CIDH urge a Estados a respetar y garantizar los derechos humanos de las mujeres rurales
15 de octubre de 2014
Washington D.C. – La celebración del Día Internacional de la Mujer Rural, el 15 de octubre, presenta a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la oportunidad de recordar a los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) la importancia de garantizar el ejercicio pleno de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales a las mujeres rurales.
De acuerdo con los principios de igualdad y no discriminación, la Comisión ha identificado la protección de los derechos de las mujeres como una meta prioritaria en el ejercicio de su mandato. La discriminación y la violencia contra las mujeres son aún problemas graves y tolerados en el hemisferio que demandan una respuesta prioritaria e integral por los Estados. En la ocasión del 20º aniversario de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), la Comisión reitera especialmente la obligación de los Estados Partes a utilizar la debida diligencia para prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia.
En ese contexto, es particularmente crítica la situación de las mujeres que viven en las zonas rurales. Condiciones como la pobreza y la marginalización social tienen diversos impactos sobre las mujeres rurales, obstaculizando su acceso a los recursos económicos y a los servicios sociales básicos, así como su acceso a la justicia y a la participación política. Según la Organización para la Alimentación y la Agricultura de las Naciones Unidas las mujeres rurales viven en situación de desigualdad social, política y económica con apenas el 30% de titularidad de la tierra, del 10% de los créditos y del 5% de la asistencia técnica.
La CIDH destaca la especial situación de vulnerabilidad en que se encuentran las mujeres rurales en razón de verse afectadas por la intersección de múltiples factores de discriminación, tales como su sexo, raza, origen étnico, edad, posición económica, discapacidad, orientación sexual, y en los contextos de conflicto y desplazamiento. A menudo, la situación de vulnerabilidad de las mujeres rurales es amplificada si son también de origen indígena o afrodescendiente.
Las mujeres rurales resultan especialmente afectadas por la falta de acceso al agua potable y al saneamiento, así como a los servicios básicos de educación y salud. En este contexto, su acceso a los servicios de salud es motivo de especial preocupación para la CIDH. En el marco de su 150° periodo de sesiones, la CIDH recibió información referida a violaciones al derecho a la salud que afectarían de manera particular a las mujeres rurales, como casos de violencia obstétrica, falta de acceso a servicios de salud materna y atención discriminatoria en los mismos. Situaciones de esta naturaleza vulneran la salud de las mujeres y sus derechos a la integridad personal y a la no discriminación.
Asimismo, las mujeres rurales son más vulnerables frente a situaciones de violencia. La CIDH ha recibido información que indica que la falta generalizada de estadísticas precisas sobre violencia contra la mujer es particularmente preocupante respecto de los homicidios de mujeres por razón de su género en zonas rurales. De la misma forma, las mujeres rurales enfrentan mayores obstáculos para acceder a información acerca de sus derechos y de los mecanismos disponibles para denunciar actos de violencia y discriminación.
Con respecto al acceso a la información en materia de violencia y discriminación, la CIDH ha constatado en diversas oportunidades la existencia de problemas específicos en materia de la disponibilidad, calidad e integridad de la información pública sobre violencia y discriminación contra las mujeres. Esto incluye la carencia o escasez de recopilación de información completa sobre todas las formas de violencia y discriminación por parte de los diversos órganos del Estado. Asimismo, falta producción de estadísticas integrales, y es necesario desagregar la información estadística según factores como el sexo, raza, etnia, edad, condición social, discapacidad y orientación sexual, entre otros criterios. Este tipo de información permitiría entender la incidencia real de la violencia y la discriminación en grupos específicos de mujeres. La falta de estadísticas de este tipo produce la invisibilización del problema de la violencia y la discriminación contra las mujeres.
Asimismo, la CIDH ha constatado que, junto con lo anterior, la difusión de la información referida a los derechos de las mujeres, los mecanismos para acceder a las vías legales de prevención y protección contra la violencia y la disponibilidad de los servicios de asesoría jurídica gratuita, resultan insuficientes para asegurar que las mujeres puedan acceder de manera efectiva a la justicia. . En el caso de las mujeres rurales, la insuficiente difusión de información sobre sus derechos es agravada por las barreras geográficas y socioeconómicas, entre otras. A consecuencia de ello, se encuentran con dificultades especialmente graves para lograr la representación de sus necesidades en la agenda política y el acceso a la participación política.
En el Día Internacional de la Mujer Rural, la Comisión Interamericana recuerda a los Estados su obligación de respetar, promover y proteger los derechos humanos de las mujeres rurales. Es imprescindible el papel de los Estados Miembros a través de leyes, políticas, programas y presupuestos efectivos para garantizar el ejercicio pleno de estos derechos, con base en los principios de igualdad y no discriminación. En el marco de los 20 años de la Convención de Belém do Pará, la Comisión hace un llamado especial a los Estados para que garanticen el derecho de las mujeres rurales a vivir libres de violencia.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 119/14