CIDH expresa preocupación por la violencia generalizada contra personas LGBTI y la falta de recopilación de datos por parte de Estados Miembros de la OEA
17 de diciembre de 2014
Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos  Humanos (CIDH) continúa monitoreando la situación de violencia contra personas  lesbianas, gay, bisexuales, trans e intersex (LGBTI) en América. En ese marco,  la Comisión ha documentado asesinatos y otros actos de violencia grave contra  personas LGBT durante un período de quince meses (entre el 1° de enero de 2013  y el 31 de marzo de 2014) y ha publicado un Anexo al presente comunicado que  contiene un análisis de dicha información. A través del Registro de Violencia,  la Comisión observó que, durante dicho período, al menos 594 personas que eran  LGBT o eran percibidas como tales fueron asesinadas y que al menos 176 fueron  víctimas de graves ataques contra su integridad física supuestamente  relacionados con su orientación sexual o su identidad o expresión de género en  25 Estados Miembros de la OEA.
  
  La CIDH observa que la mayoría de los Estados Miembros de la  OEA no recopilan datos sobre la violencia contra personas LGBT. En ese contexto, excepto por unas pocas  fuentes estatales, la CIDH debió llenar este vacío recurriendo a fuentes  complementarias, tales como la cobertura periodística en medios de comunicación  e informes de organizaciones de la sociedad civil. El Registro de Violencia no  es exhaustivo pero revela diversas formas de violencia generalizada que sufren  las personas LGBT en América. La CIDH observa la dificultad para determinar la  orientación sexual o la identidad de género de las víctimas, particularmente en  lo que se refiere a los asesinatos. Las fuentes de información, y en especial  las fuentes periodísticas, rara vez tienen en cuenta la auto identificación de  las víctimas al informar sobre estos delitos. De hecho, las personas LGBT que  son víctimas de violencia suelen ser presentadas por los medios de comunicación  en términos carentes de sensibilidad. En ese sentido, la  CIDH observa que los códigos voluntarios de conducta profesional de los medios  de comunicación y los periodistas pueden desempeñar un papel fundamental en la  lucha contra la discriminación y en el fomento de principios de igualdad.
  
  Los datos recopilados por la CIDH demuestran que muchos de estos actos de  violencia contra personas LGBT estuvieron acompañados de violencia verbal  relacionada con la orientación sexual o la identidad de género percibida de las  víctimas; situación que se hace particularmente evidente en  casos de violencia que no resultan en la muerte. La Comisión observa también  que, en un gran número de casos documentados por la CIDH, se evidencia un alto  grado de ensañamiento basado en la percepción de la orientación sexual y la  identidad o expresión de género.
  
  En cuanto a las personas que ejercen violencia contra personas LGBT, aunque  en la mayoría de los casos, y en particular los asesinatos, hay poca o nada de  información, a la CIDH le preocupa la información relativa a abusos policiales,  como tortura, trato inhumano y degradante, y ataques verbales y físicos. Asimismo,  la CIDH fue informada de los bajos niveles de denuncia en casos de abuso  policial. 
  
  Según la información obtenida, la gran mayoría de los asesinatos fueron de  hombres gay y mujeres trans o de personas percibidas como tales. La Comisión  Interamericana manifiesta su preocupación particularmente por la corta edad de  las víctimas trans. Según los datos recopilados por la CIDH, ochenta por ciento  de las mujeres trans asesinadas tenían 35 años de edad o menos. La violencia  contra personas trans, y en particular contra las mujeres trans, obedece a una  combinación de factores: exclusión, discriminación y violencia en la familia,  la escuela y la sociedad en general; falta de reconocimiento de su identidad de  género; ocupaciones que las colocan en un mayor riesgo a sufrir violencia; y un  alto grado de criminalización. Las mujeres trans y otras personas que desafían  las normas de género suelen ser perseguidas por agentes de la policía y las  fuerzas de seguridad, quienes actúan con prejuicio suponiendo que son  delincuentes, y a menudo son objeto de discriminación en el sistema de justicia.
  
  Las mujeres lesbianas están particularmente expuestas a sufrir actos de violencia  debido a la misoginia y la inequidad de género que existe en la sociedad.  Históricamente, la CIDH ha recibido información sobre la situación de  vulnerabilidad de las mujeres lesbianas a actos de violencia sexual o  intrafamiliar. Sin embargo, muchos de estos casos no son puestos en  conocimiento de las autoridades. Las mujeres lesbianas se ven afectadas de  manera desproporcionada por actos de violencia cometidos por familiares.
  
  La CIDH observa que no tiene información sobre casos de violencia contra  personas intersex, principalmente porque la mayoría de los actos de violencia  contra personas intersex -especialmente las intervenciones médicas para  “normalizar” sus cuerpos- es el resultado de protocolos médicos aprobados por  el Estado y no se informa al respecto en los medios de comunicación ni hay  denuncias de familiares u organizaciones. Estas intervenciones rara vez son  necesarias por razones médicas, generalmente se llevan a cabo sin el  consentimiento de la persona intersex o de su padre o madre, y causan graves  daños a personas intersex desde su infancia y hasta su adultez, tales como el  dolor crónico y traumas de por vida, falta de sensibilidad genital irreversible,  esterilidad y sufrimiento mental grave debido, en parte, al secretismo que  rodea a estos procedimientos.
  
  La Comisión reitera su preocupación respecto de la situación de violencia y  discriminación hacia las personas LGBTI o percibidas como tales en América, e insta  a los Estados a tomar medidas urgentes y efectivas de prevención y respuesta  frente a estas violaciones de derechos humanos y a garantizar que las personas  LGBTI puedan gozar efectivamente de su derecho a una vida libre de violencia y  discriminación.
  
  Adicionalmente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos insta a los  Estados Miembros de la OEA a que hagan una revisión de los protocolos médicos  aceptados que recomiendan cirugías estéticas innecesarias desde el punto de  vista médico a personas recién nacidas, niñas, niños, y personas adultas  intersex y a que aborden las causas subyacentes de la violencia contra personas  intersex relacionadas con una ausencia generalizada en la sociedad de respeto y  aceptación por la diversidad corporal.
 
  
  La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia. 
No. 153/14