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Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presenta hoy su Informe Anual correspondiente a 2016 ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP) de la Organización de los Estados Americanos (OEA). El Informe Anual ofrece información accesible, completa y relevante a todos los usuarios del Sistema Interamericano de Derechos Humanos acerca del trabajo y los recursos de la Comisión. La publicación de este informe busca promover el cumplimiento de sus decisiones, asegurar el acceso a las víctimas, rendir cuentas sobre las actuaciones de la CIDH durante el año que se informa, e informar sobre la situación de los derechos humanos en la región.
El Informe consta de una introducción y seis capítulos. En la introducción se destacan las medidas adoptadas por los Estados Miembros durante el 2016, dirigidas a promover y proteger los derechos humanos conforme a sus obligaciones internacionales. El Capítulo I ofrece un panorama general de las actividades de la Comisión durante el año. El Capítulo II refleja la gestión del sistema de casos y peticiones y las medidas cautelares.
El Capítulo III está dedicado a las actividades de las Relatorías Temáticas. Allí se brinda información detallada del continuo trabajo que realizan las y los siete miembros de la Comisión en esa función. También se detallan los informes temáticos aprobados en el año 2016, y toda la información de las actividades de promoción realizada por la CIDH.
El Capítulo IV.A ofrece un panorama de la situación de los derechos humanos en el hemisferio durante el año 2016, a partir del ejercicio de las facultades de monitoreo de la Comisión. Esta sección se concentra en las personas, grupos, colectividades, y asuntos que son objeto de atención particular de la CIDH en el marco de sus Relatorías Temáticas. En este sentido, ofrece un análisis de las principales tendencias, problemas, desafíos, avances y buenas prácticas pertinentes a los derechos humanos de los pueblos indígenas, mujeres, migrantes, niñas y niños, las personas privadas de libertad, personas afrodescendientes, defensoras y defensores de derechos humanos, y personas LGBTI en las Américas durante el 2016. También incluye un análisis de tendencias y asuntos prioritarios pertinentes a los derechos vinculados con la libertad de expresión y los derechos económicos, sociales y culturales.
Por su parte, el Capítulo IV.B incluye informes especiales que la Comisión considera necesarios respecto de la situación de los derechos humanos en los Estados Miembros. En el Informe Anual correspondiente a 2016, la CIDH analiza la situación en Cuba, República Dominicana y Venezuela. Esta sección fue preparada de acuerdo con los criterios específicos y la metodología detallada en el Reglamento. Estos informes se basan en una amplia gama de fuentes de acuerdo a la metodología establecida en el Reglamento de la Comisión. Los borradores de informe son enviados a los Estados involucrados para que tengan la oportunidad de responder y aportar información adicional, la cual la Comisión considera antes de la publicación.
En relación con Cuba, las persistentes restricciones a los derechos políticos, de asociación, a la libertad de expresión y de difusión del pensamiento, la falta de independencia del poder judicial y las restricciones a la libertad de movimiento, continúan limitando de manera sistemática los derechos humanos de los habitantes en Cuba. A lo anterior, se suma el incremento en las represiones severas y restricciones a defensores y defensoras de derechos humanos y personas disidentes, además de la discriminación y violencia contra personas LGTBI y la exclusión de la población afrodescendiente, que está subrepresentada en altos cargos del Estado.
Respecto de República Dominicana, la persistencia de la discriminación racial estructural contra personas de ascendencia haitiana, o percibidas como tales, que ha impactado particularmente en el reconocimiento de la nacionalidad, deportaciones, expulsiones, operativos migratorios y expulsiones colectivas, muestra los graves desafíos que enfrenta el Estado dominicano en materia de discriminación racial. La privación arbitraria de la nacionalidad y la falta de reconocimiento de la personalidad jurídica de las personas dominicanas de ascendencia haitiana las ha puesto en una situación de desventaja en el goce de algunos de sus derechos humanos, así como en una situación de extrema vulnerabilidad a ser víctimas de violaciones a otros múltiples derechos humanos.
En relación con Venezuela, persisten situaciones estructurales que afectan los derechos humanos y se registra un agravamiento de la situación de la seguridad ciudadana en relación al derecho a la vida e integridad personal y un deterioro del Estado de Derecho y las instituciones democráticas, así como del derecho a la libertad de expresión, incluyendo la detención arbitraria y encarcelamiento de opositores y aquellas personas que hacen público su disenso con el gobierno, la represión y restricciones indebidas al ejercicio del derecho a la protesta, y despidos y amenazas a empleados públicos con perder su cargo en caso de manifestar opiniones políticas contra el oficialismo. A esto se suma un severo agravamiento en el acceso a los derechos económicos, sociales y culturales.
El Capítulo V contiene un seguimiento de recomendaciones formuladas por la CIDH en sus informes de país sobre Colombia, Guatemala, Honduras y México. El Capítulo VI incluye información sobre la estructura y personal de la CIDH, la capacitación del personal, los recursos financieros y la ejecución presupuestaria, la movilización de recursos y administración de proyectos, y los avances tecnológicos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 053/17