Informes de Admisibilidad

Los Informes de Admisibilidad se aprueban si una petición satisface los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, según el procedimiento establecido en los artículos 30 al 36 del Reglamento de la Comisión. En caso que se apruebe un Informe de Admisibilidad, la petición se convierte en un caso, se le asigna un número de caso, e ingresa a la etapa de Fondo.

Argentina

informes: 6

Brasil

informes: 6

Canadá

Chile

  • Informe No. 89/06, Petición 619-03, Aniceto Norin Catriman y Pascual Pichun Paillalao

Colombia

Costa Rica

  • Informe No. 21/06, Petición 2893-02, Trabajadores De La Empresa Fertilizantes De Centroamérica

Ecuador

El Salvador

Estados Unidos

Guatemala

Haití

Honduras

México

Nicaragua

Panamá

República Dominicana

Uruguay

Venezuela

informes: 7