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Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Ciudad de Guatemala, Guatemala – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena enérgicamente los operativos de sustracción de sus domicilios de Leopoldo López, dirigente opositor, y Antonio Ledezma, Alcalde de Caracas, en Venezuela, ocurridos en la madrugada de este martes 1 de agosto de 2017, por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia, SEBIN y su nuevo internamiento en prisión.
De acuerdo con información divulgada ellos fueron sacados de forma violenta y de madrugada de sus residencias en la ciudad de Caracas donde cumplían medidas de arresto domiciliario. Según imágenes difundidas, los funcionarios del SEBIN se encontraban fuertemente armados y encapuchados. El Estado venezolano ha justificado la adopción de estas medidas luego de que ambos dirigentes emitieran declaraciones públicas expresando su rechazo a la Asamblea Nacional Constituyente y por un supuesto plan de fuga.
Luego de que no se conociera información inmediata sobre su paradero, se ha informado públicamente que fueron trasladados a la cárcel militar conocida como “Ramo Verde”. No obstante, los familiares y abogados del señor López y el señor Ledezma han señalado que no han podido aun tener acceso a conversar con ellos ni comprobar su estado físico.
Leopoldo López es beneficiario de medidas cautelares dictadas por la CIDH el 20 de abril de 2015, en las que solicitó al Estado de Venezuela preservar su vida e integridad personal.
El paso a arresto domiciliario suponía una mejora en las condiciones de detención de los señores López y Ledezma. Por ello, su nuevo internamiento en prisión no solo conlleva un grave retroceso que afecta a sus derechos, sino también un hecho que agrava la crisis política en Venezuela, pues el Gobierno venezolano reincide en medidas represivas y de intolerancia política que buscan impedir la libertad de expresión y las voces disidentes.
La CIDH hace un llamado a las autoridades venezolanas a garantizar la vida e integridad personal de los señores Ledezma y López, y que se les brinden las garantías judiciales para su defensa.
La CIDH continuará atenta a los desarrollos sobre la situación del señor López y el señor Ledezma, y seguirá monitoreando detalladamente la situación en Venezuela.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 112/17