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Comunicado de Prensa

CIDH felicita al Estado de Argentina por alcanzar un cumplimiento total en el Informe de Solución Amistosa referido al Caso Marcos Gilberto Chaves y Sandra Chaves

27 de marzo de 2019

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de declarar el cumplimiento total y el cese del seguimiento del Informe de Solución Amistosa No. 102/14, relativo al Caso 12.710, Marcos Gilberto Chaves y Sandra Chaves y felicita al Estado argentino por el cumplimiento total de las medidas incluidas en el acuerdo de solución amistosa suscrito entre las partes en dicho caso.

El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado por la condena perpetua de Marcos Gilberto Chaves y su hija, Sandra Beatriz Chaves, por el presunto homicidio del cónyuge de Sandra Beatriz Chaves, dentro del marco de una investigación con violaciones al debido proceso y a las garantías de protección judicial.

El 5 de agosto de 2014, las partes suscribieron un Acuerdo de Solución Amistosa que fue homologado por la CIDH el 7 de noviembre de 2014. Adicionalmente, las partes suscribieron tres actas de compromiso para el cumplimiento del acuerdo, el 24 de julio de 2014, 31 de julio de 2014, y 19 de septiembre de 2017.
La CIDH valoró los resultados individuales en el caso y observó que el Estado conmutó las penas privativas de libertad perpetuas impuestas a Sandra Beatriz Chaves y Marcos Gilberto Chaves; brindó asistencia psicológica y médica necesaria a favor de Marco Gilberto Chaves, Sandra Beatriz Chaves, y sus hijos Luz María y Marcos Nicolás González Chaves; adoptó medidas efectivas de reinserción, particularmente en el ámbito laboral, respecto de Sandra Beatriz Chaves y Marcos González Chaves; brindó asesoría a Marcos González Chaves para obtener los requisitos necesarios para tramitar una licencia. Con posterioridad y a solicitud de la parte peticionaria, el Estado le otorgó un trabajo en el Programa Secretaría Privada del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia de la Provincia. Asimismo, el gobierno de Salta capacitó a Luz Maria González Chaves como mediadora comunitaria con un curso de formación y posteriormente le asignó un trabajo en el Ministerio de Derechos Humanos y Justicia.

Igualmente, la Comisión valoró los resultados estructurales del caso y observó que a través de Decreto de Necesidad y Urgencia del Gobernador de la Provincia de Salta No. 2.654/14, que adquirió carácter de Ley Provincial No. 7.857, se declaró la emergencia pública en materia social por violencia de género. Dicha declaración fue acompañada por la creación de cinco juzgados específicos de violencia familiar y de género. Adicionalmente, se agotó el concurso y designación de los jueces de violencia intrafamiliar y de género que se encuentran en funciones desde el 31 de agosto de 2015. En el mismo sentido se creó un cargo de fiscal penal; cinco cargos de defensores de violencia intrafamiliar y de género; y se creó la Unidad de Evaluación de Riesgo de Violencia de Genero en el ámbito del Ministerio Publico. Por otro lado, el Estado inauguró un Hogar de Protección Temporal para mujeres víctimas de violencia y sus hijos menores, se implementó la entrega de botones de pánico y se elaboró un plan provincial para la prevención, abordaje y erradicación de la violencia de género, entre otras medidas. También es de indicar que, producto de este acuerdo de solución amistosa, se creó el Observatorio de Violencia contra mujeres a través de la Ley No. 7.863 para el diseño e implementación de políticas públicas tendientes a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Otros impactos de este emblemático acuerdo incluyen la impartición de cursos y talleres, por parte del Ministerio de Justicia, sobre perspectiva de género y violencia intrafamiliar y de género, destinados a fuerzas de seguridad provinciales, agentes de salud, docentes y público en general; desarrollándose dichas actividades en Salta y barrios aledaños, y en diversos municipios. En ejecución de esta medida, se suscribieron talleres de colaboración con instituciones vinculados a esa temática, entre los cuales destaca el Estado, el Convenio de Cooperación, Asistencia Técnica y Complementación suscrito con el Observatorio de Derechos Humanos de la Nación el 27 de abril de 2015. Dentro del marco de dicho convenio se realizó el Taller de Justicia en Perspectiva de Género y Trata de Personas con fines de explotación sexual, con la participación de agentes estatales y de la sociedad civil. Se realizaron 18 capacitaciones, de las cuales 14 tenían un componente de género. El total de las capacitaciones con componente de género incluyo a 1400 participantes de distintas agencias estatales como cuerpos de Policía Municipales, Profesionales de Centros de Salud Municipales, Cuerpos de Policía Provinciales, Cuerpos de Policía Federales, Gendarmería Nacional, Aeroportuaria, Oficina de Rescate y Acompañamiento de Víctimas de Trata de Personas, Periodistas, Estudiantes de Ciencias de la Comunicación, Personal de Servicio Penitenciario, Personal de los Juzgados de Familia, entre otras.

La Comisión Interamericana siguió de cerca el desarrollo de la solución amistosa lograda en el presente caso y valoró altamente los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación y posterior etapa de seguimiento del acuerdo de solución amistosa. En virtud de la información proporcionada por las partes y tomando en consideración la indicación de la parte peticionaria de la satisfacción plena sobre el cumplimiento de la totalidad de los compromisos asumidos en el acuerdo de solución amistosa y las actas de compromisos. La CIDH declaró el cumplido totalmente el acuerdo de solución amistosa y, en consecuencia, decidió cerrar la supervisión del cumplimiento de este acuerdo de solución amistosa.

La CIDH congratula los esfuerzos realizados del Estado argentino en buscar la resolución de casos ante el sistema, a través del mecanismo de solución amistosa, y lo felicita por la total implementación del acuerdo de solución amistosa. Asimismo, felicita a la parte peticionaria por todos los esfuerzos realizados para avanzar en el cumplimiento del acuerdo de solución amistosa.
Para mayor información sobre el procedimiento de solución amistosa, visite la página web.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 081/19