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VI) CRITERIOS PARA LA ELABORACION DEL CAPITULO IV DEL
INFORME ANUAL DE LA CIDH.
En el diálogo con la Secretaría Ejecutiva de la CIDH se ha podido apreciar los
distintos criterios que a lo largo de los años se han aplicado para la elaboración
de este capítulo del Informe Anual de la Comisión.
El origen y evolución histórica del Capítulo IV, evidencian que no ha habido un
criterio lineal ya que en numerosos casos los informes sobre países fueron
promovidos por iniciativa de la propia Comisión, en algunos casos por mandato
que la Comisión recibió de la Asamblea General de la Organización y en otros
casos la Comisión los realizó después de haber visitado el país objeto del
informe con el fin de responder a una espontánea invitación de un gobierno.
Uruguay no ha sido ajeno a los cuestionamientos de la CIDH a través de
Informes sobre la situación general en materia de derechos humanos. El hecho
de que nuestro país formara parte del Capítulo IV del Informe Anual de la CIDH
en 1978 fue una consecuencia de la violación generalizada de los derechos
humanos cometidas por el gobierno uruguayo de entonces.
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Lea el documento completo: Nota_125-2012_CIDH-OEA-Audiencia_CIDH.pdf
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Ministerio de Relaciones Exteriores
República de Colombia
Colombia ha ratificado todos los instrumentos del Sistema Interamericano de Derechos
Humanos, ha aceptado la competencia de la Corte (1985) y ha demostrado ser un país que está
abierto al examen y escrutinio de la comunidad intemacional y poseer un alto compromiso por
mejorar las condiciones internas de promoción, garantía y respeto de los derechos humanos,
evidente en el amplio marco normativo y de politieas públicas existente para su implementación.
Son grandes los esfuerzos y el compromiso de toda la institucionalidad del Estado para hacer un
seguimiento continuo al cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el plano internacional.
En esa línea, el Estado colombiano se ha caracterizado por su decidida intención de
mantener y enriquecer el diálogo fluido y abierto con la Comisión Interamericana, como lo
evidencian las pródigas visitas adelantas en diferentes años por este órgano al pais, la cumplida
participación en el marco de las audiencias y reuniones de trabajo y los importantes procesos de
intercambio de información en relación con los grandes temas de la vida nacional, como de
manera reciente ha venido ocurriendo en torno a las iniciativas y desarrollos legislativos en
materia de justicia transicional y de reparación a victimas del conflicto armado interno.
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Lea los documentos completos:
MPC-OEA_1567_10-11-12.pdf | DIDHD.GAIIDH_No.67944.2552.pdf
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III - MONITORING THE COUNTRIES
Canada continues to support the Commission's discretion to examine and make
recommendations concerning those country-specific human rights situations where the violation
of such rights is of particular concern. The Commission, as an independent entity, needs to have
the discretion to make this independent judgment. That discretion rightfully extends to the
Commission's decision to provide the OAS with updated information on such situations in its
annual report.
Canada is concerned that the broadening of Chapter IV of the IACHR's Annual Report to
analyze the human rights situation in all countries ofthe region may dilute the Commission's
ability to address the most serious violations of human rights in the hemisphere. Canada is also
concerned that such a broadening would result in unnecessary duplication of the extensive work
that is already being done in the UN human rights system. Finally, Canada believes that the cost
of such a reporting process would create an undue financial burden on the system.
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Read full document: IACHR strengthening system0001.pdf
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Módulo de Consulta III: Monitoreo de la Situación en los Países
Objeto de la consulta
En el marco de la cuidadosa y diligente consideración por parte de la CIDH sobre sus
normas reglamentarias, políticas y prácticas, y como continuidad de un proceso continuo
de reflexión y perfeccionamiento institucional, la Comisión invita a todos los actores del
Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos a presentar las observaciones que consideren pertinentes sobre los temas que se presentan a
continuación:
a) La estructura y contenidos del Capítulo IV
b) Los criterios para la elaboración del Capítulo IV
c) La metodología para la elaboración del Capítulo IV
d) El procedimiento para la elaboración del Capítulo IV
El Estado de Guatemala considera que debe establecerse un procedimiento para la
presentación del informe anual de la CIDH, dentro del cual debe contemplarse que los
Estados tengan conocimiento de su contenido previamente antes de su publicación, para
la presentación de las observaciones y recomendaciones que consideren pertinentes.
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Lea el documento completo: Nota_y_Comentarios_del_ Estado_de_Guatemala_ dentro_del_Proceso _de_consultas_ publicas_que_ ha_convocado_ la_CIDH.pdf
III. Monitoring Country Situations
A core feature of the Commission's mandate as a consultative organ of the
OAS is its monitoring and reporting function. For several decades the Commission
has been justly praised for the substantial assistance it has provided under this part
of its mandate to individuals who have suffered gross violations of their human
rights and in guiding Member States of the OAS in addressing systematic human
rights violations. This role has never been easy or comfortable either for the
Commission or for the OAS Member States. It requires the Commission to
determine that its intervention is necessary, to investigate and raise criticisms of
States' laws and practices, and to assist and consult with States on how to improve
the protection of human rights.
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Read full document: 2012-10-5-US_Input_on_IACHR_ Consultation_on_ Strengthening_Process.pdf
The Permanent Mission of Jamaica to the OAS presents its compliments to the Executive Secretariat of the Inter-American Commission
on Human Rights (IACHR) and further to the former's communication dated 21't September 2012, has the honour to submit the Government of Jamaica's comments in respect to the process of strengthening of the Inter-American
System for the protection of human rights, as follows:
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Read full document: IACHR-Jamaica.pdf
3. MONITOREO DE LA SITUACIÓN DE PAÍSES (vg. Capítulo IV del Informe de la CIDH) y:
• Existe una nebulosa en torno a la entrada o salida del Capítulo IV. Deberían existir reglas
claras para todos los países en este sentido.
• Que se elimine -de existir-, la politización y subjetividad con la que se elabora el capítulo IV
por parte de la CIDH.
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Lea el documento completo: SG.SG.036.MHOEA.2012- Comentarios_al_Proceso _de_Ejecucion.pdf
APORTACIONES DE MÉXICO AL
PROCESO DE CONSULTAS DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS SOBRE EL PERFECCIONAMIENTO DE SU REGLAMENTO, POLÍTICAS Y PRÁCTICAS INSTITUCIONALES
CAPÍTULO IV
A. Recomendaciones del Grupo de Trabajo
El Grupo de Trabajo consideró que deben revisarse los criterios y la metodología para la elaboración del Capítulo IV. Retomando las preocupaciones manifestadas por varios Estados, recomendó a la Comisión considerar y corroborar por igual todas las fuentes de información, así como que reconozca tanto los avances como los desafíos que presentan los Estados, dándoles oportunidad de expresar su punto de vista sobre las fuentes y la información utilizadas previamente a la inclusión en el Capítulo IV.
Teniendo en cuenta las discusiones sobre la elaboración del Capítulo IV, así como las distintas posiciones manifestadas, se consideró igualmente la posibilidad de explorar mecanismos para que en el Capítulo IV se lleve a cabo una evaluación objetiva e integral de la situación de derechos humanos en el hemisferio, en congruencia con la facultad de la CIDH de promover la observancia de los derechos humanos.
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Lea el documento completo: captulo_iv.doc
V. Criterios para la construcción del Capítulo IV del Informe Anual de la CIDH - Desarrollo de los Derechos Humanos en la Región
De acuerdo con los artículos 41.c y 41.g de la Convención, 18.c y 18.f del Estatuto y 59 de su Reglamento, la Comisión Interamericana debe rendir un informe anual a la Asamblea General de la OEA. Dicho informe debe incluir, inter alia: “los informes generales o especiales que la Comisión considere necesarios sobre la situación de los derechos humanos en los Estados miembros y, en su caso, informes de seguimiento, destacándose los progresos alcanzados y las dificultades que han existido para la efectiva observancia de los derechos humanos”. De esta manera, la Asamblea General ha adoptado resoluciones para que la CIDH “diera seguimiento a la situación de los derechos humanos en distintos países”58.
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Lea el documento completo: Fortalecimiento_del_SIDH_ Elementos_procesales_CIDH.pdf
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MONITOREO A LA SITUACIÓN DE PAÍSES (CAPÍTULO IV)
1. la estructura y contenidos del Capítulo IV
Que se mantengan los criterios que tiene la CIDH para incluir países, resulta muy costoso hacer un informe por país.
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Continúa en documento anexo Ester-Alvarenga-Aportes- fortalecimiento- CIDH-4-de-octubre.pdf
Consulta aos Atores do Sistema Interamericano de Direitos Humanos
Módulo de Consulta III: Monitoreo de la Situación en los Países
1. Observaciones sobre:
1. la estructura y contenidos del Capítulo IV;
O Capítulo IV do Relatório Anual da CIDH tem a função de apresentar informações a respeito da situação dos direitos humanos em determinados países. Este capítulo enfatiza a dinâmica dos direitos humanos, em épocas específicas e em países específicos, com a finalidade de provocar os Estados que estão incluídos neste capítulo para que tomem ações efetivas para melhorar a situação interna dos direitos humanos, ou dar seguimento à situação anteriormente verificada pela CIDH em momentos anteriores.
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Lea el documento completo: modulo_de_consulta_iii.pdf
Aportes para el Monitoreo de la situación en los Países
Dentro del proceso de reforma, el Grupo de Trabajo Especial de Reflexión sobre el
Funcionamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha
recomendado a la Comisión “reflexionar sobre la eficacia del Capítulo IV del Informe
Anual en la promoción de los derechos humanos en el hemisferio” y “ampliar el espectro
del Capítulo IV (…) para que se analice de manera objetiva e integral la situación de los
derechos humanos en todos los Estados de la región, independientemente de que sean
estados parte o no de los instrumentos interamericanos de derechos humanos”1.
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Lea el documento completo: aportes_monitoreo_de_pases__celsconectasdplfidldejusticia.pdf
Criterios para la elaboración del Capítulo IV: 1) La democracia representativa deberá de velar por los intereses de la mayoría, pero sin el menoscabo de los derechos de grupos minoritarios por lo que los Estados deberán apegar su actuar bajo los elementos esenciales de los derechos humanos: accesibilidad, aceptabilidad, no discriminación y calidad, así como en apego a las obligaciones inmediatas de progresividad, por tanto de no regresividad, el máximo uso de recursos disponibles, transparencia y rendición de cuentas. 2) Si en su territorio y jurisdicción se cometen violaciones masivas y/o graves a los derechos humanos el Estado deberá sancionar a particulares o grupos que los violen, si esto no sucede la CIDH deberá de llamar la atención sobre estas situaciones y 3) Tomar como criterio el resultado que arroje el análisis de los indicadores de p rogreso para medición de derechos contemplados en el Protocolo de San Salvador aprobados en la resolución AG/RES. 2713 (XLII-O/12) de 2012.
Estimados Miembros de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, CIDH):
Re: Reforma al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, Módulo de Consulta III: Monitoreo de la
situación de países
Reciban un cordial saludo.
Escribimos en representación de los proyectos en Colombia, Guatemala y México de Brigadas Internacionales
de Paz (en adelante, PBI). En primer lugar, agradecemos a la CIDH la inclusión de las reflexiones de los usuarios
y usuarias del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos (en adelante, SIDH) en los
planteamientos de reforma de dicha institución, particularmente en la definición de los cambios que les
afectan.
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Lea el documento completo: pbi_insumos_consulta_iii_monitoreo.pdf
Situaciones graves de derechos humanos ameritan un tratamiento especial. La elaboración del capítulo IV del informe anual es una herramienta importante que debe ser mantenida. La publicación de información detallada sobre dichas situaciones es una manera de promover dichos derechos que brinda a los Estados la posibilidad de adoptar medidas correctivas.
La Comisión debe seguir aplicando criterios preestablecidos para la selección de los países y esforzarse por aplicarlos objetivamente, o revisarlos si fuera necesario. Debe instituir la práctica de informar a los Estados y al público sobre el procedimiento que ha seguido y el razonamiento que la llevó, en aplicación de dichos criterios, a seleccionar el país en cuestión para asegurar objetividad y transparencia.
Aquellos criterios cuya formulación sea vaga como podría ser el quinto criterio, la Comisión debería reformularlos.
El plazo que la Comisión brinda al Estado para comentar el borrador de dicho capítulo (un mes) es adecuado.
Contribución de Amnistía Internacional al proceso de consulta sobre el fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Módulo de Consulta III: Monitoreo de la situación de países
El monitoreo y la publicación de información sobre la situación de derechos humanos en los países de la región son parte medular del trabajo de la Comisión. La Comisión adquiere información mediante varios medios, incluyendo el requerimiento de la misma a los Estados, la realización de visitas in loco, el llamado a audiencias en su sede y en general mediante el mantenimiento de un diálogo permanente con Estados y otros actores relevantes. En consideración de la información recabada, la Comisión prepara informes sobre la situación de derechos humanos en determinados países. En base al artículo 59 del Reglamento de la Comisión, el informe anual de la CIDH contiene información sobre países cuya situación de derechos humanos ha ameritado particular atención durante el año que cubre el informe.
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Lea el documento completo: monitoreo_long.doc
Deben mantenerse los criterios que tiene la CIDH para incluir paises.
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Lea el documento completo: monitoreo_a_la_situacin_de_pases.doc
Opinión sobre la consulta realizada por la CIDH, dentro del proceso de fortalecimiento al Sistema Interamericano, para las reformas a su reglamento.
Distinguido señor Álvarez Icaza:
Las organizaciones de sociedad civil guatemaltecas abajo firmantes, nos dirigimos a su persona, con la finalidad de hacer llegar por su intermedio a la Honorable Comisión Interamericana de Derechos Humanos, nuestra opinión sobre los temas de consulta para las reformas al reglamento de la CIDH, como parte del proceso de fortalecimiento al Sistema Interamericano.
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Lea el documento completo: monitoreo_situacion_paisesconvergencia_por_los_derechos_humanos_ ... _organizaciones_guatemala..doc
En cuanto a la estructura y contenidos del Capitulo IV, consideramos que debe mantener este capitulo su atención en aquellos países que evidencian mayor deterioro en la situación de derechos humanos según los criterios establecidos en los años 1996 y 1997 por la CIDH.
La metodología actual de elaboración de este Capítulo sistematizada en el Informe de 2011 de la CIDH nos parece adecuada ya que se toma en cuenta las opiniones de organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos así como brinda la oportunidad a los Estados concernidos de presentar sus observaciones. Si el Estado seleccionado ha presentado su punto de vista sobre una situación abordada en dicho Capìtulo cabe mencionarlo, dejando sentado el criterio de la Comisión ya que como está previsto actualmente, es la Comisión la que define el contenido de su Informe y la que toma la decisión de publicarlo.
Queremos destacar la importancia que tiene el mecanismo del Capítulo IV para dar seguimiento a la situación de derechos humanos en aquellos Estados que son objeto de especial atención de acuerdo a los criterios existentes. Por esa razón damos la bienvenida a cualquier iniciativa que suponga mejorar el rigor técnico en la elaboración del Capítulo IV del Informe Anual de la CIDH. Por ejemplo, los Estados podrían acordar que la CIDH incluya en el Capítulo IV de su Informe Anual a aquellos Estados que incumplan de manera sistemática las medidas de protección, o que sin hacerlo de manera sistemática, incumplan en un caso concreto tras lo cual se consuma la violación contra el beneficiario.
RECIBÍ TODA LA INFORMACION DEL CIDH DE COMUNICADOS DE PRENSA DE COLOMBIA Y HONDURAS. LO QUE ME PARECE ES QUE EN LOS COMUNICADOS DE PRENSA HAY QUE PONER LA ORG QUE REALIZA LA DENUNCIA.
Con las recientes reformas a la Constitución Política de los EUM y la inclusión de Derechos Humanos se busca satisfacer, en beneficio de las víctimas, las dichas presuntas violaciones; sin embargo, los Derechos Humanos de los militares involucrados no son respetados.
La observancia del Debido proceso legal no se da en ninguna de sus modalidades y el derecho se aplica en total perjuicio de las personas, militares, mientras las instituciones a las que sirven y, en general, el Estado Mexicano salen "limpios" y lanzan un mensaje a la comunidad internacional de que sí garantizan y protegen los Derechos Humanos. Los militares cumplen órdenes; los militares son sometidos a un proceso de adiestramiento precísamente dirigido a cumplir eficientemente sus funciones. Si se me permite hacer un símil, esto sería como entrenar a un "perro de ataque", transformarlo, y luego, al momento de recibir una orden de ataque y actuar conforme se le educó, castigarlo por morder al atacante de su amo.
SERIA BUENO PROMOVER TAMBIEN LOS DERECHOS HUMANOS, LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA.
Todos los paises de la region , firmantes de la Carta de la Organizacion , estarán en la obligación de permitir que existan en su territorio, Comisiones de derechos Humanos Nacionales, NO GUBERNAMENTALES y ademas colaborar con el trabajo y las investigaciones de las mismas . De lo contrario se considerará una violacion de los principios fundamentales de la organizacion.