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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
saluda el cumplimiento del Estado uruguayo de una medida de no repetición
establecida en el acuerdo de solución amistosa del Caso Rabinovich a través
de la realización de un evento académico sobre los estándares en materia de
libertad de expresión y acceso a la información y el impacto del caso en el
marco normativo doméstico.
El 25 de octubre de 2007, la CIDH recibió una petición en la que se alega
que el señor David Rabinovich habría sido víctima de violaciones a su
libertad de expresión y al acceso a la información, por la emisión de una
ley incompatible con los estándares internacionales. El peticionario alegó
que el artículo 11 de la Ley Orgánica Municipal No. 9.515 de 1935, permitía
que se declararan secretos los asuntos resueltos en la sesión, por decisión
de la mayoría absoluta de los presentes. Asimismo, el peticionario alegó que
el Estado uruguayo no habría cumplido con los estándares de máxima
divulgación, publicidad y transparencia que se derivan del artículo 13 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El 1 de octubre de 2015, las partes iniciaron la negociación de una de
solución amistosa que se materializó con la firma de un acuerdo el 25 de
octubre de 2017, en el marco del 165 período de sesiones de la CIDH. A
través del acuerdo de solución amistosa, el Estado uruguayo adoptó el
compromiso de facilitar la difusión pública del acuerdo alcanzado con
énfasis en la difusión de la normativa vigente en materia de acceso a la
información pública.
Posteriormente, el 3 de mayo de 2019, las partes suscribieron un acta de
entendimiento para establecer la ruta de trabajo y el contenido de las
obligaciones del Estado derivadas del acuerdo y avanzar hacia su
cumplimiento total. Entre los compromisos asumidos para el cumplimiento del
acuerdo, el Estado debía realizar un evento académico, abierto al público,
relacionado con la petición de David Rabinovich, y la aprobación de la ley
de acceso a la información pública.
En cumplimiento de lo establecido en el acuerdo de solución amistosa y el
acta de entendimiento, el pasado 27 de mayo de 2019, el Estado realizó el
evento “Seminario sobre Impactos del Procedimiento de Solución Amistosa ante
la CIDH en el desarrollo normativo nacional de Uruguay”, en la ciudad de
Montevideo. El Seminario contó con la participación de Felipe Michelini,
Coordinador de la Catedra UNESCO de la Universidad de la República de
Uruguay; la Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, en su calidad de
Presidenta de la CIDH; y la Comisionada Antonia Urrejola, en su calidad
Relatora de país; David Rabinovich y Martin Prats en su calidad de
peticionarios; Juan Faroppa, Representante de la Institución Nacional de
Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo; y de la Ministra Daniela Pi,
Directora de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del
Ministerio de Relaciones Exteriores. (Ver fotos del Seminario).
En el Seminario, la Comisionada Arosemena de Troitiño destacó la
importancia del mecanismo de soluciones amistosas en el marco del Sistema de
Peticiones y Casos Individuales, resaltando sus principales característica y
los aspectos básicos procesales del mismo. Asimismo, resaltó la importancia
del procedimiento de solución amistosa a la luz de lo establecido en el Plan
Estratégico de la CIDH 2017-2021. Por su parte, la Comisionada Urrejola,
resaltó la importancia del establecimiento de las medidas de satisfacción,
memoria, verdad y justicia, y de las garantías de no repetición en los
acuerdos de solución amistosa y especialmente en la presente petición,
resaltando los aspectos relevantes del caso y el análisis comparativo de
otras soluciones amistosas en materia de libertad de expresión y los
estándares interamericanos sobre el acceso a la información. (Ver agenda del
Seminario y
Webcast)
La Comisión valora los esfuerzos del Estado uruguayo, la colaboración y el apoyo de la Dirección de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Ministerio de Relaciones Exteriores en la organización y ejecución de este seminario y en las actividades de implementación del acuerdo de solución amistosa en la referida petición. Finalmente, la Comisión insta al Estado uruguayo a finalizar la ejecución de la ruta de trabajo acordada para el cumplimiento total del acuerdo de solución amistosa.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 148/19