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Santiago, Chile / Buenos Aires, Argentina - La Comisión  Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina Regional para América  del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos  (ACNUDH) condenan el uso excesivo de la fuerza por parte de la Policía Militar  para reprimir protestas y manifestaciones en Brasil. Asimismo, condenan la violencia  policial en operativos de seguridad en el espacio urbano y en el marco del  conflicto de tierras.
 
El 24 de mayo de 2017, movimientos sociales y centrales sindicales convocaron a  protestas en Brasilia, la capital federal del país, en las que participaron  aproximadamente 35.000 manifestantes. Durante estas manifestaciones ocurrieron  actos de violencia, incluyendo el incendio y el destrozo de equipamientos  públicos. En este contexto, se reportó que al menos siete personas fueron  detenidas y 49 resultaron heridas, algunas de ellas gravemente, al menos una  con arma de fuego. Asimismo, se reportó que la Policía Militar utilizó gases  pimienta, lacrimógenos y balas de goma para reprimir la protesta. Se informó  que la Policía Militar del Distrito Federal iba a iniciar una investigación por  el uso de arma de fuego.
 
En respuesta a estas protestas, el 24 de mayo de 2017, el gobierno emitió un  Decreto mediante el cual autorizó el empleo de las Fuerzas Armadas para la  garantía de la ley y del orden en el Distrito Federal entre el 24 y el 31 de  mayo. Ese mismo día, el gobierno anunció que se movilizaron 1.200 miembros del  Ejército y 200 fusileros navales a los predios públicos. Dicho decreto fue  revocado el 25 de mayo de 2017.
 
“Instamos al Estado brasileño a redoblar sus esfuerzos para promover el diálogo  y proteger el derecho a la manifestación pacífica”, dijo el Representante para  América del Sur del ACNUDH, Amerigo Incalcaterra. “La manifestación pacífica es  una forma de participación propia de las sociedades democráticas, donde las  personas pueden exigir sus derechos humanos y ejercer activamente sus derechos  a la libertad de opinión y de expresión”, agregó. 
 
Los dos organismos condenan todo acto de violencia y urgen a los manifestantes  a ejercer sus derechos a la libre protesta en forma pacífica, al tiempo que  reafirman que la actuación de las fuerzas de seguridad debe respetar en todo  momento las normas internacionales de derechos humanos.
 
Adicionalmente, la CIDH y la Oficina para América del Sur del ACNUDH expresan  su profunda preocupación por el uso excesivo de la fuerza por parte de las  fuerzas de seguridad del Estado brasileño en operaciones tanto en el marco del  conflicto de tierras, como en el contexto de la remoción urbana  de dependientes químicos usuarios de drogas ilícitas.
 
Por ejemplo, se ha recibido información preocupante sobre el uso recurrente de  la violencia en el marco del conflicto agrario, en especial contra trabajadores  sin tierra. En este sentido, el 24 de mayo, diez personas resultaron muertas  durante un desalojo violento realizado por policías y militares en una hacienda  en el Estado de Pará. La CIDH y la Oficina para América del Sur del ACNUDH  hacen un llamado a las autoridades a investigar estos hechos y otros actos de  violencia, a fin de identificar y sancionar a las personas responsables y así  combatir la impunidad y evitar la repetición de hechos similares.
 
Asimismo, el 24 de mayo varias personas resultaron heridas en el área conocida  como Cracolândia, en la ciudad de San Pablo, durante un operativo de seguridad  para remover de las calles a dependientes químicos usuarios de drogas ilícitas.  Según la información recibida, el operativo habría incluido el derrumbe de un  edificio que estaba ocupado, el desalojo de residentes y comerciantes y el uso  de bombas de gas y balas de gomas contra los residentes de Cracolândia.
 
La CIDH y la Oficina Regional para América del Sur del ACNUDH urgen al Estado a  adoptar mecanismos para garantizar el estricto apego a los principios generales  de legalidad, proporcionalidad y absoluta necesidad en el uso de la fuerza en  contextos de protesta social. Asimismo, las armas de fuego deben estar  excluidas de los dispositivos utilizados para el control de las protestas  sociales. El uso de este tipo de armas es una medida extrema, y no deben  utilizarse excepto en aquellas oportunidades en que las instituciones  policiales no puedan reducir o detener con medios menos letales a quienes  amenazan la vida e integridad de otras personas. 
 
Ambas organizaciones instan a las autoridades a llevar a cabo las  investigaciones correspondientes, juzgar y sancionar a los responsables.  Asimismo, llaman al Estado a garantizar y proteger la integridad física y  seguridad de los y las manifestantes y a brindar las garantías suficientes para  el ejercicio del derecho a la reunión pacífica, dentro del marco de sus  obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. 
 
Adicionalmente, la Comisión Interamericana y la Oficina Regional para América  del Sur del ACNUDH exhortan al Estado de Brasil a regular los procedimientos  policiales que involucran uso de la fuerza respetando los estándares  internacionales en materia de derechos humanos, cumpliendo con los principios  de legalidad, necesidad y proporcionalidad que deben guiar el uso de la fuerza  por parte de agentes de seguridad del Estado. De acuerdo con los estándares  internacionales, el uso de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad  estatales debe estar definido por la excepcionalidad, y debe ser planeado y  limitado proporcionalmente por las autoridades. 
 
“Hacemos un llamado a las autoridades brasileñas a garantizar el pleno  ejercicio de los derechos humanos en el marco de un Estado democrático de  Derecho, lo cual es condición fundamental para la promoción y protección efectiva  de los derechos humanos en el país”, dijo Incalcaterra.
 
“Buscamos garantizar los derechos democráticos en una situación bastante  delicada de Brasil en este momento”, dijo el Relator de la CIDH para Brasil,  Comisionado James Cavallaro. “Urgimos al gobierno brasileño que cumpla con sus  obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Esto incluye  garantizar el derecho a la protesta y adoptar políticas públicas que tengan  como prioridad el respeto y garantía del derecho a la vida, a la integridad  personal y otros derechos humanos fundamentales”, puntualizó. El Comisionado  Cavallaro expresó su interés en realizar próximamente una visita al país en su  condición de Relator para Brasil. 
La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) tiene el mandato de promover y proteger el goce y la plena realización, para todas las personas, de todos los derechos contemplados en la Carta de las Naciones Unidas y en las leyes y tratados internacionales de derechos humanos. El ACNUDH desarrolla sus labores a la luz del mandato que le ha encomendado la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 48/141. Su sede global se encuentra en Ginebra, Suiza. La Oficina Regional del ACNUDH para América del Sur se encuentra en Santiago de Chile y cubre los siguientes países: Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, Perú, Uruguay y Venezuela.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 069/17