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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha estado siguiendo la marcha de la situación de la independencia del poder judicial a través de sus diversos mecanismos durante los últimos años, así como a través del seguimiento de su visita in loco a Honduras de diciembre de 2014.
La CIDH tiene conocimiento de que los miembros de la Junta Nominadora deben designarse y asumir funciones el 1 de septiembre de 2015. Después de esa fecha, la Junta Nominadora deberá comenzar un proceso de designación y selección de 45 candidatos incluidos en una lista que se presentará el 23 de enero de 2016 ante el plenario del Congreso. Luego, el Congreso seleccionará 15 de los 45 candidatos, el 25 de enero de 2016, para desempeñar funciones como jueces de la Suprema Corte durante el período de 2016-2023. Durante su visita in loco, la Comisión se enteró de varias situaciones que podrían afectar la imparcialidad e independencia del poder judicial y desde entonces ha recibido información sobre las preocupaciones de la sociedad civil en cuanto a la transparencia del inminente proceso de nombramiento de la Suprema Corte. Entre las preocupaciones se incluye la politización del proceso a través de la selección y nombramiento de candidatos que podrían favorecer intereses sectoriales y no aquellos de la mayoría de la sociedad hondureña.
En este sentido, la Comisión destaca su informe de 2013: Garantías de Independencia de las y los operadores de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas, en el cual se detallan las garantías que deben observarse en los procedimientos de nombramiento y selección judicial. La CIDH destacó en el informe que el objetivo de cualquier proceso de selección y nombramiento de operadores debe ser seleccionar candidatos basándose en mérito personal y titulación profesional, tomando en cuenta la naturaleza singular y específica de las tareas a realizarse. Con ese fin, la Comisión considera que es esencial contar con criterios objetivos, preestablecidos, para examinar y evaluar a los candidatos, a fin de evitar el uso de criterios discrecionales de las personas o entidades que participan en el proceso de selección. El proceso de selección también debe garantizar la igualdad de acceso a posiciones, respetando el principio de igualdad y no discriminación, de manera que cualquier persona que piense que, él o ella, cumple con los requisitos pueda solicitar la posición. Asimismo, el público, las organizaciones de la sociedad civil y otras partes interesadas deben tener la oportunidad de ver los criterios de selección, cuestionar a los candidatos y expresar su inquietud o su apoyo.
En el ejercicio de su mandato de promover la observancia y protección de los derechos humanos y teniendo en cuenta el papel fundamental que los operadores de justicia juegan para garantizar el acceso a la justicia y preservar el estado de derecho, la CIDH insta encarecidamente al Estado de Honduras a que supervise la observancia, por parte de la Junta Nominadora, de estos estándares mínimos establecidos de acuerdo al derecho internacional de los derechos humanos a fin de garantizar la independencia del poder judicial. Una vez que los jueces, especialmente aquellos de la Suprema Corte, asumen funciones, el Estado debe ofrecerles capacitación profesional, tomar medidas para garantizar su independencia de los otros poderes del gobierno y garantizar su seguridad de presiones externas, incluidas las amenazas y represalias dirigidas directamente a su persona o a sus familias.
En vista de lo anterior, la CIDH insta al Estado de Honduras a garantizar transparencia y una extensa participación civil y la supervisión de su próximo proceso de selección de jueces de la Suprema Corte de Justicia, así como la independencia y seguridad de los operadores de justicia que sean seleccionados.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 096/15