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Comunicado de Prensa

CIDH presenta caso sobre Ecuador a la Corte IDH

20 de noviembre de 2019

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el 25 de julio de 2019 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso ‘Vicente Aníbal Grijalva Bueno’ respecto de Ecuador.

El caso se relaciona con la destitución arbitraria de Vicente Aníbal Grijalva Bueno como Capitán de Puerto de la Fuerza Naval ecuatoriana en 1993, así como la falta de garantías judiciales en el proceso sancionatorio de destitución y el proceso penal militar por delitos contra la fe militar que se le siguió en su contra. En su Informe de Fondo la CIDH consideró que en el proceso sancionatorio de destitución del señor Grijalva se violó su derecho de contar con una autoridad imparcial. La Comisión también determinó que el señor Grijalva no tuvo la posibilidad de conocer, participar y defenderse en dicho procedimiento.

Respecto del proceso penal militar, la Comisión consideró que el juzgado que emitió la sentencia condenatoria en contra del señor Grijalva no realizó ninguna valoración de diversos elementos exculpatorios, a la luz del principio de presunción de inocencia. La CIDH resaltó que la sentencia se basó exclusivamente en un informe que tenía diversas irregularidades, incluyendo la aplicación de actos de tortura y coacción en contra de diversas personas que declararon en contra del señor Grijalva. Adicionalmente, la CIDH concluyó que la destitución del señor Grijalva y el proceso penal iniciado en su contra constituyeron actos de represalia debido a las denuncias efectuadas sobre la participación de militares en graves violaciones de derechos humanos. En consecuencia, la Comisión determinó que el Estado de Ecuador violó su derecho a la libertad de expresión.

En su Informe de Fondo la Comisión estableció, entre otras, las siguientes recomendaciones al Estado: i) reincorporar a la víctima a la Fuerza Naval del Ecuador y en caso de que esta no sea su voluntad o que existan razones objetivas que impidan la reincorporación, pagar una indemnización por este motivo; ii) disponer de una compensación económica y medidas de satisfacción para la víctima; iii) llevar a cabo las investigaciones que correspondan con el objeto de esclarecer los hechos en forma completa y establecer las respectivas responsabilidades.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 302/19