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Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) insta a los Estados Unidos de América a suspender la ejecución del ciudadano mexicano Roberto Moreno Ramos prevista para el 14 de noviembre de 2018 en el estado de Texas, y a otorgarle una reparación efectiva. Los Estados Unidos están sujetos a las obligaciones internacionales derivadas de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre desde que ingresó en la OEA en 1951. En consecuencia, la CIDH insta a los Estados Unidos, y en particular al Estado de Texas, a que respeten plenamente sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
El 8 de noviembre de 2002, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Roberto Moreno Ramos, solicitando que Estados Unidos tomara medidas para preservar su vida en espera de que la Comisión investigara las alegaciones contenidas en su petición.
La CIDH adoptó el Informe de Admisibilidad No. 61/03 el 10 de octubre de 2003. El 28 de enero de 2005, la Comisión adoptó el Informe de Fondo No. 1/05, en el cual concluyó que los Estados Unidos eran responsables de violar los derechos a la igualdad ante la ley, al debido proceso legal y a un juicio justo con respecto a los procesos penales que llevaron a la imposición de la pena de muerte contra Roberto Moreno Ramos. En dicho informe, la CIDH concluyó que si el Estado lo ejecutara de conformidad con el proceso penal en cuestión, cometería una violación grave e irreparable del derecho fundamental a la vida garantizado en el artículo I de la Declaración Americana. Además, la CIDH recomendó a los Estados Unidos que proporcionara a Roberto Moreno Ramos un recurso efectivo, incluida una nueva audiencia de sentencia de conformidad con las protecciones de igualdad, debido proceso y juicio justo establecidas en la Declaración Americana, incluido el derecho a una representación legal competente. A pesar de haber hecho esta recomendación en 2005, el Estado no ha tomado medidas para cumplirla. La CIDH celebró una reunión de trabajo sobre el caso de Roberto Moreno Ramos entre Estados Unidos y el peticionario el 2 de octubre de 2018, durante su 169º Período de Sesiones, en la que la Comisión hizo un llamado urgente al Estado para que detenga su ejecución y cumpla con las recomendaciones de la CIDH.
La Comisión Interamericana recuerda al Estado que, al llevar a cabo la ejecución de Roberto Moreno Ramos, cometería una grave e irreparable violación del derecho fundamental a la vida consagrado en el artículo I de la Declaración Americana. Además, significaría que el Estado ha incumplido las recomendaciones de la CIDH, una acción que va en contra de las obligaciones internacionales de derechos humanos de los Estados Unidos como Estado Miembro de la OEA en virtud de la Carta de la OEA y otros instrumentos relacionados.
La Comisión también insta a los Estados Unidos a que cumplan las medidas de no repetición recomendadas en el Informe de Fondo. Los Estados Unidos deben revisar sus leyes, procedimientos y prácticas para asegurar que los extranjeros que son arrestados o encarcelados o que están bajo custodia en espera de juicio, o que son detenidos de cualquier otra manera en los Estados Unidos, sean informados sin demora de su derecho a la información sobre la asistencia consular y que, con la aprobación de la persona, el Consulado apropiado sea informado sin demora de las circunstancias del extranjero. Además, los Estados Unidos deberían velar por que no se deniegue a los acusados en los procedimientos sobre la pena capital el derecho a recurrir efectivamente a una corte o tribunal competente para impugnar la competencia de su representación legal sobre la base de que la cuestión no se planteó en una etapa anterior del proceso en su contra.
La Comisión Interamericana ha tratado la pena de muerte como un desafío crucial para los derechos humanos durante décadas. Aunque la mayoría de los Estados miembros de la OEA han abolido la pena capital, una minoría sustancial la mantiene. La CIDH reitera la recomendación formulada en su informe La pena de muerte en el sistema interamericano de derechos humanos: de Restricción a Abolición, que los Estados impongan una moratoria sobre las ejecuciones como un paso hacia la abolición gradual de la pena de muerte.
En este sentido, la Comisión acoge con satisfacción la abolición de la pena capital en el estado de Washington el 11 de octubre de 2018, tras una decisión del Tribunal Supremo de Washington que dictaminó que la pena capital se aplicaba de manera arbitraria y sobre la base de prejuicios raciales. La decisión resultó en la conmutación de las sentencias de las 8 personas que actualmente se encontraban en el corredor de la muerte, por cadena perpetua. El estado de Washington se convirtió en el vigésimo estado en prohibir la pena de muerte en el país. Este es un paso significativo, ya que Estados Unidos es actualmente el único Estado miembro de la OEA que está llevando a cabo ejecuciones bajo pena de muerte.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 234/18