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La planificación nacional en el Perú, se encuentra comprendida en el Decreto Legislativo 1088 "Ley del sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico", publicado el 27 de junio de 2008 y en la Ley 29158 "Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, publicada el 30 de diciembre de 2008".
El Art. 1 del Decreto Legislativo 1088 "Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico", publicado el 27 de junio de 2008 establece la creación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico cuya finalidad está orientada al desarrollo de la planificación estratégica, entendida como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho.
Asimismo, el Art. 19, numeral 11 de la Ley 29158 "Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, publicada el 30 de diciembre de 2008" establece, dentro de las competencias que tiene el Presidente del Consejo de Ministros, que la coordinación de la planificación estratégica se realice de manera concertada en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico.
En ese sentido, la planificación nacional se encuentra plasmada en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2021, denominado Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021 que comprende ocho ejes estratégicos identificados con sus respectivas acciones (Avances en la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2021, pág. 7):
1. Eje Estratégico N° 1: Dignidad de las personas y pleno ejercicio de los derechos humanos:
4. Eje Estratégico N° 4: Economía competitiva con alto nivel de empleo y productividad:
5. Eje Estratégico N° 5: Desarrollo regional equilibrado e infraestructura adecuada:
6. Eje Estratégico N° 6: Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la biodiversidad con un enfoque integrado y ecosistémico y un ambiente que permita una buena calidad de vida para las personas y la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo:
8. Eje Estratégico N° 8: Integración andina y latinoamericana e inserción soberana al mundo:Fortalecimiento de la paz, la seguridad internacional, la integración y la cooperación fronteriza, subregional, regional y hemisférica.
El gobierno peruano establece las estrategias nacionales de planificación a través del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, de acuerdo con el Decreto Legislativo 1088 "Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico", publicado el 27 de junio de 2008.
El Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico es un conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales, cuya finalidad es coordinar y viavilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país. Se encuentra estructurado por los siguientes (Art. 2, numeral 2.1. del Decreto Legislativo 1088 "Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico", publicado el 27 de junio de 2008):
1. El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
2. Los órganos del gobierno nacional y, con salvaguardia de su autonomía, de los demás poderes del Estado, de los organismos constitucionales autónomos y de los gobiernos regionales y locales con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; y
3. El Foro del Acuerdo Nacional, que actúa como instancia de concertación de la planificación estratégica nacional cuando su intervención es solicitada, en su orden, por el Presidente del Consejo de Ministros o el Presidente del CEPLAN (Art. 3 del Decreto Legislativo 1088 "Ley del sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico", publicado el 27 de junio de 2008).
Los objetivos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico son los siguientes (Art. 4 del Decreto Legislativo 1088 "Ley del sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico", publicado el 27 de junio de 2008):
a) Constituirse en el espacio institucionalizado para la definición concertada de una visión de futuro compartida y de los objetivos y planes estratégicos para el desarrollo nacional armónico, sustentable, sostenido y descentralizado del país;
b) Articular e integrar en forma coherente y concertada las diferentes propuestas y opiniones para la elaboración del plan estratégico de desarrollo nacional y los planes nacionales, sectoriales, institucionales y subnacionales, así como las orientaciones, los métodos, los procesos y los instrumentos para el planeamiento estratégico;
c) Promover y articular los programas de fortalecimiento de capacidades para el planeamiento estratégico;
d) Promover los procesos y las acciones de monitoreo de la gestión para resultados de mediano y largo plazo, en coordinación con el Consejo Nacional de Competitividad basada en los diferentes instrumentos de planeamiento estratégico y con orientación hacia la promoción de la modernización administrativa y el logro de estándares de eficiencia al servicio del ciudadano, así como de la mejora de los índices de competitividad del país para aprovechar las oportunidades que la dinámica internacional ofrece en el marco de los tratados internacionales de promoción, asociación y cooperación económica y comercial de los que el Perú es parte;
e) Promover la cooperación y acuerdos entre los sectores público y privado en el proceso de formulación de los planes estratégicos nacionales, sectoriales, institucionales y subnacionales, así como en la ejecución de los programas y proyectos priorizados en ésos ámbitos, para asegurar el desarrollo nacional y la mejora constante de la competitividad del país; y
f) Promover la formulación de los planes estratégicos, programas y proyectos con visión prospectiva de mediano y largo plazo, así como el desarrollo de los aspectos teóricos que los sustentan, aplicando un enfoque nacional contextualizado en el ámbito internacional, con prioridad en las relaciones y oportunidades que tienen su origen en los acuerdos internacionales de los que el Perú es parte.
El gobierno peruano ha desarrollado estrategias y mecanismos nacionales conforme al Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021 mediante la creación de Comités Multidisciplinarios con el propósito de apoyar en la orientación del desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho.
En ese sentido, los Comités Multidisciplinarios son los siguientes:
1. Comisión Multidisciplinaria, Complementación Geo - Económica Perú-Brasil: Esta comisión tiene por finalidad cooperar en la complementariedad limítrofe con Brasil, asegurando para el Perú un nuevo ordenamiento territorial con la construcción de las vías interoceánicas como ejes de desarrollo y corredores económicos, con integraciones de redes sociales longitudinales y transversales que permitan elevar la competitividad del Perú y su interconexión con los mercados asiáticos y europeos.
2. Comisión Multidisciplinaria, Patrón de Desarrollo (Plan Perú 2021): Esta comisión tiene como propósito que la competitividad internacional se desarrolle mediante la explotación sostenible, diversificada y con un mayor valor agregado de los recursos naturales, a través del diseño de una visión de futuro de crecimiento productivo industrial descentralizado y de explotación sustentable de las riquezas naturales en el marco de la integración latinoamericana y del aprovechamiento de los tratados de libre comercio.
3. Comisión Multidisciplinaria, Formación de Capital Humano para aprovechamiento de Convergencia de Nuevas Tecnologías: Esta comisión tiene como objetivo formular políticas orientados a formar el capital humano necesario para aprovechar la convergencia de nuevas tecnologías para garantizar el desarrollo humano sostenible del país.
4. Comisión Multidisciplinaria, Plataforma Agua y Energía para el Desarrollo Sostenible: Esta comisión tiene como propósito diseñar la matriz energética que sustente los objetivos de desarrollo humano y sustentable, así como identificar los Programas y Proyectos Prioritarios para los periodos 2011-2016 y 2016-2021 y 2021- 2040.
5. Comisión Multidisciplinaria, Innovación Productiva para la Competitividad Internacional: Esta comisión tiene como finalidad determinar las actividades de desarrollo para la competitividad del Perú al 2021 en concordancia con el patrón productivo industrial descentralizado y de explotación sustentable de las riquezas naturales en el marco de la integración latinoamericana y el aprovechamiento de los tratados de libre comercio.