de las personas desplazadas internas” afirmó la Relatora Especial de la ONU, Cecilia Jimenez Damary. “Las instituciones nacionales de derechos humanos juegan un rol fundamental en la protección de las personas desplazadas internas, y por esto he decidido promoverlo de manera prioritaria durante mi mandato” agregó la Relatora de la ONU.
La CIDH y la Relatora Especial de la ONU urgen a las autoridades del estado de Sinaloa a aceptar y dar cumplimiento total a la presente recomendación de la CNDH. Asimismo, la CIDH y la Relatora Especial de la ONU exhortan al Estado mexicano a reconocer la problemática de desplazamiento forzado interno. También hacemos un llamado al Estado mexicano a elaborar un diagnóstico completo y adoptar políticas públicas y legislación específica dirigidas a prevenir el desplazamiento interno, así como a proteger, brindar asistencia humanitaria y soluciones duraderas como el regreso, el reasentamiento y la reintegración de las personas desplazadas internas; y asegurar que a nivel federal haya una institución a cargo de la protección de las personas contra el desplazamiento forzado de conformidad con los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos, cuyo vigésimo aniversario se celebrará en 2018.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
La Sra. Cecilia Jimenez-Damary, abogada de derechos humanos especializada en desplazamiento forzado y migración, tiene más de dos décadas de experiencia en organizaciones no gubernamentales especializadas en la promoción de derechos humanos. Fue designada como Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos por el Consejo de Derechos Humanos en 2016. Como Relatora Especial, forma parte de lo que se conoce como los ‘Procedimientos Especiales’ del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, es el nombre general de los mecanismos de investigación y monitoreo del Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no perciben un salario por su labor. Son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan a título individual.
No. 183/17