Informes de Admisibilidad

Los Informes de Admisibilidad se aprueban si una petición satisface los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, según el procedimiento establecido en los artículos 30 al 36 del Reglamento de la Comisión. En caso que se apruebe un Informe de Admisibilidad, la petición se convierte en un caso, se le asigna un número de caso, e ingresa a la etapa de Fondo.

Argentina

Bolivia

Brasil

Colombia

informes: 23

Costa Rica

Ecuador

informes: 9

Estados Unidos

Guatemala

  • Informe No. 133/24, Petición 1366-13, Comunidades Mayas Q'Eqchí De Chicanchiu Chipap, Chiocx, Chisek, Chitem, Samastum, Sesep y Yutbal
  • Informe No. 131/24, Petición 191-08, Luis Cruz Cho Tut

Honduras

México

Panamá

Paraguay

Perú

Uruguay