Departamento para la Cooperación y Observación Electoral
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Colombia - Elecciones Presidenciales del 25 de mayo de 2014
Sistema político
Colombia es un: "Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista". 1

La estructura del Estado está conformada por las tres (3) ramas del poder público: Ejecutiva, Legislativa y Judicial. 2 Asimismo, otros órganos autónomos e independientes también cumplen funciones del Estado, dentro de lo que se encuentran los siguientes:

Órganos de control: Ministerio Público, conformado por la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, y la Contraloría General de la República

Organización electoral: Registraduría Nacional del Estado Civil y Consejo Nacional Electoral

Rama Ejecutiva
Conformada por el presidente de la República, los ministros y directores departamentales administrativos. También la integran las gobernaciones, alcaldías, superintendencias, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales del Estado. El presidente de la República es jefe de Estado, de gobierno y suprema autoridad administrativa. Es elegido por un periodo de cuatro (4) años mediante el sufragio popular. En el 2004 el Congreso aprobó la Ley 02, que enmienda el Artículo 197 de la Constitución 3  y permite la reelección presidencial una sola vez, la cual puede ser consecutiva o no.

Rama Legislativa
El Congreso de la República está compuesto por el Senado y la Cámara de Representantes; y las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales. El Congreso se elige a través de sufragio universal cada cuatro (4) años, el mismo año que las presidenciales pero en diferente fecha. El Congreso es el único ente facultado para hacer reformas a la Constitución Política de la República.

Rama Judicial
Integrada por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales y los Jueces de la República. Todas estas instituciones son las encargadas de administrar la justicia.

La función principal de la Corte Constitucional es velar por el respeto de la Constitución, siendo el principal órgano de control constitucional. La misma se encarga de materias civiles y penales y puede ejercer funciones legislativas. Sus funciones principales son: juzgar al presidente de la República por cualquier hecho punible que se le impute; juzgar a los miembros del Senado o de la Cámara de Representantes; y, actuar como tribunal en el estudio de sentencias ejecutorias. Por último, el Consejo de Estado es el máximo tribunal administrativo del país.


1. Asamblea Nacional Constituyente de la República de Colombia. «Constitución Política de
    Colombia», Título I, Art. 1. Bogotá: 1991.
2. Ibíd., Art. 113.
3. Congreso de la República de Colombia. Acto Legislativo: «Por el cual se reforman algunos
    artículos de la Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones»
   (Reelección presidencial). Bogotá: 2004.