Informes de Admisibilidad

Los Informes de Admisibilidad se aprueban si una petición satisface los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, según el procedimiento establecido en los artículos 30 al 36 del Reglamento de la Comisión. En caso que se apruebe un Informe de Admisibilidad, la petición se convierte en un caso, se le asigna un número de caso, e ingresa a la etapa de Fondo.

Argentina

Bolivia

Brasil

  • Informe No. 74/14, Petición 1294-05, Mário de Almeida Coelho Filho y familia
  • Informe No. 70/14, Petición 1453-06, Maicon de Souza Silva, Renato da Silva Paixão y otros

Chile

Colombia

informes: 9

Costa Rica

Ecuador

Estados Unidos

Guatemala

  • Informe No. 98/14, Petición 101-06, Edgar Fernando Von Quednow Ponce
  • Informe No. 97/14, Petición 1727-09, V.R.B. y su hija V.M.R
  • Informe No. 55/14, Petición 818-06, Felipe Matías Calmo, Faustino Mejía Bautista y otros
  • Informe No. 20/14, Petición 1566-07, Comunidades del Pueblo Maya Sipakepense y Mam de los Municipios de Sipacapa y San Miguel Ixtahuacán

Haití

Honduras

informes: 6

México

Paraguay

Perú

Uruguay

Venezuela