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Washington/Ginebra - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatora Especial de la ONU sobre los Derechos Humanos de los Desplazados Internos saludan las decisiones dirigidas a proteger personas desplazadas internas, adoptadas por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador el 6 y 13 de octubre de 2017. La CIDH y la Relatora Especial instan al Estado de El Salvador a reconocer y adoptar medidas para prevenir el desplazamiento, así como para garantizar los derechos humanos de las que se han visto forzadas a desplazarse de sus hogares.
De acuerdo con información oficial, la Sala de lo Constitucional ordenó mediante dos resoluciones de amparo la adopción de medidas de protección a favor de dos familias que habían sido víctimas de desplazamiento forzado interno como consecuencia de amenazas, extorsión, golpes, acoso y violación por parte la pandilla Mara 18. Dichas sentencias retoman estándares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al considerar que la falta de una investigación efectiva de hechos violentos puede propiciar o perpetuar el desplazamiento forzado, lo que constituye una restricción de facto de la libre circulación y residencia. Asimismo, las sentencias enfatizan la relevancia de la protección familiar en estos casos con base en los criterios desarrollados por la CIDH y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Específicamente, la Sala ordenó que la Policía Nacional Civil y la Fiscalía General de la República adopten las medidas pertinentes para asegurar la integridad personal y la seguridad de la familia respecto de las amenazas en su contra; la judicialización de los responsables respecto de todos los delitos relacionados al caso, y; para garantizar el retorno efectivo de las personas a sus domicilios.
La Relatora Especial de la ONU sobre los derechos humanos de los desplazados internos, Cecilia Jimenez Damary, en su declaración a la conclusión de la visita a El Salvador, realizada el pasado agosto de 2017, sostuvo que el fenómeno del desplazamiento interno provocado por la violencia generalizada y relacionada con las pandillas es una crisis significativa y, en gran medida, no reconocida en El Salvador que afecta a miles de personas, familias y comunidades enteras. Al respecto, hizo un llamado para el establecimiento de un marco legal, de política e institucional para abordar específicamente las necesidades y vulnerabilidades de los desplazados internos, como una categoría de víctimas, tarea esencial y aún pendiente en El Salvador.
Por su parte, la CIDH reitera su preocupación por la violencia que durante los últimos años ha venido afectando a El Salvador y sus consecuencias en términos de desplazamiento interno. Asimismo, reitera su llamado al Estado salvadoreño para adoptar las medidas legislativas y de otro tipo que sean necesarias para dar respuesta a la situación de las personas desplazadas internas, de acuerdo con un enfoque de derechos humanos, tal como lo señalase en el marco de su audiencia sobre violencia y desplazamiento interno en El Salvador, llevada a cabo durante el 156 Periodo de Sesiones de la CIDH.
“Saludo estas importantes y oportunas decisiones de la Sala de lo Constitucional en estos casos. Estas resoluciones ayudan a traer visibilidad a los problemas y las muchas víctimas escondidas de la violencia y el desplazamiento interno en El Salvador quienes son altamente vulnerables y requieren protección, apoyo y acceso a la justicia,” afirmó la Relatora Especial de la ONU sobre los derechos humanos de los desplazados internos, Cecilia Jimenez Damary, “Estos reconocimientos de las deficiencias del sistema de protección que actualmente funciona en El Salvador deben contribuir a inspirar una revisión necesaria por parte del Estado de sus marcos jurídicos, políticos e institucionales para la protección de los derechos humanos de todos quienes están internamente desplazados por la violencia.”
“Estas primeras decisiones de la Sala de lo Constitucional para la protección de personas desplazadas internas constituyen un gran avance por parte del Estado para responder a la situación de estas personas en El Salvador. El Estado tiene la responsabilidad primaria de garantizar los derechos humanos de las personas desplazadas y por eso felicitamos las decisiones de la Sala de lo Constitucional, la cual pone de manifiesto el importante rol que tienen las autoridades judiciales en la protección de los derechos humanos de las personas desplazadas, a la vez que integran mediante control de convencionalidad las normas y estándares desarrollados por la CIDH y la Corte IDH en la materia”, expresó el Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, Relator sobre Derechos de los Migrantes y las Personas Desplazadas Internas de la CIDH.
Previo a la conmemoración del 20 aniversario de los Principios Rectores de los Desplazamientos Interno, el cual se celebrará en 2018, la CIDH y la Relatora Especial de la ONU reiteran que es obligación de los Estados adoptar las medidas para prevenir el desplazamiento; proteger a las personas desplazadas durante y después del desplazamiento; prestar y facilitar la asistencia humanitaria a las personas desplazadas; y adoptar medidas para facilitar el retorno, el reasentamiento y la integración de los desplazados.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
La Sra. Cecilia Jimenez-Damary, abogada de derechos humanos especializada en desplazamiento forzado y migración, tiene más de dos décadas de experiencia en organizaciones no gubernamentales especializadas en la promoción de derechos humanos. Fue designada como Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos por el Consejo de Derechos Humanos en 2016. Como Relatora Especial, forma parte de lo que se conoce como los ‘Procedimientos Especiales’ del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, es el nombre general de los mecanismos de investigación y monitoreo del Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no perciben un salario por su labor. Son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan a título individual.
No. 169/17