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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) siguió el proceso de reforma en Cuba por medio del cual se dio rango
constitucional a determinados derechos fundamentales y que concluyó con el
referéndum realizado el 24 de febrero de 2019.
La Comisión recibió denuncias, por parte de organizaciones de la sociedad
civil cubana, sobre una serie de falencias en el proceso de socialización y
debate en torno al proyecto de Constitución. Las organizaciones indicaron
que pese a sus esfuerzos para generar un diálogo pluralista existieron
“barreras políticas y legales” que limitaron la efectiva participación
ciudadana. Activistas de la campaña del voto en contra denunciaron haber
sido intimidados, detenidos y en algunos casos golpeados por las fuerzas de
seguridad y que sus casas fueron sitiadas por las fuerzas militares la
semana anterior al referéndum. La Comisión condena todo tipo de actos
intimidatorios y agresiones contra personas disidentes, activistas,
defensoras de derechos humanos y periodistas.
Por otro lado, la prensa registró denuncias de fraude electoral el día
del referéndum, en particular, que se habría votado con lápiz; la falta de
secreto en el voto; que no se incluyó el voto de más de dos millones de
cubanos en el extranjero; además de irregularidades en las urnas electorales.
Al respecto, la CIDH expresa su preocupación con relación a que el
referéndum no se habría llevado a cabo con las condiciones que requieren
unas elecciones libres, secretas, confiables, independientes y con las
garantías al principio de universalidad y pluralidad electoral. Durante años,
la CIDH ha sido crítica ante la ausencia de condiciones que permitan una
genuina participación política de sectores de diversa línea de pensamiento
en Cuba, que se mantienen a pesar de la citada reforma Constitucional; en
particular, la celebración de elecciones carentes de pluralidad e
independencia ante la presencia de un único partido, la prohibición de
asociarse con fines políticos, las arbitrarias restricciones a la libertad
de expresión y el derecho de reunión, entre otros derechos fundamentales;
como la necesaria participación plural en un proceso de reforma
constitucional.
A pesar de lo anterior, la CIDH toma nota que en materia de derechos
humanos esta nueva Constitución da rango constitucional a garantías
judiciales como el hábeas corpus y el principio de presunción de inocencia,
y un catálogo de derechos fundamentales tanto civiles y políticos que
incluyen el derecho a la vida y la prohibición de la desaparición forzada,
tortura y tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes; así como derechos
económicos, sociales, culturales y ambientales; como el derecho al agua, la
salud y la educación gratuita, entre otros. Asimismo, se incorpora el
derecho a la propiedad privada; y añade al principio de igualdad, la
prohibición de discriminación por razones género, orientación sexual,
identidad de género, origen étnico, y discapacidad. En el texto
constitucional se expresa que las relaciones internacionales se basarán en
la defensa y protección de los derechos humanos y establece la obligación
del Estado de garantizar “el goce y el ejercicio irrenunciable, indivisible
e interdependiente de los derechos humanos, en correspondencia con el
principio de progresividad y sin discriminación”.
Al respecto, la Relatora para Cuba, Antonia Urrejola, señaló que: “la
inclusión de estos derechos en el orden constitucional cubano pudiera
considerarse como un paso adelante en el ejercicio de los derechos humanos
en la región, siempre que en Cuba se eliminen las políticas, leyes y
prácticas estructurales que limitan la implementación plena de esas
garantías, desde un enfoque de derechos humanos”; y añadió que “su
interpretación y aplicación armónica con los más altos estándares en materia
de derechos humanos será clave para poder catalogarla como un verdadero
avance en la conquista de derechos fundamentales por parte del pueblo cubano”.
La CIDH insta al Estado a transformar la Constitución en una realidad de
respeto a las libertades públicas y democráticas, adoptando medidas que
garanticen la libre circulación de las ideas y pensamiento, posibilitando la
libre participación política de todos los ciudadanos y ciudadanas cubanas en
condiciones de igualdad.
Finalmente, la Comisión reitera su solicitud de anuencia al Estado de Cuba para realizar una primera visita de observación in loco, que permita monitorear la situación de derechos humanos en el país. La Comisión continuará dando seguimiento a este proceso de reforma constitucional dentro del marco de su mandato.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 058/19