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Comunicado de Prensa

CIDH saluda las medidas adoptadas para el reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en Perú

2 de octubre de 2018

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda las medidas adoptadas por el Estado de Perú dirigidas a reconocer la capacidad jurídica de las personas con discapacidad e implementar la figura de apoyo y salvaguardas. Asimismo, la CIDH insta a Perú a implementar tales medidas para brindar a las personas con discapacidad la oportunidad de vivir en igualdad de condiciones a las demás personas, y ejercer de forma autónoma sus derechos.

Por medio del decreto legislativo No.1384, publicado en el diario oficial el 4 de septiembre de 2018, se introducen una serie de modificaciones al Código Civil peruano que incluyen desde el reconocimiento de la capacidad jurídica plena de las personas con discapacidad hasta la inclusión de la figura de apoyos y salvaguardias. A partir de la implementación de las figuras de apoyos y salvaguardas, las personas con discapacidad son quienes deciden si desean contar con un sistema de apoyo para poder ejercer sus derechos sin que en ningún momento  les sea suplantada su voluntad. Este decreto es el resultado del trabajo conjunto entre el gobierno peruano, la sociedad civil, la academia y organizaciones internacionales de protección y promoción de los derechos humanos.

A criterio de la CIDH, reconocer que las personas con discapacidad poseen capacidad jurídica plena es reconocer que son sujetos de derechos en igualdad de condiciones a las personas sin discapacidad y que poseen la facultad de elegir sobre su proyecto de  vida. Con esta modificación  las personas con discapacidad podrán decidir sobre aspectos fundamentales de su vida tales como si someterse o no tratamientos médicos, casarse o tener hijos; facultad que antes de las modificaciones al Código Civil se veía restringida con la figura de la interdicción y la designación de un curador.

Durante la consulta pública para la construcción del plan de trabajo de la Unidad para las Personas con Discapacidad que realizó  la CIDH en la Pontificia Universidad Católica de Perú el 22 de junio de 2018, en la ciudad de Lima, Perú, los participantes le expresaron a la CIDH que uno de los mayores obstáculos que enfrentaban las personas con discapacidad para ejercer y disfrutar sus derechos era la confusión legal que existía entre capacidad mental y capacidad jurídica. 

El Comisionado Joel Hernández García, Relator de país para Perú, señaló que: “Las reformas que ha hecho Perú a su legislación en favor de los derechos de las personas con discapacidad  constituyen un gran avance en la región en la protección de un grupo históricamente vulnerable. Estas reformas significan eliminar el principal obstáculo jurídico que existía para que las personas con discapacidad  ejercieran libremente sus derechos en igualdad de condiciones que cualquier persona, pero es importarte también que las barreras sociales y de facto sean eliminadas, por eso la implementación pronta de las reformas es esencial para empezar a recorrer el camino en la igualdad del pleno disfrute de los derechos de las personas con discapacidad”.

Por su parte, Margarette May Macaulay, Presidenta de la CIDH, expresó que: “Es momento que los demás países de la región adopten las reformas legislativas necesarias para cumplir con los estándares acordados en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; comenzar por reconocer que las personas con discapacidad tienen capacidad plena para actuar es reconocer que pueden participar y pueden decidir sobre sus derechos, es una de las formas de llevar al plano material el lema que inspiró a la  convención  “nada de nosotros, sin nosotros”.

A su vez, la CIDH insta a que más Estados de la región incluyan medidas análogas dentro de su legislación para el reconocimiento y garantía de los derechos de las personas con discapacidad acorde a las obligaciones internacionales derivadas de la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas Discriminación contra las Personas con Discapacidad (1999) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006).

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 216/18