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Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación ante la intención del Estado de Nicaragua de no continuar con la “Mesa de Negociación por el Entendimiento y la Paz” iniciada el 27 de febrero de 2019 entre el Gobierno y la Alianza Cívica por la Justicia y la Democracia. La CIDH asimismo lamenta el cierre del diálogo y, en particular, la falta de voluntad para alcanzar el restablecimiento efectivo de los derechos y garantías fundamentales restringidas en el contexto del estado policial y de grave deterioro institucional que se mantiene en el país.
De acuerdo con información de público conocimiento, el 19 de julio de 2019, el Presidente de Nicaragua habría expresado en un discurso oficial que el Gobierno no reanudaría el diálogo en el país. El 30 de julio de 2019, dicha posición se habría formalizado a través de comunicaciones del Estado dirigidas a las instancias internacionales participantes como testigos y acompañantes de la Mesa de Negociación. Ante el cierre del proceso de negociación, la CIDH urge al Estado a cumplir con sus obligaciones de garantía y respeto de los derechos humanos de las y los nicaragüenses, así como a cesar la represión.
En el mes de julio, a través del Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI), la CIDH recibió información sobre la persistencia de los patrones de la represión estatal como mecanismos de censura indirecta en contra de medios de comunicación independientes, la ocupación desproporcionada del espacio público y la prohibición de las protestas sociales. En ese sentido, el MESENI denunció la continuación de actos de hostigamiento policial en contra de quienes realizaron eventos en memoria de las personas asesinadas durante la operación limpieza; la negativa de la Policía Nacional para autorizar la marcha en conmemoración del día del estudiante; y la represión contra quienes intentaron manifestarse el día 25 de julio.
Asimismo, la CIDH denunció la intensificación de la vigilancia, seguimiento policial y hostigamientos de organizaciones y personas defensoras de derechos humanos, en particular respecto el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) y la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), organizaciones beneficiadas con medidas provisionales otorgadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos debido a la situación de extrema gravedad y urgencia de daños irreparables en que se encuentran. Entre otros hechos, el 20 de julio de 2019, el MESENI documentó la detención de la defensora Yonarquí Martínez y el 26 de julio, la criminalización de María Oviedo, defensora de derechos humanos de la CPDH.
Por otra parte, la CIDH continúa recibiendo información que pondría de manifiesto la falta de independencia del sistema de administración de justicia nicaragüense debido la continuación de la criminalización selectiva, la persistencia de un patrón de violaciones a las garantías del debido proceso y a la manipulación del derecho penal. Al 31 de julio de 2019, organizaciones de la sociedad civil reportaban que, al menos 120 personas detenidas en el contexto de la crisis permanecerían privadas de libertad; entre ellos, dos personas ya excarceladas que estarían siendo acusadas bajo nuevos delitos. Asimismo, a través del MESENI, la CIDH recibió información sobre el uso y aplicación de la Ley de Amnistía para archivar las causas de manifestantes y personas identificadas como opositoras sin dictar su sobreseimiento, lo cual facilitaría su reapertura bajo la cláusula de no repetición establecida en el artículo 3° de dicha ley. Posteriormente, el 23 de julio, la persona condenada por el asesinato de Rayneia Gabrielle Da Costa Lima, estudiante brasileña, habría sido puesta en libertad en aplicación de la misma ley, aun cuando el Estado argumentó que su muerte no estaba vinculada con el contexto de los hechos de violencia y las protestas iniciadas el 18 de abril de 2018.
La CIDH recibió información sobre la detención del adolescente Bryan José Putoy, de 15 años, en Masaya, desde el 2 de agosto pasado. Según fuera informado, desde el momento de su detención no habría tenido contacto con sus familiares ni acceso a una defensa legal. La CIDH expresa su preocupación ante la gravedad de esta denuncia y recuerda que la privación de la libertad de personas menores de 18 años debe tener un carácter excepcional, siempre como medida de última ratio y por el menor tiempo posible. El principio de excepcionalidad sirve no solamente para proteger el derecho de los adolescentes a la libertad, sino también sus derechos a la vida, a la supervivencia y al desarrollo, así como para proteger su derecho a la vida familiar.
“La Comisión hace un llamado al Poder Judicial para ejercer plenamente su autonomía e independencia al resolver los procedimientos penales que siguen abiertos, así como las acciones de inconstitucionalidad que han sido presentadas en contra de la Ley de Amnistía.” señaló el Comisionado Joel Hernández, Relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de la Libertad. “Contar con un Poder Judicial independiente es esencial para garantizar el restablecimiento y la vigencia misma del Estado de Derecho en el país”.
En el mes de julio, la CIDH recibió información preocupante sobre un alegado incremento de la violencia en las zonas rurales al interior del país y en la frontera con el Estado de Honduras, lo que incluye el reporte de asesinatos de personas identificadas por la sociedad civil nicaragüense como opositoras al Gobierno. La CIDH advierte que la desconfianza de los familiares en las instituciones del Estado o su temor a sufrir represalias, la falta de independencia del Poder Judicial, el limitado acceso geográfico para medios de comunicación independientes y organizaciones de derechos humanos hacia estas zonas son factores que dificultan contar con información precisa sobre las circunstancias en que ocurren estos hechos.
Pese a lo anterior, la Comisión recuerda que la investigación de estos hechos debe ser asumida por el Estado de Nicaragua como un deber jurídico propio y no como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa. La obligación del Estado de investigar debe cumplirse diligentemente para evitar la impunidad y que este tipo de hechos vuelvan a repetirse. Más aún, la CIDH subraya que esta obligación se mantiene cualquiera sea el agente al cual pueda eventualmente atribuirse la violación, aún los particulares, pues, si sus hechos no son investigados con seriedad, resultarían, en cierto modo, auxiliados por el poder público, lo que comprometería la responsabilidad internacional del Estado.
Finalmente, el 17 de julio de 2019, la CIDH tomó conocimiento de la muerte de Bryan Murillo López y de heridas ocasionadas por arma de fuego a su hermano Kenner y Javier Cortez Castillo, en León, en el marco de un alegado allanamiento a su vivienda por parte de la Policía Nacional. En relación con este hecho, la CIDH advierte que el número de víctimas fatales en el contexto de los hechos que tienen lugar desde el 18 de abril de 2018 ascendería a 328 personas.
“De conformidad con las recomendaciones formuladas por la Comisión, el restablecimiento del Estado de Derecho en Nicaragua requiere de una reforma integral de las instituciones estatales que garantice la no repetición de las violaciones de derechos humanos; así como el establecimiento de los mecanismos necesarios para garantizar que los hechos de violencia ocurridos desde el 18 de abril de 2018 no permanezcan en la impunidad,” indicó la Comisionada Antonia Urrejola, Relatora para Nicaragua.
“La Comisión hace un llamado a cesar los actos violatorios a los derechos humanos que se siguen dando en el país, y especialmente a generar a la brevedad un auténtico diálogo democrático que permita abordar las causas estructurales que facilitan dichas violaciones”, señaló la Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, Presidenta de la CIDH. “La comunidad internacional debe tener presente la persistencia de la represión estatal y el cierre de los espacios democráticos, en Nicaragua siguen existiendo víctimas fatales, así como personas detenidas y perseguidas por manifestar sus opiniones e intentar protestar. El llamado a cesar la represión es necesario y urgente”, añadió.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 194/19