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Comunicado de Prensa

La CIDH y su REDESCA hacen un llamado a los Estados de la región a garantizar los derechos de las Personas Afrodescendientes y prevenir la discriminación racial en el contexto de la pandemia del COVID-19

28 de abril de 2020

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA), en el marco de su Sala de Coordinación y Respuesta Oportuna e Integrada a la crisis en relación con la pandemia del COVID-19 (SACROI COVID-19), hace un llamado a los Estados de la región a materializar los derechos de las personas Afrodescendientes, prevenir y combatir la discriminación racial en este contexto. Particularmente, la Comisión y su REDECA instan a los Estados a garantizar el acceso oportuno a la salud pública, a través de medidas de prevención, mitigación y tratamiento de esta enfermedad, en condiciones dignas, de igualdad y no discriminación a todas las personas afrodescendientes y comunidades tribales.

La CIDH recuerda que la discriminación estructural y segregación racial histórica exponen a la población afrodescendiente y a las comunidades tribales a distintas brechas de oportunidades para su propio desarrollo, así como a obstáculos permanentes en la progresividad de sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. La Comisión y su REDESCA toman nota de que, según información del Banco Mundial y de la Comisión Económica para la América Latina y el Caribe (CEPAL), las personas con este origen étnico-racial reportan bajos porcentajes en activos económicos y empleos formales, coyuntura que tiende a exponerlas a situaciones de pobreza en los países de la región. Además, subrayan que dentro ese grupo, tanto las mujeres, como las y los trabajadores rurales afrodescendientes son quienes registran las cifras de desempleo y precarización laboral más altas en comparación a la población general.

En este contexto, la CIDH y su REDESCA, recuerdan la necesidad de disponer de políticas sanitarias de emergencia y de protección integral que garanticen el acceso a servicios de salud a todas las personas con enfoque interseccional de distintas condiciones que puedan agravar las situaciones de discriminación estructural, como el origen étnico- racial, edad, género, situación socioeconómica, estatus migratorio, discapacidad, orientación sexual e identidad y/o expresión de género, entre otros.

En ese sentido, la CIDH y su REDESCA destacan que las medidas de contención y de aislamiento social obligatorio pueden representar un impacto diferenciado en la vida económica de las personas afrodescendientes, quienes tendrían más dificultades para acceder a servicios de salud pública. Asimismo, destacan el impacto negativo que puede resultar del incremento de rescisiones laborales y la disminución de ingresos económicos per cápita por las estrategias institucionales adoptadas en el contexto de la pandemia; lo cual podría exacerbar e impactar desproporcionadamente a grupos poblacionales en condiciones de pobreza y pobreza extrema, como personas en situación de calle o viviendo en asentamientos informales.

Sobre el tema, la Comisión y su REDESCA saludan los planes de emergencia desarrollados por Estados de la región, como Brasil, Colombia, Argentina y Estados Unidos, dirigidos a apoyar a las personas trabajadoras, principalmente a las informales, a fin de que puedan cumplir las medidas de aislamiento social durante la contención de la pandemia. Asimismo, llaman a los Estados a seguir apoyando a las personas que están en situación de extrema vulnerabilidad por medio de la construcción y aplicación de medidas emergenciales que den cuenta de asegurar el cumplimiento de las importantes directrices de contención de contagio de la pandemia del COVID-19, mientras garantizan el acceso a recursos económicos a las poblaciones que están más expuestas a la pobreza y a la pobreza extrema.

Teniendo en cuenta las tasas de pobreza de esta población, la Comisión y su REDESCA expresan preocupación por el creciente número de infecciones y muertes de personas afroamericanas debido a la pandemia de COVID-19 en los Estados Unidos. Según la información pública disponible, en Chicago, hasta el 12 de abril, el 68% de las muertes relacionadas con COVID-19 fueron entre personas afroamericanas, que representan solo el 30% de la población de la ciudad. En el estado de Louisiana, 7 entre cada 10 personas fallecidas por la pandemia eran afroamericanas. Además, se han verificado 62 muertes en Alabama, de las cuales el 53% corresponde a personas de este origen étnico-racial. De igual manera, autoridades en Detroit, Michigan, la ciudad con más habitantes de ascendencia africana en el país, han alertado sobre la disparidad racial en el impacto de la pandemia del COVID-19 en la población afrodescendiente; para el 15 de abril se habrían reportado 120 muertes de personas afrodescendientes a causa del virus.

Por otra parte, la CIDH y su REDESCA reiteran su observación de que las áreas geográficas con alta concentración de personas afrodescendientes en la región coinciden con zonas de marginalización y pobreza, déficit de vivienda, mayor exposición al crimen y la violencia. Tal es el caso de la región del Pacífico colombiano, donde persiste la correlación entre altos indicadores de pobreza económica y áreas de asentamiento de comunidades afrodescendientes, en donde aún en el contexto de la pandemia del COVID-19, se registran casos de violencia armada en contra de personas pertenecientes a dichas comunidades. Así como la situación de las personas afrodescendientes que viven en las favelas en Brasil, donde se han reportado 78 casos de contagios y 10 muertes hasta el 16 de abril; sus habitantes están más expuestas y expuestos a la alta concentración demográfica, y de manera más agravada a la acción violenta de grupos armados; haciendo aún más difícil de implementar las medidas de aislamiento social.

Adicionalmente, la Comisión observa que diferentes Estados de la región han dispuesto de medidas pertinentes para mitigar la propagación de la pandemia del COVID-19, y para estos efectos se han declarado estados de excepción y toques de queda, que establecen aislamiento social obligatorio, facultando a agentes estatales de seguridad a aplicar el uso de la fuerza y prisión preventiva a personas infractoras. Conforme a las actividades de monitoreo de la CIDH, en los Estados con mayor presencia de personas afrodescendientes, las cifras de la violencia policial contra esta población son más altas en comparación con personas de otro origen étnico-racial. Razón por la cual, la Comisión insta a los Estados a que en el actual contexto de pandemia se tomen medidas eficaces para prevenir hechos de violencia institucional y usos excesivos de la fuerza basados en el origen étnico-racial y patrones de perfilamiento racial.

En cuanto a las comunidades afrodescendientes tribales, la CIDH expresa su profunda preocupación por la Resolución N ° 11, de fecha de 26 de marzo, emitida por el Comité de Desarrollo del Programa Espacial Brasileño, que aprobó las reglas para la consulta previa de las comunidades de quilombolas que se verán afectadas por la consolidación de la Centro Espacial Alcântara, en el estado de Maranhão, según la Resolución 169 de la OIT. La Comisión y su REDESCA llaman la atención sobre el eventual reasentamiento, que de confirmase durante la pandemia de COVID-19, podría representar un riesgo a la seguridad sanitaria, el derecho a la salud y la integridad de las comunidades de quilombolas.

Sobre las comunidades afrodescendientes tribales, la CIDH reitera a los Estados la importancia de reconocer los derechos territoriales de propiedad colectiva a las comunidades afrodescendientes y garantizarles el derecho efectivo de consulta y consentimiento previo, libre e informado, respetando su libre autodeterminación. Asimismo, insta a los Estados a abstenerse de promover iniciativas legislativas o proyectos que afecten territorios étnicos durante el tiempo en que dure esta pandemia, en virtud de la imposibilidad de llevar adelante dichos procesos de consulta.

Finalmente, la Comisión destaca las diferentes estrategias adoptadas por los Estados de la región para reducir el riesgo de contagio e impacto sanitario del COVID-19, y la necesidad de contar con una respuesta coordinada entre los mismos. Consciente de ello, la CIDH hace un llamado a visibilizar la situación de las personas afrodescendientes y comunidades tribales en el contexto de esta pandemia, especialmente a incluir una perspectiva étnico-racial con un enfoque interseccional en todas las medidas de respuesta implementadas tanto en el ámbito nacional, como en las respuestas regionales que se puedan articular.

Por lo anteriormente mencionado, en relación con los derechos de las personas afrodescendientes, la CIDH y su REDESCA recomiendan a los Estados, de forma adicional a lo estipulado en la Resolución 1/2020, a:

1. Adoptar medidas institucionales diferenciadas para hacer seguimiento al impacto de la pandemia del COVID-19 en las personas afrodescendientes; y en ese marco, incluir en los sistemas de registros de personas afectadas por esta pandemia, datos desagregados sobre el origen étnico-racial, género, discapacidad, nacionalidad y edad.

2. Garantizar a las personas afrodescendientes y comunidades tribales, el acceso oportuno a servicios de salud pública integral, incorporando un enfoque intercultural, y en ese sentido, disponer de información clara, accesible e inclusiva para esta población sobre los procedimientos médicos que se les practiquen.

3. Incluir a las personas afrodescendientes en todos los espacios y niveles de tomas de decisiones sobre los planes de acción, políticas públicas y proyectos que se ejecuten en el contexto de la pandemia del COVID-19. Asimismo, promover canales de comunicación permanente con organizaciones de base y de sociedad civil afrodescendientes para que se les garantice su participación en las diferentes etapas de diseño, implementación, monitoreo y evaluación de los mismos.

4. Implementar protocolos institucionales para prevenir el uso excesivo de la fuerza y aplicación de patrones de perfilamiento racial, en el marco de las medidas adoptadas para contrarrestar la pandemia del COVID-19.

5. Garantizar el ejercicio idóneo del derecho de consulta y consentimiento previo, libre e informado a las comunidades afrodescendientes y pueblos tribales en el período de duración de la pandemia del COVID-19. De ser necesario, suspender los proyectos de cualquier índole que pueden afectar a estas comunidades ante la imposibilidad de practicar los procesos de consulta.

6. Establecer medidas de renta básica y albergues temporales a personas afrodescendientes y comunidades tribales en condiciones de pobreza y pobreza extrema, especialmente a personas en situación de calle, viviendo en asentamientos informales y comunidades rurales, en el contexto de la pandemia del COVID-19.

La REDESCA es una Oficina autónoma de la CIDH, especialmente creada para apoyar a la Comisión en el cumplimiento de su mandato de promoción y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el continente americano.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 092/20