Informes de Admisibilidad

Los Informes de Admisibilidad se aprueban si una petición satisface los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, según el procedimiento establecido en los artículos 30 al 36 del Reglamento de la Comisión. En caso que se apruebe un Informe de Admisibilidad, la petición se convierte en un caso, se le asigna un número de caso, e ingresa a la etapa de Fondo.

Argentina

Brasil

Canadá

Chile

Colombia

informes: 6

Ecuador

informes: 6

Estados Unidos

Guatemala

Honduras

México

informes: 8

Panamá

  • Informe No. 94/13, Petición 790-05, Pacientes del servicio de psiquiatría del Hospital Santo Tomás

Paraguay

Perú

Suriname

Venezuela