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Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebra la reciente implementación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en el Estado de Argentina. La CIDH valora esta acción como un paso importante en la protección de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad y en el cumplimiento de las obligaciones internacionales en la materia.
De acuerdo con información oficial, el 28 de diciembre de 2017 se constituyó el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, que constituye un mecanismo de monitoreo respecto de lugares de detención donde se encuentran personas privadas de libertad, tales como recintos penitenciarios, comisarías, e instalaciones de fuerzas de seguridad. Al respecto, la CIDH insta al Estado argentino a adoptar las medidas necesarias para que el mecanismo establecido cuente con los recursos suficientes y el apoyo institucional necesario para ejercer sus funciones de manera efectiva y con la autonomía e independencia que demandan la naturaleza de sus funciones.
La CIDH acoge con satisfacción la adopción de esta medida, que da cumplimiento a recomendaciones de diversos organismos internacionales de derechos humanos, tales como el Comité de Derechos Humanos de la ONU, el Comité contra la Tortura, el Subcomité para la Prevención de la Tortura, y la propia Comisión Interamericana. En particular, durante la visita de la Relatoría de la CIDH sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad en septiembre de 2016, se recibieron diversas alegaciones por parte de entidades públicas autónomas y organizaciones de la sociedad civil respecto de supuestas prácticas de tortura y malos tratos en centros de detención argentinos. En este sentido, y considerando la falta de un mecanismo nacional, la Comisión llamó al Estado a adoptar las medidas necesarias para su implementación.
La Comisión reitera que los centros de privación de la libertad deben ser espacios sujetos a constante monitoreo y fiscalización independientes. La forma en que se trata a las personas detenidas debe estar sujeta al escrutinio más estricto, tomando en cuenta la especial situación de riesgo que enfrentan en el contexto de privación de libertad. En este sentido, la gestión penitenciaria en general debe regirse por criterios estrictos de transparencia, apertura y monitoreo independiente.
“Considerando las constantes denuncias de tortura o de malos tratos durante la detención que recibe la Comisión en la región, el establecimiento del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en Argentina representa una medida positiva para garantizar el derecho a la integridad personal de las personas privadas de libertad, que debe ser imitada por los Estados que no cuenten con uno”, señaló el Relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de libertad, Comisionado Joel Hernández. “Tengo la convicción que mediante la evaluación constante, efectiva e independiente de este mecanismo, se podrá evitar la comisión de malos tratos o tortura contra personas que se encuentran bajo la custodia estatal”, añadió.
“El establecimiento del Mecanismo es una buena noticia”, dijo el Relator de la CIDH para Argentina, Luis Ernesto Vargas. “Vamos a dar seguimiento monitoreando su implementación y su efectividad”, agregó.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 079/18