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Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Washington D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa profunda preocupación por los graves hechos de violencia y represión registrados en el contexto de las protestas en la ciudad de Asunción, Paraguay, e insta al Estado a cumplir con sus obligaciones internacionales de respeto y garantía de los derechos humanos en este contexto, particularmente el pleno ejercicio de los derechos a la vida, a la integridad y libertad personal de los manifestantes, y los derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica y participación política.
Según la información disponible, el día viernes 31 de marzo cientos de personas se movilizaron hacia el Congreso paraguayo para manifestar su rechazo a la decisión de un grupo de senadores de modificar el reglamento de la Cámara Alta del Congreso para aprobar una enmienda a la constitución que permitiría la reelección presidencial.
Un grupo de manifestantes habría entrado a la sede del Congreso, provocando incendios y daños al edificio. La CIDH condena prácticas de violencia en protestas.
La CIDH ha recogido información sobre un alto número de manifestantes heridos, entre ellos legisladores opuestos al proyecto de enmienda constitucional, activistas y periodistas, como consecuencia del uso indiscriminado de gases lacrimógenos y balines de goma por parte de la policía. Adicionalmente, según información de público conocimiento, en la madrugada del 1 de abril, la policía allanó la sede del opositor Partido Liberal Radical Auténtico, golpeando y disparando indiscriminadamente a manifestantes al interior dando muerte a Rodrigo Quintana, joven dirigente de ese partido, por múltiples disparos de armas de fuego. La CIDH insta a Paraguay a promover una rápida investigación por la muerte del joven, que permita establecer si se trató de una ejecución extrajudicial y en consecuencia, aplicar las responsabilidades judiciales correspondientes.
Según registros divulgados públicamente, la policía detuvo a más de 200 personas en relación con estos hechos, entre ellos un grupo de adolescentes, quienes posteriormente habrían sido liberados. Respecto de las mujeres detenidas, reportes de prensa indicaron que al ser llevadas a sede policial se les obligaba a desnudarse supuestamente con la intención de determinar si escondían drogas.
La Comisión insta al Estado paraguayo a adoptar de manera urgente todas las medidas que sean necesarias a fin de garantizar los derechos a la vida, a la integridad personal y la seguridad, así como los derechos políticos, el derecho de reunión y los derechos a la libertad de asociación y libertad de expresión de todas las personas bajo su jurisdicción. Esto incluye la obligación de las autoridades, en particular las encargadas del orden público y la seguridad interior, de tomar medidas operativas para facilitar el derecho a la reunión pacífica y dar estricto apego a los principios generales sobre el uso de la fuerza en estos contextos. La CIDH recuerda asimismo, que el hecho que algunos grupos o personas ejerzan violencia en una manifestación no vuelve, per se, violenta toda la protesta ni autoriza a prohibir el derecho a manifestarse en momentos de turbulencia política.
La Comisión ya precisó que las armas de fuego deben estar excluidas de los dispositivos utilizados para el control de las protestas sociales. El uso de este tipo de armas es una medida extrema, y que no deben utilizarse excepto en aquellas oportunidades en que las instituciones policiales no puedan reducir o detener con medios menos letales a quienes amenazan su vida e integridad, o la de terceras personas, y nunca para disparar indiscriminadamente a una multitud o grupo de personas en estos contextos.
La Comisión recuerda que los Estados deben abstenerse de incurrir en prácticas de detenciones masivas, colectivas o indiscriminadas y subraya la importancia de cumplir con todos los requisitos impuestos por las leyes internas y los estándares internacionales en las detenciones que las fuerzas de seguridad efectúen en contextos de protesta social, particularmente para asegurar que las personas detenidas y sus familiares reciban información precisa respecto de los motivos de detención y del sitio del alojamiento.
La Comisión llama al Estado a iniciar investigaciones sobre los hechos reportados, así como a reforzar todas aquellas acciones que garanticen que las investigaciones iniciadas se realicen de forma diligente e imparcial, y se establezcan las responsabilidades a que haya lugar.
Asimismo, la CIDH hace un llamado a rechazar cualquier forma de violencia y promover el diálogo y la participación política genuina para la búsqueda de una solución respetuosa de los derechos humanos. La CIDH se pone a disposición para colaborar con el Estado de Paraguay en el marco de su mandato y funciones.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Este comunicado de prensa fue modificado el 3 de abril de 2017
No. 042/17